Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 75752
Resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Servicios Generales núm. 66/2023, de fecha 27 de enero de 2023, de delegación de determinadas funciones de Secretaría en materia de personal (exp. 1614-2022-000011)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El artículo 92 bis de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, determina que la función de Secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo, es una función pública necesaria en todas las corporaciones locales, cuya responsabilidad está reservada a funcionarios con habilitación de carácter nacional.

El Real Decreto 128/2018 de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, define el contenido de la función de fe pública y asesoramiento legal preceptivo, y concreta el alcance de estas funciones en los artículos 2 y 3.

De acuerdo con los artículos mencionados corresponde, entre otros, a la titular del puesto de secretaría general de esta administración, en ejercicio de las funciones de fe pública, la función de certificar todos los actos o resoluciones de la presidencia y acuerdos de los órganos colegiados, decisorios, así como los antecedentes, libros y documentos de la entidad local [ artículo 3.2 f) RD 128/2018], así como también, actuar de fedataria en la formalización de contratos, convenios y documentos análogos en que intervenga la corporación local [artículo 3.2 i) RD 128/2018].

Dichas funciones de secretaría abarcan también la de los organismos autónomos (Instituto Menorquín de Estudios y Consejo Económico y Social de Menorca), y consorcios dependientes del Consejo Insular (Consorcio de Residuos y Energía de Menorca, Consorcio Sociosanitario de Menorca, Consorcio de Disciplina Urbanística en suelo rústico de la isla de Menorca y Consorcio del Pabellón Deportivo Multifuncional).

Por razones de acumulación de trabajo y de eficacia y eficiencia administrativa se considera conveniente delegar parte de estas funciones en materia de personal en las personas que ocupen los puestos de oficial mayor y jefe del Servicio de Gestión de las Personas del Consell Insular .

Por otra parte, el Decreto de Presidencia núm. 208/2021, de 27 de julio, ya encomendó al oficial mayor de este consejo insular, el desarrollo de las funciones de secretaría del Consorcio Sociosanitario de Menorca.

Por todo ello, y dada la propuesta de la Secretaría General, como titular del Departamento de Servicios Generales, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, por Decreto de presidencia núm. 275/2022, de 6 de septiembre de 2022, relativo a la delegación de competencias de la Presidencia en los consejeros ejecutivos (BOIB núm. 118 de 8 de septiembre de 2022), el acuerdo del Consejo ejecutivo de 5 de septiembre de 2022, relativo a la delegación de competencias del Consejo Ejecutivo en la presidenta y en los consejeros y consejeras ejecutivas (BOIB núm. 118 de 8 de septiembre de 2022), todo lo anterior en relación con el Decreto de presidencia núm. 421/2019 de 9 de julio, de creación de los departamentos (BOIB núm. 93 ext. de 10 de julio de 2019)

RESUELVO:

PRIMERO.- Autorizar a la delegación, en la persona que ocupa el puesto de oficial mayor, de la emisión de informes en materia de personal que correspondan con carácter preceptivo a la secretaría general.

SEGUNDO.- Autorizar a la delegación, en la persona que ocupe el puesto de Jefe de Servicio de Gestión de las Personas del Consell Insular, de las funciones que se detallan más abajo;

a) La emisión de los certificados relativos a los expedientes gestionados por el Servicio de Gestión de las personas del Consell Insular con excepción de los que hagan referencia a los decretos de Presidencia, resoluciones de los consejeros ejecutivos y acuerdos de los órganos colegiados de esta administración.

b) La emisión de certificados referentes a acciones formativas organizadas por el Consell Insular sea cual sea el departamento que los gestione.

c) La firma de las actas de toma de posesión y de cese de los funcionarios al servicio del Consejo Insular de Menorca y de sus entes dependientes cuando en este último caso la gestión administrativa se lleve desde el Servicio de Gestión de Personas de la Administración insular .

TERCERO.- Disponer que, en el ejercicio de las mencionadas funciones, las personas autorizadas deben actuar, y así deben hacerlo constar, como delegadas de la titular de la secretaría general, sin perjuicio de que ésta pueda avocar, en cualquier momento el ejercicio de estas funciones con carácter general o singular.

CUARTO.- Establecer que en casos de vacante, ausencia o enfermedad o cualquier otra impedimento de las personas autorizadas, deben ser sustituidas en el ejercicio de sus funciones delegadas, por la persona titular de la Secretaría general.

QUINTO.- Notificar esta resolución a las personas interesadas y disponer su publicación en el Boletín Oficial de las Islas, sin perjuicio de su efectividad desde el momento de su adopción.

 

Maó, 27 de enero de 2023

Por delegación de la presidenta,  La secretaria Rosa Salord Oleo (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)