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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 42334
Notificación de Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, Rd2 de fecha 29 de diciembre de 2022, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 19 de febrero de 2015 por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el Fomento de la Producción Integrada, para el año 2015 (Prórroga 2021)

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Texto

El apartado 8.4. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 19 de febrero de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para el Fomento de la Producción Integrada, para el año 2015 (Prórroga 2021), especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 29 de diciembre de 2022, firmó la siguiente resolución, 

"INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN Y RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020 Medida 10.1.1- Fomento de la Producción Integrada Convocatoria 2015 - Prórroga 2021

Antecedentes

1.Con fecha 26 de febrero de 2015, se publicó en el BOIB núm. 29 la Orden del Conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014- 2020.

2.Con fecha de 28 de febrero de 2015 se publicó en el BOIB núm. 30, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al Fomento de la producción integrada.

3.Con fecha 26 de febrero de 2015, se publicó el BOIB núm. 29 la Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014- 2020.

4.Con fecha de 28 de febrero de 2015 se publicó, en el BOIB núm. 30, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de la producción.

5.Con fecha de 28 de enero de 2021 se publicó en el BOIB núm 13. día 30 de enero de 2021, la Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 28 de enero de 2021 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2021 de las ayudas destinadas al pago para prorrogar por segundo año los compromisos asumidos para el fomento de la producción integrada en la convocatoria de 2015. 

5.Los interesados señalados en el Anexo I no han presentado, en tiempo y forma, toda la documentación necesaria prevista en la convocatoria, y se ha comprobado. A fecha 9/06/2022 que no cumplen con el requisito expuestos en la convocatoria y detallados en el anexo I.

6.Con fecha de 29 de diciembre de 2022 se publicó en la página web del FOGAIBA la propuesta provisional de denegación y se concedió un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones. Los interesados señalados en el anexo no han presentado alegaciones o si las han presentado no han subsanado los requisitos.

Fundamentos de derecho

1.Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 28 de enero de 2021 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2021 de las ayudas destinadas al pago a prorrogar por segundo año los compromisos asumidos para el fomento de la producción integrada en la convocatoria de 2015, publicada en el BOIB núm. 13 de día 30 de enero de 2021.

2.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 27 de febrero de 2015, por que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de la producción integrada, publicada en el BOIB núm. 87 11 de junio de 2015. 

3.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las islas Baleares (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 27 de febrero de 2015, por la que se aprueba la convocatoria para el 2015 de las ayudas destinadas al fomento de la producción integrada.

4.Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.

5.Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.

6.Reglamento delegado (UE) núm. 2016/1393 de la Comisión, de 4 de mayo de 2016, que modifica el Reglamento Delegado (UE) 640/2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control ya las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural ya la condicionalidad.

7.Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

8.Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad. Y el Reglamento de ejecución (UE) núm. 2020/501 de la Comisión, de 6 de abril de 2020, por el que se establecen excepciones a lo dispuesto en el Reglamento de Ejecución (UE) núm. 809/2014.

9.Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

10.Real decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde, en el sector vitivinícola.

11.Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

12.Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

13.Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.

14.Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

15.Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

16.Ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Islas Baleares.

17.Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), a la comunidad autónoma de las Islas Baleares BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consellería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero, a partir del 1 de enero de 2006.

18.Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Propuesta de Resolución de denegación

Por todo ello, se informa y se propone al vicepresidente  del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1.Denegar la solicitud de ayuda a las personas beneficiarias detalladas en el anexo I.

2.Informar a los beneficiarios de que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle de Reina Constanza, núm. 4 de Palma).

3.Comunicar esta propuesta provisional a los interesados, haciéndoles evidente que disponen de un plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde la publicación en la página web del FOGAIBA de esta propuesta, para presentar alegaciones. En caso de no hacer uso de su derecho para alegar, en el plazo indicado, o si manifiesta su decisión de no efectuar alegaciones, ni aportar nuevos documentos o justificaciones, esta propuesta tendrá carácter definitivo, y se elevará al vicepresidente del FOGAIBA para que dicte la Resolución de concesión de la ayuda que le corresponde.

Palma, a fecha de la firma electrónica

La Jefa del Servicio de Desarrollo Rural  Gema Canós Franch

Conforme con la propuesta, dicto Resolución

El vicepresidente del FOGAIBA Fernando Fernández Such"

 

ANEXO I  Medida 10.1.1. Fomento de la producción integrada

CONVOCATORIA PRODUCCIÓN INTEGRADA 2015 – SEGUNDA PRÓRROGA 2021

EXP SGA

NIF/CIF

TITULAR

MOTIVO

04003128

***7621**

MARIA OLIVER MONJO

1

04004628

***7141**

MIQUEL PONS ORTEGA

1

04003453

E57113615

VENTANYOL AGUILO, C.B

2

 

1

NO ESTAR INSCRITO EN EL CONSELL REGULADOR (CRDGPI)

2

CAMBIO DE CULTIVO DEL QUE TENIA COMPROMETIDA INICIALMENTE, COMPROMISO DE MANTENER EL MISMO GRUPO DE CULTIVO

 

(Firmado electrónicamente: 13 de enero de 2023)

El secretario general de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación Jorge Sánchez Fernández Por suplencia del director gerente del FOGAIBA (BOIB núm.151, de 7/11/2019)