Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 43011
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 enero 2023 por el que se declaran inversión de interés autonómico las obras de ampliación IES Sineu parcela de ref. catastral 07060A002001230001GR, para uso educativo en suelo urbano, propiedad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears,en el término municipal de Sineu,y se adaptan las determinaciones urbanísticas del equipamiento a las requeridas por el proyecto necesario para llevar a cabo la actuación,de acuerdo con los artículos 7y8 del Decreto ley 1/2018,de 19 de enero,de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos,sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Uno de los objetivos del Gobierno de las Illes Balears, de conformidad con el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, es garantizar el derecho a la educación de calidad y acceder a ellos en condiciones de igualdad.
Asimismo, de acuerdo con el Estatuto, las instituciones propias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para cumplir las finalidades que les son propias y en el marco de las competencias que les atribuye este Estatuto, deben promover, como principios rectores de la política económica y social, el desarrollo sostenible encaminado al pleno empleo, la cohesión social y el progreso científico y técnico, de forma que se asegure a toda la ciudadanía el acceso a los servicios públicos y el derecho a la salud, la educación, la vivienda, la protección social, el ocio y la cultura.
El capítulo I del Título V de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, regula la red de centros educativos de las Illes Balears. En el artículo 102, de Creación de centros, establece que la creación, la supresión y la transformación de centros públicos corresponde al Gobierno de las Illes Balears, que debe establecer los tipos de enseñanzas que se van a desarrollar. En el punto 3 del mismo artículo determina que el Gobierno de las Illes Balears debe promover una red de centros públicos suficiente para cubrir la demanda de la población escolar de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).
Con el fin de cumplir estos objetivos, se considera necesario y urgente adecuar la red pública de equipamientos, de forma que permita afrontar las demandas en materia sanitaria, educativa y social de la población, motivada no sólo por el importante incremento experimentado población residente en las Illes Balears, sino también por la situación de paralización que la crisis económica ha causado. Así pues, a fin de paliar estas deficiencias en el lapso de tiempo más breve posible, el día 20 de enero de 2018, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears el Decreto ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por lo que se refiere a la atención de las demandas en el ámbito de la educación ya la adecuación de la red pública de equipamientos, mediante el Real decreto 1876/1997, de 12 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de enseñanza no universitaria, se hizo efectivo el traspaso de las competencias en materia de enseñanza no universitaria y la Comunidad Autónoma asumió, entre otros , la competencia en materia de «la elaboración, supervisión, aprobación, contratación y ejecución de proyectos de nuevas construcciones, reforma, ampliación o mejora de las existentes, así como, la dotación y el equipamiento en lo referente a los centros públicos. Convocatoria y resolución de concursos y proyectos de edificios y material [...]»
Corresponde a la Consejería de Educación y Formación Profesional, a través de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, entre otras competencias, la coordinación de las infraestructuras y de los servicios educativos, de acuerdo con el artículo 2.6.a ) del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
El Decreto ley 1/2018, de 19 de enero, establece la regulación relativa a los efectos de la declaración de inversiones de interés autonómico de las Illes Balears con el fin de atender la creciente demanda de servicios y prestaciones en los ámbitos recogidos en el Decreto ley.
El IES Sineu tiene actualmente una matrícula de 1.067 alumnos distribuidos entre Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional. En los últimos cursos, para poder atender las necesidades de espacios que requiere la atención a su alumnado, el centro se ha visto obligado a habilitar algunos espacios específicos (laboratorios, aulas de dibujo, talleres…) como aulas ordinarias, por lo que no puede darse cumplimiento al Real Decreto 132/2010 de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria . Además, se han instalado hasta un total de 10 espacios modulares (6 aulas, 3 baños y 1 almacén).
Dadas las demandas de escolarización del municipio de Sineu y de las escuelas adscritas, las necesidades actuales de espacio del centro y por la necesidad de incrementar la oferta de Formación Profesional, es imprescindible la ampliación del IES Sineu para que pueda disponer de los espacios necesarios de acuerdo con el RD 132/2010.
El IES Sineu se encuentra ubicado en la parcela de referencia catastral 07060A002001230001GR. Esta parcela tiene una superficie de 17.765,00 m2 destinados a equipamiento educativo. La superficie construida actual es de 7.317 m2. Según el artículo 84 de las NNSS de Sineu que regula los parámetros urbanísticos por ampliaciones, se permitirán pequeñas ampliaciones que tendrán que estar suficientemente justificadas y nunca podrán superar el 20% del volumen actual, para adaptar el edificio a el uso que se destine.
Para adaptar el centro a las necesidades de espacios, se necesitaría ampliar el centro con 8 aulas, dos talleres de formación profesional, una sala de profesores, espacios para departamentos didácticos y baños. La superficie de esta ampliación, según el artículo 84 de las NNSS de Sineu, superaría los parámetros urbanísticos establecidos por lo que, y en aplicación del artículo 8.2 del Decreto Ley 1/2018, las determinaciones urbanísticas del equipamiento deben corresponder a las requeridas para el proyecto necesario para llevar a cabo la actuación, y por tanto, no deben depender del desarrollo territorial o urbanístico previo ni de los instrumentos de gestión correspondientes, y deben ser efectivas inmediatamente.
Dado lo anteriormente expuesto, es del todo necesario iniciar con carácter de urgencia los trámites oportunos para ampliar el IES Marc Sineu, de forma que el centro disponga de los espacios requeridos por la normativa para cubrir el incremento del alumnado de los últimos años.
De acuerdo con lo que recoge artículo 8.6 del Decreto ley 1/2018, la Administración dispone de un plazo de dos años desde la declaración de interés autonómico para presentar el proyecto y otros dos, a continuación, para iniciar su ejecución, mientras que el incumplimiento de cualquiera de ellos determina la caducidad de la declaración.
De acuerdo con el artículo 7 del Decreto ley 1/2018, en relación con el artículo 5 de la Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión de las Illes Balears, corresponde al Consejo de Gobierno declarar como inversión de interés autonómico un equipamiento público de uso educativo.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno a propuesta del consejero de Educación y Formación Profesional, en la sesión del día 16 de enero de 2023 adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:
Primero. Declarar inversión de interés autonómico las obras de ampliación del IES Sineu en la parcela de referencia catastral 07060A002001230001GR, en suelo urbano y uso educativo, de propiedad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en el término municipal de Sineu, y adaptar las determinaciones urbanísticas del equipamiento a las requeridas por el proyecto necesario para llevar a cabo la actuación, de acuerdo con los artículos 7 y 8 del Decreto ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Segundo. Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Sineu.
Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 16 de enero de 2023
La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez