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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 43598
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 12 de enero de 2023 por la que se autoriza el cambio de denominación específica del centro singular de educación infantil de primer ciclo CEI Escoleta Sinapsis por el de CEI Es Niu de Sinapsis, del municipio de Manacor

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 12 de septiembre de 2022 se autorizó la apertura y el funcionamiento del Centro de Educación infantil de Primer Ciclo, Escoleta Sinapsis, del municipio de Manacor (BOIB Núm. 122 , de 17 de septiembre), con el código de centro 07016441 y con la consideración de centro singular de acuerdo con la superficie de las aulas, con una configuración de 3 unidades en funcionamiento. La titularidad del CEI era de Sinapsis, Acompanyament Pedagògic 2015 CB.

2. El 21 de diciembre de 2022 (GOIBE772960/2022), la señora Gemma Bertran Alcay, como representante del centro, solicitó el cambio de la denominación específica del CEI Escoleta Sinapsis por el de CEI Es Niu de Sinapsis.

3. El 9 de enero de 2023, la jefa de Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la autorización del cambio de la denominación específica del CEI Escoleta Sinapsis, por el de CEI Es Niu de Sinapsis.

4. El 10 de enero de 2023, el director general de Planificación, Ordenación y Centros emitió una propuesta de resolución por la que propuso la autorización del cambio de denominación del centro singular de Educación Infantil de primer ciclo privado Escoleta Sinapsis, de Manacor, por el de CEI Es Niu de Sinapsis.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo), que establece en el artículo 102, referido a la creación de centros, que la creación, supresión y transformación de centros privados deben someterse a la autorización administrativa correspondiente.

5. El Decreto 23/2020 de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 135, de 1 de agosto).

6. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

7. El Decreto 1/2022, de 27 de julio de la presidenta de las Illes Balears (BOIB 104, de 9 de agosto de 2022) por el que se modifica el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 21, de 15 de febrero).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por el Director General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha 11 de enero de 2023, dicto la siguiente

 

 

Resolución

1. Autorizar el cambio de la denominación específica del centro singular de educación infantil de primer ciclo, CEI Escoleta Sinapsis, del municipio de Manacor, registrado con el código 07016441 por el de centro singular de educación infantil de primer ciclo, CEI Es Niu de Sinapsis.

2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Código de centro: 07016441

Denominación genérica: centro de educación infantil de primer ciclo privado

Denominación específica: Es Niu de Sinapsis

Titular: Sinapsis, Acompanyament Pedagògic 2015, CB

Domicilio: ronda de l'Institut, s/n

Municipio: Manacor

Código postal: 07500

Isla: Mallorca

Enseñanzas autorizadas: 3 unidades de educación infantil de primer ciclo, distribuidas de la siguiente manera:

- De 0 a 1 años: 1 unidad y 7 puestos escolares.

- De 1 a 2 años: 1 unidad y 12 puestos escolares.

- De 2 a 3 años: 1 unidad y 18 puestos escolares

En aplicación de la disposición transitoria séptima del texto consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil y de acuerdo con las superficies útiles de las aulas, la unidad de 2 a 3 años no podrá superar, en ningún caso, el ratio autorizado.

3. Inscribir esta autorización en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación y Formación Profesional y en el Registro autonómico de centros docentes de la Consejería de Educación y Formación Profesional (Repositorio de centros).

4. Recibir al citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente ya solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares .

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 12 de enero de 2023

El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March i Cerdà