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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 38138
Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 12 de enero de 2023 por la que se autoriza la jornada continuada en el Colegio de Educación Infantil y Primaria Son Juny, de Sant Joan, a partir del curso 2023-2024

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Texto

Hechos

1. Mediante la Orden Ministerial de 19 de octubre de 1963 (BOE núm. 261, de 31 de octubre), en cumplimiento del Decreto 400/1962, de 22 de febrero sobre Agrupaciones escolares, se constituyó una Agrupación Escolar Mixta con 1 unidad de primaria y una unidad de párvulos en el municipio de Sant Joan.

2. Mediante la Orden Ministerial de 25 de septiembre de 1976 (BOE núm. 272, de 12 de noviembre), las unidades existentes, se transformaron en 5 unidades de EGB mixtas.

3. Mediante la Orden Ministerial de 29 de abril de 1985 (BOE núm. 145, de 18 de junio), el centro se trasladó a un nuevo edificio con 6 unidades  y cambió su denominación pasando a ser, Escuela Nueva.

4. Mediante la Orden Ministerial de 15 de julio de 1991 (BOE núm. 211, de 3 de septiembre) , por la que se modifican domicilios y denominaciones específicas en Centros públicos de Educación General Básica, Preescolar y Educación Especial en diversas provincias del territorio MEC, el centro público del municipio de Sant Joan, pasó a denominarse CP Son Juny.

5. En la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 11 de enero de 2022 por la que se publican las plantillas orgánicas y la relación de puestos de trabajo vacantes del cuerpo de maestros, aparece el CEIP Son Juny con 3 unidades de educación infantil y 9 unidades de educación primaria.

6. La jornada escolar del centro desde sus inicios era la ordinaria. En fecha 3 de octubre de 2022, el Consejo Escolar del centro aprobó, en sesión extraordinaria, el inicio del proceso de cambio de jornada. Durante los meses de octubre y noviembre de 2022, se llevó a cabo el procedimiento que marca la normativa vigente para la modificación de la jornada escolar: constitución de la Junta Electoral, aprobación de las listas del censo, constitución de la Mesa Electoral y por último, jornada electoral y elaboración del acta de las votaciones.

7. Según el apartado segundo del artículo cuarto de la Orden de 21 de mayo de 2002 de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula la jornada y el horario escolar en los centros públicos y en los centros privados sostenidos con fondos públicos de educación infantil, de educación primaria y de educación especial (BOIB núm. 76, de 25 de junio), para modificar la jornada escolar se requiere una participación igual o superior al 50 % del censo y que esta modificación reciba el voto afirmativo de un 65% o más de los votantes.

8. El 14 de febrero de 2022, después de haber finalizado las votaciones, la Mesa Electoral certificó el recuento de votos y determinó que la participación había sido del 67,46%  y que el porcentaje de votos a favor del cambio de la jornada había sido del 76,47%.

9. El 23 de noviembre de 2022, la directora del CEIP Son Juny remitió a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros el expediente completo del proceso de cambio de la jornada escolar y certificó que la participación superó el 50% del censo, en concreto fue de un 67,46% y los votos a favor de la jornada continuada fueron el 76,47%.

10. La jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió informe favorable en fecha 15 de diciembre de 2022, sobre la autorización del cambio de la jornada escolar de este centro, a fin de pasar de la actual jornada, a una jornada continuada definitiva a partir del curso 2023-2024, ya que la participación de los padres superó el 50% del censo, en concreto un 67,46% y los votos a favor fueron del 76,47%.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto 119/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de las escuelas públicas de educación infantil, de los colegios públicos de educación primaria y de los colegios públicos de educación infantil y primaria (BOIB nº 120, de 5 de octubre).

 2. La Orden de 21 de mayo de 2002 de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula la jornada y el horario escolar en los centros públicos y en los centros privados sostenidos con fondos públicos de educación infantil, de educación primaria y de educación especial (BOIB núm. 76, de 25 de junio).

3. La Ley 1/2022, de 8 de marzo de educación de las Islas Baleares, que establece en el art. 102, de creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros públicos corresponde al Gobierno de las Illes Balears, que debe establecer los tipos de enseñanzas que se desarrollarán (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

4. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

5. El Decreto 1/2022, de 27 de julio de la presidenta de las Islas Baleares (BOIB 104, de 9 de agosto de 2022) por el que se modifica el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 21, de 15 de febrero).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar de forma definitiva la jornada continuada en el CEIP Son Juny, de Sant Joan, con código de centro 07004862, a partir del curso 2023-2024.

2. Inscribir esta modificación en el Registro autonómico de centros docentes de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con efectos de día 1 de septiembre de 2023.

3. Comunicar esta Resolución a la dirección del CEIP Son Juny y a la Dirección General de Personal Docente para su conocimiento a los efectos correspondientes.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares .

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con lo que se establece en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Palma, 12 de enero de 2022

El director general de Planificación, Ordenación y Centros

Antonio Morante Milla