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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 99379
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears, y la publicación del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la Construcción de la Comunidad Autónoma de Baleares (código de convenio 07000335011981)

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Texto

Antecedentes

1. El 9 de enero de 2023, la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la Construcción de la Comunidad Autónoma de Baleares acordó, las tablas salariales para el año 2023 y suscribió la correspondiente acta de la reunión.

2. El 10 de enero de 2023, Francisca Alba Ramón, en representación de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada acta.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 90.3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Inscribir y depositar el acta del acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la Construcción de la Comunidad Autónoma de Baleares, de 9 de enero de 2023, en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears.

2. Notificar esta Resolución a la persona interesada.

3. Ordenar la traducción del texto a la lengua catalana y hacer constar que la versión castellana del texto es la original firmada por la Comisión Negociadora y que la versión catalana es una traducción.

4. Publicar el Acta en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, 11 de enero de 2023

La directora general de Trabajo y Salud Laboral Virginia Abraham Orte Por delegación del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo (BOIB 97/2019)

 

EN REPRESENTACIÓN SINDICAL:

CCOO DEL HABITAT BALEARERS

D. Miguel Ángel Pardo Bergas, con DNI 4******4-S

UGT FICA BALEARES

D. Roberto Serrano Herrero, con DNI 0******6-M

 

EN REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:

ASOCIACIÓN DE CONSTRUCTORES DE BALEARES

Dª. M. Sandra Verger Rufián, con DNI 3******4-X

D. Andrés Moll Linares, con DNI 4******7-J

ASOCIACIÓN PATRONAL YESEROS-ESCAYOLISTAS DE BALEARES y ASOCIACIÓN MAESTROS PINTORES DE BALEARES

Dª. Antonia Capó Capilla, con DNI 4******0-G

ASOCIACIÓN EMPRESARIAL DE PROMOTORES INMOBILIARIOS DE BALEARES

D. Manuel Domingo García, con DNI 7******0-K

En Palma, a 9 de enero de 2023, se reúnen las personas antes relacionadas en la representación que ostentan y consta en el encabezamiento de este escrito, al objeto de constituir la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de la Construcción de Baleares, correspondiente al año 2023 y a tal efecto adoptan los siguientes acuerdos:

Primero.- Constituir la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de la Construcción de Baleares, correspondiente al año 2023, que estará integrada por las personas antes relacionadas en las representaciones que obran descritas.

Segundo.- Reunidos como Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de la Construcción de Baleares acuerdan:

1º. Aprobar la Tabla Salarial para el periodo comprendido entre el 01.01.2023 y el 31.12.2023 en las cuantías que se recogen en el Anexo 1 de este acuerdo, estableciendo un plazo para el abono de los atrasos salariales generados desde el 01.01.2023, de hasta dos meses, desde la fecha en que sea publicada en el BOIB.

2º. Dirigirse las representaciones sindicales de CCOO DEL HABITAT BALEARES y UGT FICA BALEARES a la Comisión Paritaria del Convenio General del Sector de la Construcción mostrando su acuerdo de desistir de la solicitud de que fije las cuantías de las tablas salariales para 2023.

3º. Autorizar a D. Andrés Moll Linares para que realice cuantas gestiones sean precisas para el registro y publicación de los presentes acuerdos.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la presente acta que es firmada por las partes reunidas como muestra de conformidad con su contenido, en la fecha y lugar antes indicados.

ANEXO I TABLA SALARIAL 2023

GRUPOS PROFESIONALES

NIVELES RETRIBUTIVOS

 

CATEGORIA PROFESIONAL

SALARIO ANUAL

HORA ORDINARIA

SALARIO MENSUAL

GRATIFICACIONES Y VACACIONES

 

 

 

A)PERSONAL TÉCNICO SUPERIOR

 

 

 

 

7

II

 

Arquitecto e Ingeniero superiores, Médico

4.046,17

4.122,74

56.876,09

32,76

  

 

 

B) PERSONAL TÉCNICO MEDIO

 

 

 

 

 

 

 

Arquitecto e ingenieros técnicos,

 

 

 

 

 

 

 

Técnico titulado de Topografía,

 

 

 

 

6

III

 

Graduado Social

3.143,59

3.203,07

44.188,72

25,45

6

III

 

Ayudante técnico sanitario

2.433,93

2.475,43

34.199,53

19,70

 

 

 

C)PERSONAL TÉCNICO NO TITULADO

 

 

 

 

5

IV

 

Ayudante de obra

2.648,70

2.698,86

37.232,23

21,45

5

IV

 

Encargado General

2.477,46

2.524,42

34.825,30

20,06

5 

V

 

Delineante superior y proyectista

2.147,42

2.188,20

30.186,19

17,39

 

 

 

Delineante de 1ª o Práctico

 

 

 

 

4

VI

 

de topografía de 1ª

1.959,18

1.996,25

27.539,78

15,86

 

 

 

Delineante de 2ª o Práctico

 

 

 

 

4

VII

 

de Topografía de 2ª

1.823,41

1.857,89

25.631,18

14,76

 

 

 

D) ADMINISTRATIVOS

 

 

 

 

6

III

 

Jefe de 1ª

2.539,76

2.598,24

35.732,11

20,58

5

V

 

Jefe de 2ª

2.402,81

2.448,28

33.775,80

19,46

4

VI

 

Oficial de 1ª

2.013,06

2.051,19

28.297,27

16,30

4

VIII

 

Oficial de 2ª

1.823,41

1.857,89

25.631,18

14,76

3

IX

 

Auxiliar

1.337,20

1.362,49

18.796,66

10,83

1

 

 

Telefonista

1.329,25

1.354,45

18.685,05

10,76

 

 

 

E) SUBALTERNOS

 

 

 

 

2

 

 

Conserje y cobrador

1.374,37

1.400,43

19.319,36

11,13

1

 

 

Ordenanza

1.329,03

1.355,18

18.684,87

10,76

 

 

 

F) ADMINISTRATIVOS DE OBRA

 

 

 

 

3

 

 

Auxiliar, Técnico, Administrativo de obra

49,81

1.521,88

21.252,25

12,24

3

 

 

Listero

48,32

1.476,00

20.614,30

11,87

 

 

 

G) OPERARIOS

 

 

 

 

4

V

 

Encargado de obra

70,59

2.156,58

30.116,03

17,35

4

VII

 

Encargado taller, contramaestre, capataz

61,37

1.876,34

26.187,10

15,08

 

 

 

Jefe de equipo

61,09

1.867,91

26.068,63

15,02

4

VIII

 

Oficial de 1º

55,55

1.697,96

23.702,41

13,65

3

IX

 

Oficial 2º

49,21

1.504,32

20.999,43

12,10

2

X

 

Ayudante (Oficial de 3ª)

47,68

1.458,32

20.347,31

11,72

2

XI

 

Peón especialista

46,10

1.408,97

19.671,34

11,33

1

XII

 

Peon

44,54

1.361,15

19.003,40

10,95

2

X

 

Vigilante

47,54

1.459,32

20.305,48

11,70

1

XII

 

Limpiador/a

41,82

1.277,99

17.843,01

10,28

    Plus extrasalarial: 2,84 €        
    Plus herramientas: 7,63 €        
    Plus prendas trabajo (3 a 6 meses de antiguedad): 33,74 €        
    Plus prendas trabajo (más de 6 meses de antiguedad): 67,61 €