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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 68813
Aprobación definitiva del Reglamento de uso de la Sede de Entidades Sociales

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Texto

Por Acuerdo plenario de fecha 30 de septiembre de 2022, se aprobó inicialmente el Reglamento de uso de la sede de entidades sociales de Marratxí que sigue con el procedimiento que establece la tramitación del artículo 102 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre.

La propuesta de Acuerdo de aprobación inicial se publicó en el BOIB 140 de fecha 29 de octubre de 2022 y en cumplimiento de lo que se establece en el artículo 102 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre ha estado en exposición pública por un período de treinta días con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recoger las aportaciones adicionales que puedan presentar otras personas o entidades.

Se ha emitido certificado por parte de la secretaria de fecha 16 de enero de 2023, donde se certifica la elevación a definitiva de la aprobación inicial.

REGLAMENTO DE USO DE LA SEDE DE ENTIDADES

Preámbulo

La compilación de normas recogidas en este reglamento tiene como finalidad regular el funcionamiento y el uso de la Sede de Entidades. Cualquier entidad de cariz social que esté inscrita al registro de entidades del Ayuntamiento de Marratxí podrá hacer uso de este espacio previa solicitud al área de Servicios Sociales de este Ayuntamiento y se guiará por el que se establece en este reglamento y en l´Acuerdo de uso de espacio. Este reglamento estará permanentemente en disposición de cualquier persona que lo desee en la llanura web del Ayuntamiento y a la sede principal de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Marratxí.

 

TÍTULO I Objeto, naturaleza, ámbito y finalidad

Artículo 1. Objeto

El objeto de este reglamento es que el Ayuntamiento de Marratxí pueda ofrecer un espacio (Sede de entidades) para que las entidades sociales del municipio puedan desarrollar sus acciones administrativas y de organización interna.

Artículo 2. Ámbito territorial

El ámbito territorial de este reglamento es el municipio de Marratxí. La Sede de Entidades se encuentra situada en la segunda planta del Centro de día de Pòrtol (Calle Mayor, n.º 135).

 

TÍTULO II Gestión, organización y condiciones de uso

Artículo 3. Coordinación de la Sede de Entidades

La coordinación de la Sede de Entidades corresponde a la Área de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Marratxí que la gestiona de acuerdo con la normativa vigente.

 Son funciones relativas a la coordinación:

  • Gestionar las altas y bajas de cesión del espacio.
  • Supervisar la correcta aplicación del Reglamento.
  • Velar por el buen uso y la conservación de las instalaciones.
  • Convocar las reuniones correspondientes con las entidades participantes.
  • Proponer la incoación de los expedientes sancionadores, de acuerdo con el título III de este reglamento.
  • Cualquier otra función necesaria que pueda surgir en el desarrollo de la cesión.

Artículo 4. Descripción del espacio

La Sede de Entidades se encuentra en el segundo piso del Centro de Día de Pòrtol. Es una sala diáfana que está equipada para atender las necesidades básicas de las entidades. El espacio se comparte con el área de Igualdad del Ayuntamiento de Marratxí.

El espacio está condicionado y adaptado a personas con diversidad funcional.

Artículo 5. Entidades a quien va dirigida

La Sede de Entidades está dirigida a las entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y registradas al registro correspondiente, con fines sociales y cívicas y, con sede fiscal en el municipio de Marratxí.

Artículo 6. Cesión por utilización del espacio

Para utilizar el espacio habrá que presentar una solicitud al Registro del Ayuntamiento utilizando el modelo de instancia general dirigida al área de Servicios Sociales.

En la solicitud se especificarán las fechas y el horario de uso que se solicita.

Esta solicitud tiene que estar acompañada de la siguiente documentación:

  • Documento que acredite que la entidad está legalmente constituida.
  • Documento que acredite inscripción de la entidad en los registros correspondientes (general y municipal) de acuerdo con la normativa establecida.
  • Acta Fundacional.
  • Fotocopia NIF de la asociación.
  • Póliza vigente del seguro de responsabilidad civil.

Cuando el órgano municipal competente haya aprobado el uso de la Sede de Entidades se firmará un acuerdo de condición de uso de los espacios.

 

TÍTULO III Derechos, deberes y obligaciones

Artículo 7. Derechos

Las entidades autorizadas para utilizar la Sede de Entidades disfrutarán de los siguientes derechos:

  • Disponer del espacio autorizado en condiciones de equipación y limpieza adecuadas para su uso.
  • Contar con el apoyo del personal técnico responsable de la gestión del espacio.
  • Utilizar la sala habilitada para su uso en los horarios establecidos, excepto en casos excepcionales de restricción o prohibición de uso del espacio.
  • Poder consultar el presente Reglamento de funcionamiento.

Artículo 8. Obligaciones y deberes

Las entidades autorizadas para utilizar la Sede de Entidades se obligan al cumplimiento de las siguientes obligaciones y deberes:

  • Mantener un trato respetuoso y digno hacia las otras personas/entidades que utilicen la Sede.
  • Respetar y mantener en orden los bienes materiales, las infraestructuras y los recursos de la sala.
  • Cumplir las normas incluidas al presente Reglamento y en el acuerdo firmado así como todas las normas y las instrucciones complementarias que se dicten en cuanto a la Sede de Entidades.
  • Respetar el horario para el cual se les ha cedido el uso.
  • Dejar el espacio aseado para garantizar el uso posterior en perfectas condiciones.
  • Limitarse a acceder solo al espacio cedido. No se podrá entrar ni hacer uso del resto de dependencias.
  • El uso del espacio es privativo del dominio público y, por lo tanto, la entidad autorizada no podrá ceder, traspasar, autorizar, arrendar a terceros el espacio que se le ha autorizado por su uso.
  • Hacer uso de las instalaciones con la finalidad para la cual ha sido autorizada.
  • Cuando por características de la actividad solicitada se requiera un seguro de responsabilidad civil adicional a la dispuesta por la Sede de entidades, de acuerdo con la normativa legal que se encuentre en cierto momento, hará falta que la entidad autorizada tenga contratada su cobertura.
  • Irá a cargo de la entidad los gastos derivados de los daños y desperfectos causados durante y como consecuencia de la realización de la actividad en cualquiera de las instalaciones.
  • Comunicar al personal técnico responsable de la gestión las anomalías de funcionamiento, las averías, las deficiencias o el incumplimiento del que dispone el presente Reglamento con la mayor brevedad posible.

Artículo 9. Restricciones y otras normas de la Sede de Entidades.

Son restricciones y otras normas:

a) No recibir correo ni paquetería en la Sede de Entidades Sociales.

b) No utilizar el espacio como Sede Social.

c) No se puede fumar ni consumir bebidas alcohólicas ni otras sustancias tóxicas.

d) Queda prohibida la entrada de animales a las instalaciones. Excepto los perros guía que tendrán acceso en aquellos espacios donde su propietario/aria pueda acceder, según la normativa vigente.

e) El Ayuntamiento no se hace responsable de las sustracciones, las pérdidas o los daños a materiales u objetos personales que las personas usuarias introduzcan en la sede.

El incumplimiento de estas obligaciones y normas podrá suponer la revocación de la cesión de este espacio.

 

TÍTULO IV Procedimiento

Artículo 10. Disposición final

El presente Reglamento entrará en vigor una vez cumplidos los trámites legales de aprobación y publicación. Se publicará la aprobación definitiva y el texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia, tal como establece la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

Y en prueba de conformidad, firman por duplicado el presente reglamento en el lugar y fecha arriba indicados.

Ajuntament de Marratxí                                             Asociación

 

Marratxí, 18 de enero de 2023

La regidora de la área de Servicios Sociales Aina Amengual Marí