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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 69520
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 16 de enero de 2023, relativo a dejar sin efecto la convocatoria para la provisión del puesto de trabajador social al Servicio Insular de Familia del Departamento de Bienestar Social del Consell Insular de Menorca, aprobada el 19 de septiembre de 2022. (exp. 0610-2022-000004)

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Texto

Por unanimidad y en votación ordinaria, se aprueba la urgencia de este asunto.

En fecha 19 de septiembre de 2022, el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca aprobó las bases y la convocatoria para la provisión del puesto de trabajador social en el Servicio Insular de Familia del Departamento de Bienestar Social del Consejo Insular de Menorca, modificado por Consejo Ejecutivo de fecha 17 de octubre de 2022 (publicado en el BOIB núm. 132 de 11 de octubre de 2022 y BOIB núm. 139 de 27 de octubre de 2022, respectivamente).

En fecha 9 de enero de 2023, el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca aprobó las bases de la convocatoria para la provisión de personal funcionario de carrera y/o personal laboral fijo de varios puestos de trabajo del Consell Insular de Menorca, previa a la toma de posesión de las plazas de la oferta pública de estabilización.

Como la provisión del puesto de trabajador social todavía no se ha resuelto y este mismo puesto aparece en a la convocatoria de provisión previa a la toma de posesión de las plazas de la oferta pública de estabilización, sería necesario por principio de eficacia y optimización administrativa, dejar sin efecto la provisión del puesto de trabajador social aprobado en fecha 19 de septiembre de 2022.

[...]

Visto el informe de la jefa del Servicio de Gestión de Personas de fecha 13 de enero de 2023, en el que detalla la corrección de error de las bases de la convocatoria para la provisión de personal funcionario de carrera y/o personal laboral fijo de varios puestos de trabajo del Consell Insular de Menorca, aprobadas el día 9 de enero de 2023.

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Dada la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Servicios Generales y en ejercicio de las competencias atribuidas al artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares,

El Consejo Ejecutivo, por unanimidad y en votación ordinaria, adopte los siguientes acuerdos:

Dejar sin efecto la convocatoria para la provisión del puesto de trabajador social en el Servicio Insular de Familia del Departamento de Bienestar Social del Consell Insular de Menorca, aprobada el 19 de septiembre de 2022.

Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el BOIB. El recurso puede interponerse formalmente ante el Pleno del Consell Insular, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de éste recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

 

No obstante, en su caso, podrá interponerse cualquier otro recurso que estime oportuno. Todo ello, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Maó, 25 de enero de 2023

El secretario del Consejo Ejecutivo Por delegación de la presidenta (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019) Octavi Pons Castejón