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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO

Núm. 67755
Resolución de la consejera de Salud y Consumo de 24 de enero de 2023 por la que se delegan diferentes competencias y la firma de determinados actos administrativos relativos a la sección presupuestaria 74, Agencia de Salud Pública de las Illes Balears, en favor de órganos directivos de la Consejería

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Texto

Hechos

1. La Ley 2/2021, de 8 de noviembre, por la que se modifican la Ley 16/2010, de 28 de diciembre, de salud pública de las Illes Balears, y el Decreto Ley 11/2020, de 10 de julio, por el que se establece un régimen sancionador específico para hacer frente a los incumplimientos de las disposiciones dictadas para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19, y la Ley 3/2022, de 15 de junio, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Illes Balears, han dotado de contenido a los artículos 17 a 25 de la Ley 16/2010, de 28 de diciembre, de salud pública de las Illes Balears, creando la entidad autónoma Agencia de Salud Pública de las Illes Balears, adscrita a la Consejería de Salud y Consumo.

2. Por su parte, la Ley 11/2022, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para 2023, ha creado la sección presupuestaria 74, Agencia de Salud Pública de las Illes Balears, donde se han presupuestado para ser ejecutadas en el ejercicio 2023 las partidas de ingresos y de gastos (con la excepción en este caso de las de capítulo I) de los programas presupuestarios de salud pública que hasta este ejercicio eran imputados presupuestariamente y gestionados por la Consejería de Salud y Consumo (sección presupuestaria 18), y específicamente por la Dirección General de Salud Pública y Participación (centro de coste 18201).

3. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de enero de 2023 por el que se establecen los criterios interpretativos en relación con la gestión de la Agencia de Salud Pública de las Illes Balears mientras se lleva a cabo su proceso de puesta en funcionamiento, ha dispuesto que, provisionalmente, mientras no concluya el proceso de puesta en funcionamiento de la Agencia de Salud Pública de las Illes Balears por medio de la aprobación de sus estatutos y la constitución de sus órganos directivos colegiados y el nombramiento y toma de posesión de los titulares de sus órgano, será la Consejería de Salud y Consumo, como consejería de adscripción de la Agencia de Salud Pública de las Illes Balears, la que por medio de sus órganos ejercerá las competencias en materia de salud pública, incluyendo las presupuestarias de autorización y disposición del gasto, reconocimiento de obligaciones y propuesta de pago respecto a los créditos presupuestarios consignados en la sección 74 de los presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears, aprobados por la Ley 11/2022, de 28 diciembre.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 9, 12 y 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

2. Los artículos 25, 31, 32 y 42 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El artículo 7.2 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears, que permite la subdelegación en materias de función pública.

4. El Decreto 8/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. El artículo 17 de la Ley 16/2010, de 28 de diciembre, de salud pública de las Illes Balears, que crea la entidad autónoma Agencia de Salud Pública de las Illes Balears, adscrita a la Consejería de Salud y Consumo.

7. La Ley 11/2022, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para 2023, por la que se crea la sección presupuestaria 74, Agencia de Salud Pública de las Illes Balears.

8. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de enero de 2023 por el que se establecen los criterios interpretativos en relación con la gestión de la Agencia de Salud Pública de las Illes Balears mientras se lleva a cabo su proceso de puesta en funcionamiento.

En consecuencia, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Delegar en la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Salud y Consumo, con respecto a la sección presupuestaria 74 Agencia de Salud Pública de las Illes Balears, el ejercicio de las mismas competencias que se le delegaron en cuanto a la sección presupuestaría 18 Consejería de Salud y Consumo mediante la Resolución de la consejera de Salud y Consumo de 5 de julio de 2019 (BOIB núm. 94, de 19/07/2019) por la que se delegan diferentes competencias y la firma de determinados actos administrativos en favor de órganos directivos de la Consejería y se establece el régimen de suplencia.

Disponer que esta delegación tiene carácter temporal y tendrá eficacia desde su publicación hasta que concluyan los efectos del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de enero de 2023 por el que se establecen los criterios interpretativos en relación con la gestión de la Agencia de Salud Pública de las Illes Balears mientras se lleva a cabo su proceso de puesta en funcionamiento, en cuyo momento quedará sin efectos esta delegación.

Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 24 de enero de 2023

La consejera de Salud y Consumo Patricia Gómez Picard