Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Núm. 84897
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 19 enero de 2023 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento de la Escuela de Música, reconocida, Mayor 82, espai d'activitats musicals, en la localidad de Pòrtol, del municipio de Marratxí
Hechos
1. En fecha 6 de mayo de 2022 (NRE GOIGE256575/2022), la señora Catalina Maria Moll Mas solicitó la autorización para la apertura y el funcionamiento de una escuela de música reconocida en las instalaciones de la calle Mayor 82, de Pòrtol. Con esta solicitud presentó los planos de situación del centro, el proyecto pedagógico de las enseñanzas que querían impartir, el contrato de arrendamiento, la memoria justificativa del cumplimiento del Código Técnico de Edificación y la licencia de actividades del ayuntamiento de Marratxi.
2. En fecha 25 de mayo de 2022, el arquitecto del Servicio de Centros Educativos emitió informe desfavorable de la solicitud por falta de documentación. En fecha 6 de junio, se comunicó al centro el informe y se le requirió que completara la documentación con la justificación de la certificación de la seguridad estructural, la protección frente al ruido, y la seguridad en caso de incendio con los planos y la sectorización de los espacios.
En relación con los espacios mínimos requeridos por la normativa vigente, se le informó de que éstos eran adecuados al número de alumnos y en los horarios establecidos.
3. En fecha 27 de junio de 2022, el servicio de Enseñanzas de Régimen Especial emitió un informe condicionado a la presentación de nueva documentación que acreditara las programaciones con más contenidos, e indicara las especialidades que se impartirían y la metodología que se utilizará junto con la ordenación temporal de los contenidos.
También debían justificar las titulaciones de cada uno de los profesionales que deberían impartir las clases.
4. En fecha 18 de julio de 2022, GOIBE 398447/2022, la representante del centro presentó el certificado de solidez y estabilidad del edificio. También presentó la programación y titulaciones de los profesionales docentes.
5. En fecha 31 de agosto de 2022, GOIBE 486238/2022, la representante del centro presentó la memoria técnica de las instalaciones del centro y justificó las medidas correctoras y subsanó el informe de 25 de mayo de 2022 del arquitecto del Servicio de Centros.
6. El 17 de octubre de 2022, el arquitecto del Servicio de Centros Educativos emitió informe favorable sobre el proyecto presentado y la visita realizada al centro.
7. En fecha 20 de diciembre de 2022, la jefa del Servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial emitió informe favorable sobre la autorización de la apertura y funcionamiento como escuela reconocida de Música Escuela Mayor 82, espai d'activitats musicals, en la localidad de Pòrtol, municipio de Marratxi.
También informó que la escuela de música reconocida tiene capacidad para 151 alumnos repartidos en 6 programas que ofrece el proyecto curricular. Las especialidades que podrán impartirse son: piano, guitarra, percusión, contrabajo y trompeta. También impartirá enseñanzas no regladas en las especialidades de canto de jazz y moderno.
8. El 17 de enero de 2023, la jefa del Departamento de Planificación y Centros informó favorablemente sobre la apertura y funcionamiento de la Escuela de Música reconocida , Mayor 82, espai d'activitats musicals, en la localidad de Pòrtol, municipio de Marratxi.
9. El 18 de enero de 2023, el director general de Planificación, Ordenación y Centros propuso la autorización de la apertura y el funcionamiento de la escuela de música reconocida , Mayor 82, espai d'activitats musicals, en la localidad de Pòrtol, municipio de Marratxi.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
4. La Ley 1/2022, de 8 de marzo de Educación de las Illes Balears, que establece en la disposición final octava, la actualización de la regulación de las escuelas de música y danza reconocidas y establece que el Gobierno de las Illes Balears, en el plazo de tres años desde la entrada en vigor de la presente ley, debe actualizar la regulación de las enseñanzas impartidas por las escuelas de música y danza reconocidas, contenida en el Decreto 37/1999, de 9 de abril, por el que se regulan las escuelas de música y danza de la comunidad autónoma de las Illes Balears. (BOIB núm. 38, de 17 de marzo de 2022).
5. Decreto 37/1999, de 9 de abril, por el que se regulan las escuelas de música y danza de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 20 de abril).
6 . El Decreto 23/2011, de 1 de abril, por el que se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas elementales de música reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOIB núm. 53, de 9 de abril).
7. La Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 9 de diciembre de 2021, por la que se otorga un código administrativo de centro a las escuelas de música, música y danza y arte dramático reconocidas, públicas o privadas, las cuales se reconocieron en su momento con un código alfanumérico; se autoriza que se inscriban de oficio con el nuevo código en el Registro de centros docentes no universitarios, y se autoriza la actualización de la adscripción de estas escuelas a los diferentes conservatorios profesionales de las Illes Balears y en la Escuela Superior de Arte Dramático de las Illes Balears (BOIB núm. 173, de 18 de diciembre 2021).
8. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que , en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
9. El Decreto 1/2022, de 27 de julio de la presidenta de las Illes Balears (BOIB 104, de 9 de agosto de 2022) por el que se modifica el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha 18 de enero de 2022, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos del inicio del curso escolar 2022-2023, la apertura y funcionamiento de la Escuela de Música reconocida, Major 82, espai d'activitats musicals, en la localidad de Pòrtol, del municipio de Marratxí.
2. Autorizar en el centro la impartición de las enseñanzas elementales de música, en las especialidades de piano, guitarra, percusión, contrabajo y trompeta y enseñanzas no regladas en las especialidades de canto de jazz y moderno, con un total de 151 plazas escolares.
3. Determinar que, como consecuencia de estas autorizaciones, el centro queda configurado de la siguiente forma:
Código de centro: 07016529
Denominación genérica: Escuela de música reconocida
Denominación específica: Mayor 82, espai d'activitats musicals
Domicilio: calle Mayor, núm. 82
Localidad: Pòrtol
Municipio: Marratxi
CP: 07141
Enseñanzas autorizadas: enseñanzas elementales de Música en las siguientes especialidades: piano, guitarra, percusión, contrabajo y trompeta.
El centro queda adscrito administrativamente al Conservatorio Profesional de Música y Danza de Mallorca (código: 07006810) que debe ofrecerle apoyo en cuestiones técnicas, pedagógicas y de programación.
4. Inscribir esta autorización en el Registro estatal de centros docentes (RCD) del Ministerio de Educación y Formación Profesional y en el Registro Autonómico de la Consejería de Educación y Formación Profesional, con el código de centro 07016529.
5. Incluir el centro mencionado dentro del ámbito de actuación del Departamento de Inspección Educativa, que debe velar para que el centro se adecue a lo que dispone el Decreto 37/1999, de 9 de abril y debe asesorarle para que pueda alcanzar sus objetivos.
6. Establecer que este centro, a principio de cada curso, debe elaborar el proyecto educativo del año académico. Este proyecto debe incluir los objetivos, el programa que debe impartir y los datos referentes a los alumnos y al horario del centro, que debe formalizarse mediante el documento de organización de la escuela (DOE). Al finalizar cada curso debe elaborar una memoria de actividades, en la que debe hacer referencia al proyecto educativo desarrollado ya los programas impartidos. El proyecto educativo y la memoria deben enviarse al Departamento de Inspección Educativa.
7. Recibir al citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente ya solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.
8 . Comunicar esta Resolución a la dirección del centro, al Conservatorio Profesional de Música y Danza de Mallorca (con código de centro 07006810) y al servicio de Enseñanzas de Régimen Especial de la Consejería de Educación y Formación Profesional para su conocimiento.
9. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 19 de enero de 2023
El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March i Cerdà