Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 69393
Resolución de modificación y corrección de errores de la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 30 de noviembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso-oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de las escalas, subescalas, clases y categorías (o especialidades) de administración general y especial de los subgrupos A1, A2, C1, C2 y del grupo AP derivada de la oferta pública de empleo de los Ayuntamientos de Alcúdia, Algaida , Andratx, Artà, Capdepera, Felanitx, Inca, Lloseta, Manacor, Pollença, Porreres, Puigpunyent, Sencelles, Ses Salines y Santa Maria del Camí
Se publica la resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 24 de enero de 2023, por delegación del Consejo Ejecutivo, según el Acuerdo de 28 de septiembre de 2022, BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022, de conformidad con lo que dispone el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas:
Antecedentes
1. En el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 158, de 6 de diciembre de 2022, se publicó la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 30 de noviembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de las escalas, subescalas, clases y categorías (o especialidades) de administración general y especial de los subgrupos A1, A2, C1, C2 y del grupo AP derivada de la oferta pública de empleo de los Ayuntamientos de Alcúdia, Algaida, Andratx, Artà, Capdepera, Felanitx, Inca, Lloseta, Manacor, Pollença, Porreres, Puigpunyent, Sencelles, Ses Salines y Santa Maria del Camí.
2. En esta resolución se han detectado errores y además es necesario modificar determinados aspectos que se indican a continuación:
̶ En el anexo I, relativo a las plazas que se convocan del Ayuntamiento de Lloseta, debe suprimirse la plaza de “auxiliar administrativo”, dado que su selección pasa del sistema de concurso oposición al sistema de concurso de méritos porque reúne los requisitos de la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre y se incluye en las plazas convocadas por la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 30 de noviembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de las escalas, subescalas, clases y categorías (o especialidades) de administración general y especial de los subgrupos A1, A2, C1, C2 y grupo AP derivada de la oferta de empleo público extraordinario de los Ayuntamientos de Alcúdia, Algaida, Andratx, Artà, Binissalem, Búger, Capdepera, Consell, Esporles, Estellencs, Felanitx, Inca, Lloseta, Manacor, Pollença, Porreres, Puigpunyent , Santa María del Camí, Sa Pobla, Sencelles, Ses Salines, Son Servera y Valldemossa.
- En el anexo II, en el punto 10. Fase oposición, párrafo tercero, se deben suprimir las frases “Cada grupo o subgrupo será convocado en días y horas diferentes. Los aspirantes que se presenten a diferentes convocatorias de un mismo subgrupo o grupo, en caso de que no tenga subgrupo, realizarán una sola prueba. En el caso de presentarse a diferentes grupos o subgrupos deberá realizar una prueba para cada uno de ellos”, dadas las atribuciones que se otorgan a los órganos de selección en el artículo 52 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; la finalidad de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad; y las funciones atribuidas a la Comisión de Coordinación para la reducción de la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears, creada por la disposición transitoria octava de la Ley 3/2007.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.
2. Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.
3. Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad.
4. Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
5. Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
6. Decreto 2021-0874 de aprobación de la oferta pública de empleo del Ayuntamiento de Lloseta, para el año 2021(BOIB núm. 176, de 25 de diciembre de 2021; rectificada en el BOIB Núm. 125, de 24 de septiembre de 2022, rectificada en el BOIB Núm. 6, 14 de enero de 2023).
7. Aprobación modificación de la Relación Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Lloseta de día 27 de junio de 2022 (BOIB Núm. 84, de 28 de junio de 2022).
Por todo lo expuesto, el consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas por el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 28 de septiembre de 2022, de delegación de determinadas atribuciones del Consejo Ejecutivo en el consejero ejecutivo o consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública, en materia de personal (BOIB núm. 128, de 1 de octubre de 2022), en relación con el artículo 28.1.e) de la ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, dicta la siguiente,
RESOLUCIÓN
1. Rectificar los errores y modificar la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 30 de noviembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso-oposición para cubrir las plazas de personal funcionario de las escalas, subescalas, clases y categorías (o especialidades) de administración general y especial de los subgrupos A1, A2, C1, C2 y del grupo AP derivada de la oferta pública de empleo de los Ayuntamientos de Alcúdia, Algaida, Andratx , Artà, Capdepera, Felanitx, Inca, Lloseta, Manacor, Pollença, Porreres, Puigpunyent, Sencelles, Ses Salines y Santa Maria del Camí, en el siguiente sentido:
̶ En el anexo I, en el punto 1.6 Grupo C2, Administración general, Subescala auxiliar, suprimir el siguiente registro:
Entidad Local |
Denominación de la categoría/especialidad |
Número de vacantes |
Requisitos titulación |
Catalán |
Ayuntamiento de Lloseta |
Auxiliar administrativo-a |
1 |
Título de graduado en ESO o equivalente |
A2 |
Las personas que presentaron la solicitud en la plaza que se suprime tendrán que presentar una nueva solicitud en la convocatoria por el sistema de concurso y abonar la tasa correspondiente y podrán pedir la devolución de la tasa abonada con la solicitud ya presentada.
2. En el anexo II, en el punto 10. Fase oposición, modificar la redacción del párrafo tercero, que queda redactado en los siguientes términos: “Se realizará una sola prueba por grupo o subgrupo de titulación”.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, y su anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con lo que prevé el artículo 66.2 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, y los artículos 12 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.”
Palma, a fecha de la firma electrónica (24 de enero de 2023)
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública Josep Lluís Colom Martínez