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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE FELANITX

Núm. 55868
Lista definitiva bolsa celador/a de obras

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Expediente 1407/2022

La cláusula novena de las Bases que rigen el concurso oposición para proveer en propiedad, una plaza de celador/a de obras, por turno libre, de personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Felanitx, establece que los resultados de las pruebas darán lugar a la constitución de una bolsa de personas aspirantes para el nombramiento o contratación interina de personal.

La Junta de Gobierno Local en sesión de día 17 de enero de 2023, acordó entre otros constituir una bolsa de trabajo para el nombramiento interino de personal, la cual estará integrada por las siguientes personas aspirantes y según la orden de prelación establecido:

ORDEN

DNI

NOMBRE

1

***1788**

González Peñalver, Francisco José

2

***8883**

Bunyola Pedrol, Aina Maria

3

***2687**

Bibiloni Trobat, Antònia

4

***7487**

Yáñez Lupiáñez, Lorena

Según el establecido en la base novena de la convocatoria esta bolsa se mantendrá vigente hasta una nueva convocatoria, con un máximo de 3 años desde su publicación en el BOIB.

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los siguientes recursos:

a) Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del Contencioso–administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación en el BOIB.

b) El recurso de reposición potestativo ante el alcalde del Ayuntamiento de Felanitx, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo en el BOIB. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Felanitx, documento firmado electrónicamente (19 de enero de 2023)

El alcalde Jaume Monserrat Vaquer