Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE TERRITORIO
Núm. 75877
Acuerdo de aprobación definitiva de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias del término municipal de Porreres, relativa a la incorporación del ámbito de la autorización minera “Montision III” con la calificación de la zona de uso extractivo
La Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión de día 27 de enero de 2023, ha tomado el acuerdo siguiente:
«Visto el expediente relativo a la modificación puntual de las Normas Subsidiarias del término municipal de Porreres, relativa a la incorporación del ámbito de la autorización minera “Montision III” con la calificación de la zona de uso extractivo, y en el trámite de aprobación definitiva previsto en el artículo 54 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, en concordancia con el artículo 164 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo para la isla de Mallorca, y de acuerdo con el dictamen de la Ponencia Técnica de Ordenación del Territorio y Urbanismo, esta Comisión Insular acuerda aprobar definitivamente la modificación puntual mencionada.
Se hace la observación que se tiene que incluir esta modificación en la modificación de las normas subsidiarias de Porreres y adaptación en el Plan Territorial Insular de Mallorca que está en tramitación, ya que en caso de aprobación definitiva sin la incorporación de esta modificación, decaería la incorporación del ámbito de la autorización minera con la calificación de uso extractivo y asimismo se recuerda al Ayuntamiento que se tendrá que hacer cargo de los gastos que se han ocasionado por la redacción y tramitación de esta modificación puntual.
Todo eso, conforme con el informe emitido el 13 de enero de 2023 por los Servicios Técnico y Jurídico de Urbanismo del Departamento de Territorio, el cual, como motivación, forma parte de este acuerdo.»
La publicación de este acuerdo se hace en reserva de la aprobación del acta.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Palma, en la fecha de firma electrónica (27 de enero de 2023)
La secretaria Francisca Serra Mas