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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 50099
Juventud - notificación concesión de subvenciones para federaciones y agrupamientos de entidades juveniles de Palma para el año 2022

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Texto

De conformidad con el artículo 34.5 de la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Palma, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de 26 de febrero de 2015 (BOIB n.º 35 de 12/03/2015) y con el punto 19 de las Bases de subvenciones para federaciones y agrupamientos de entidades juveniles de Palma para el año 2022, mediante el presente anuncio se notifica que por Acuerdo de la Junta de Gobierno n.º JGL_20221214_01_010, de 14/12/2022 (modificado por el Acuerdo de la Junta de Gobierno n.º JGL_20230118_01_020 de 18/01/2023), se ha dispuesto el siguiente:

1.º CONCEDER a las entidades relacionadas a continuación con cargo a la partida 20.33710.483.01 del Presupuesto de Gastos 2022 y 2023 -año 2022, 3.500 € (A – Ref. 22022004140, Op. 220220018807) y para el año 2023, 31.500 € (A – Op. 220229000443)- en relación a las Bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones para federaciones y agrupamientos de entidades juveniles de Palma para el año 2022 del Ayuntamiento de Palma, aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno n.º JGL_20220511_01_023, de 11 de mayo de 2022 (MARGINAL 100015), con arreglo a la propuesta de resolución definitiva contra la cual no se han presentado alegaciones y conforme a la base 19.ª de la mencionada convocatoria, las siguientes subvenciones:

- MOVIMENT ESCOLTA I GUIATGE DE MALLORCA, CIF. G07148612, rep. por Gerard March Terrés, la cantidad de 16.716,18 € (dieciséis mil setecientos dieciséis euros con dieciocho céntimos) –MEIGM: 1.322,61€; AE SANT JOSEP OBRER: 3.691,17€; AEG REINA CONSTANÇA: 1.833,64€; AE RAMON LLULL: 1.008,00:  AEG JAUME I – VERGE DE LLUC: 3.586,52€; AEG ELADI HOMS: 3.224,72 y MOD B - AE SON SARDINA 2.049,52€ -.

- ORGANITZACIÓN JUVENIL ESPAÑOLA, CIF. G28556728, rep. por Carolina González Morcllo, la cantidad de 10.448,69 € (diez mil cuatrocientos cuarenta y ocho euros con sesenta y nueve céntimos) –OJE: 4.829,49€, LLAR AZIMUT: 1.379,20€ y AGRUPAMENT ESPORTIU VOLTORS: 4.240,00€-

2.º Disponer el gasto, reconocer y liquidar la obligación del gasto a favor de los beneficiarios, por un importe de 2.716,46 € para el año 2022 (Ref. 22022004140, Op. 220220018807) y de 24.448,41 € para el año 2023 (Op. 220229000443), con cargo a la aplicación presupuestaria 20.33710.483.01 - JUVENTUD.- SUBV. FEDERACIONES Y AGRUPAMIENTOS.

3.º Proponer un adelanto del 10% del importe de la subvención conforme con el punto 20 de las Bases (A: Ref. 22022004140, Op. 220220018807) a las entidades relacionadas a continuación, los importes restantes se propondrán después de haber verificado que se haya justificado de forma correcta la aplicación de los fondos concedidos, el plazo para justificar comprende desde el 1 de enero de 2023 hasta el 28 de febrero de 2023:

- MOVIMENT ESCOLTA I GUIATGE DE MALLORCA, CIF. G07148612, rep. per Gerard March Terrés,  la cantidad de 1.671,60 € (mí seiscientos setenta y uno euros con sesenta céntimos).

- ORGANITZACIÓN JUVENIL ESPAÑOLA, CIF. G28556728, rep. por Carolina González Morcllo, la cantidad de 1.044,86 € (mil cuarenta y cuatro euros con ochenta y seis céntimos).

5.º Notificar la resolución de concesión de la subvención a las entidades beneficiarias, así como dar traslado de esta a la sección de Contabilidad para la tramitación del ordenamiento y propuesta de pago del regidor de Hacienda, Innovación y Función Pública.

6.º Liberar el crédito sobrante del gasto previamente autorizado por un importe de 783,54 € con cargo de la aplicación presupuestaria 20.337.10.483.01 del vigente presupuesto de Gastos (documento contable A/ Ref. 22022004140, Op. 220220018807).

7.º Liberar el crédito sobrante del gasto previamente autorizado por un importe de 7.051,59€ con cargo de la aplicación presupuestaria 20.337.10.483.01 del presupuesto de Gastos para el año 2023 (documento contable A/ Op. 220229000443).

Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente a recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo se tendrá que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento, en las dependencias o en las formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa, sin perjuicio, si procede, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes mencionado y lo que dispone la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo o la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a recibir esta notificación, todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (18 de enero de 2023)

El jefe de servicio de  Igualdad, Juventud y Derechos Cívicos José Manuel Carrillo Martínez