Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE CAMPOS

Núm. 91643
Aprobación definitiva modificación ordenanza precio público para la prestación de servicios a la escoleta municipal

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

1. El Pleno del Ayuntamiento de Campos, en la sesión ordinaria de día 29 de septiembre de 2022, aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios en la guardería municipal "Els Taperons", lo que se publicó en el BOIB núm. 130, de 6 de octubre de 2022.

2. Dado que en fecha 17 de octubre de 2022, el Instituto Balear de la Mujer remitió informe preceptivo de impacto de género, haciendo recomendaciones relativas al uso del lenguaje así como la propuesta de introducción de una bonificación potestativa.

3. Dado que en el plazo de exposición pública no se han presentado alegaciones en relación con la modificación de la ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios en la guardería municipal "Els Taperons".

4. El Pleno del Ayuntamiento de Campos, en la sesión ordinaria de día 26 de enero de 2023, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:

1. Estimar las propuestas de revisión del lenguaje presentadas por el Institut Balear de la Dona.

2. Estimar la propuesta de introducción de una bonificación para los hijos e hijas de las mujeres víctimas de violencia de género en el texto de la ordenanza reguladora, todo ello según lo propuesto por el Instituto Balear de la Mujer.

3. Aprobar definitivamente la modificación de la ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios en la Escoleta Municipal “Els Taperons”, con el siguiente tenor literal (...)

4. Notificar el presente acuerdo al Instituto Balear de la Mujer, con indicación de los recursos correspondientes.

5. Publicar el presente acuerdo, conjuntamente con el texto íntegro de la ordenanza en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Asimismo, se publicará en el tablón de anuncios del ayuntamiento y en el portal de transparencia municipal.

5. En cumplimiento de lo que dispone el artículo 17.3 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas locales, y una vez adoptado el acuerdo definitivo de aprobación del redactado de la ordenanza, se procede a su publicación íntegra en el Boletín Oficial de las Illes Balears:

 

Ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios en la Escoleta Municipal “Els Taperons”

Artículo 1.- Fundamento y naturaleza

Al amparo de lo previsto en los artículos 41 y 127 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, y en concordancia con las competencias propias de Ayuntamiento de Campos en virtud de lo establecido en el artículo 29.2.p de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, este Ayuntamiento establece los precios públicos por el servicio de escuela infantil y guardería.

Artículo 2.- Obligados al pago

Están obligados al pago del precio público regulado por esta ordenanza las personas físicas o jurídicas (padres, madres o quien ostente la tutela de los niños) que se beneficien de los servicios o actividades prestados o realizados por este Ayuntamiento, a los que se hace referencia al artículo anterior.

Artículo 3.- Cuantía

La cuantía a exigir por la prestación del servicio se determinará en función de las siguientes cuantías, todo ello según los tramos horarios y servicios ofrecidos en cada uno de estos tramos:

 

A. Tramo 1: Servicio de escolarización básica (08:30* a 12:30** horas)

Alumnado destinatario

Meses Septiembre a Junio

Mes de Julio

Mes de Agosto

1r curso educación infantil (0-1)

126.-€

126.-€

63.-€

2n curso educación infantil (1-2)

126.-€

126.-€

63.-€

3r curso educación infantil (2-3)

   0.-€

126.-€

63.-€

* El horario de entrada será el comprendido entre las 08:30 horas y las 09:15 horas.

** El horario de salida será el comprendido entre las 12:00 horas y las 12:30 horas.

B. Tramo 2: Servicio de escuela madrugadora (07:30 a 08:30 horas)

Alumnado destinatario

Meses Septiembre a Junio

Mes de Julio

Mes de Agosto

1r curso educación infantil (0-1)

21.-€

21.-€

10,50.-€

2n curso educación infantil (1-2)

21.-€

21.-€

10,50.-€

3r curso educación infantil (2-3)

21.-€

21.-€

10,50.-€

C. Tramo 3: Servicio de comedor (12:30 a 13:00 horas)

Alumnado destinatario

Meses Septiembre a Junio

Mes de Julio

Mes de Agosto

1r curso educación infantil (0-1)

10.-€

10.-€

5,00.-€

2n curso educación infantil (1-2)

10.-€

10.-€

5,00.-€

3r curso educación infantil (2-3)

10.-€

10.-€

5,00.-€

D. Tramo 4: Servicio de descanso (13:00 a 15:30*** horas)

Alumnat destinatari

Mesos Setembre a Juny

Mes de Juliol

Mes d'Agost

1r curso educación infantil (0-1)

16.-€

16.-€

8,00.-€

2n curso educación infantil (1-2)

16.-€

16.-€

8,00.-€

3r curso educación infantil (2-3)

16.-€

16.-€

8,00.-€

*** El horario de salida será el comprendido entre las 15:00 horas y las 15:30 horas.

Además de los precios públicos fijados por tramos horarios, se establecen los siguientes precios accesorios:

A. Menú comedor

  • Ticket unitario: 5,50.-€
  • Bloque de 10 tickets: 50,00.-€

B. Costes de inscripción y matriculación anuales

  • 37,00.-€ (Únicamente tendrá que ser abonado por los niños de 1r curso de educación infantil y 2º curso de educación infantil).

C. Costes de materiales educativos anuales

  • 60,00.-€

Artículo 4. Bonificaciones y exenciones

En situaciones de escasa o nula capacidad económica, se podrá reducir el importe del precio público en la medida en que lo pongan de manifiesto los servicios sociales del Ayuntamiento de Campos. Previa solicitud de la parte interesada, se emitirá informe por parte del servicio competente proponiendo una bonificación o exención que podrá llegar hasta la totalidad del

En situaciones de hijos e hijas de mujeres víctimas de la violencia de género, se podrá reducir el importe del precio público en la medida en que lo pongan de manifiesto los servicios sociales del Ayuntamiento de Campos. Previa solicitud de la parte interesada, se emitirá informe por parte del servicio competente proponiendo una bonificación o exención que podrá llegar hasta la totalidad del precio público.

Artículo 5. Normas de gestión

1. El pago de los precios establecidos se efectuará por mensualidades vencidas de cada mes mediante domiciliación bancaria.

2. Excepción a lo anterior se convierte en el abono de la cuantía correspondiente al mes de agosto, que se abonará conjuntamente con la del mes de julio.

3. En el mes de agosto se prestará el servicio únicamente la mitad del mes.

4. Para dar de baja al alumnado deberá avisarse el mes anterior.

5. La falta de asistencia del alumnado por cualquier motivo no implica la reducción ni devolución de los importes satisfechos.

Disposición adicional.

Todo lo que no esté previsto en la presente ordenanza se regirá por el Real decreto legislativo 2/2004, por el que se aprueba texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, así como el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Disposición final.

Esta normativa específica se aplicará para los centros de educación infantil titularidad del Ayuntamiento de Campos, a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, para todos los nuevos matriculados y para los ya escolarizados para el curso 2022-2023, y estará en vigor mientras el Ayuntamiento no acuerde su modificación o derogación. “

 

Campos, en la fecha de la firma electrónica (1 de febrero de 2023)

La alcaldesa Francisca Porquer Manresa