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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 35657
Resolución de otorgamientos y denegaciones de la convocatoria pública de ayudas económicas del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales a entidades del tercer sector de Mallorca para contribuir a minimizar el impacto económico del Covid 19 en relación a la adquisición de equipos de proteccion individual (epi)

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Texto

Antecedentes

1. Esta convocatoria se publicó en el BOIB núm 158 de 12 de septiembre de 2020. En la resolución de aprobación de la convocatoria mencionada, se autorizó un gasto dimanante de este expediente por el importe total de quinientos mil euros (500.000,00 €) del presupuesto de gastos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) de la anualidad 2020, con cargo a la partida presupuestaria 00.23100.48000 (Referencia contable RC22020015066).

2. Una vez revisadas las solicitudes admitidas y subsanadas, si era posible, las deficiencias que presentaban, la Comisión Evaluadora se reunió el 14 de noviembre de 2022. Los miembros de la comisión evaluadora dan su conformidad a las propuestas del informe técnico correspondiente a la convocatoria ( y que se adjunta al expediente) y se acuerda otorgar la ayuda económica a 40 de las 43 solicitudes presentadas según los importes que se detallan en el informe técnico.

3. El Informe propuesta de la dirección insular de Personas con Discapacidad e Innovación Social, de resolución de otorgamiento de las ayudas relativas a la convocatoria pública a la convocatoria pública de ayudas económicas del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales a entidades del tercer sector de Mallorca para contribuir a minimizar el impacto económico del cóvido-19 en relación a la adquisición de equipos de protección individual (EPI) de 16 de noviembre de 2022, fue acompañado del nuevo documento contable AD Número relación: Q/2022/1380, para hacer frente a los gastos que genera el otorgamiento de las ayudas de esta convocatoria. En este informe se propuso la adjudicación de las ayudas económicas a las siguientes entidades y por los importes que se reseñan, así como disponer a su favor un gasto por un importe total de cuatrocientos treinta y cinco mil seiscientos treinta. seis y ochenta y cinco euros (435.636,85 €), según la siguiente tabla:

 

ENTIDAD

CIF

IMPORTE CONCEDIDO

E1/20

AMADIP ESMENT FUNDACIÓN

G07065709

66.518,43

E2/20

REHACER

G07675051

203,55

E3/20

DACESMA

G57312324

1.115,41

E4/20

AMARANTA

G84913946

410,24

E5/20

AMITICIA

G07482029

377,00

E6/20

COORDINADORA

G07084445

2.515,80

E7/20

PADRE MONTALVO

G07138027

1.016,03

E8/20

UNAC

G07100647

10.595,65

E10/20

ESPIRAL

G57238065

532,92

E11/20

ES GARROVER

G57356057

1.561,16

E12/20

ASANIDESO

G07098957

410,19

E13/20

ASPROM

G07068596

1.347,81

E14/20

ASNIMO

G07063217

4.296,08

E16/20

COOPERATIVA SI

F57027732

283,58

E17/20

FUNDACIÓN LA SAPIÈNCIA

G57050874

8.860,12

E18/20

PRODIS

G07596281

194,45

E20/20

ASPACE

G07053226

18552,41

E21/20

FEIAB

G57259871

629,20

E22/20

SILOE

G07682446

529,76

E23/20

PASTORAL PENINTENCIÀRIA

G57272619

411,03

E24/20

ASPAS

G07071921

2.455,25

E25/20

FUNDACIÓNN EDUC. FRANC. DE LA INMACULADA

R2802525B

1.763,13

E26/20

FUNDACIÓN NATZARET

G07038714

2.824,06

E27/20

FUNDACIÓN DEIXALLES

G07255953

10.192,02

E28/20

PATRONAT D'INCA

G07064199

9.249,72

E29/20

FUNDACIÓN d'Atenció i Suport a la Dependència

G57421687

73.672,99

E30/20

FOQUA

G57043887

57.713,42

E31/20

ESTEL DE LLEVANT

G07815905

5.302,77

E32/20

FIBROSIS QUÍSTICA

G07563075

1.038,20

E33/20

FUNDACIÓNN NEMO

G57989519

1.149,61

E34/20

GIRA-SOL

G07729908

4.957,53

E35/20

MATER MISERICORDIAE

R0700137C

20.880,84

E36/20

APROSCOM

G07065386

4.148,22

E37/20

FUNDACIÓNN ALDABA

G82453606

3.878,37

E38/20

ASPAYM BALEARES

G07566151

2.768,18

E39/20

AMADIBA

G07758667

23.397,20

E40/20

IRES

G64147184

2.947,75

E41/20

CREU ROJA

Q2866001G

78.365,23

E42/20

INTRESS

G08973224

8.526,54

E43/20

FUNDACIÓN DIAGRAMA

G73038457

45,00

4. Igualmente en este informe se propuso la denegación de la ayuda por no aportar documentación probatoria de los gastos, tal y como se especifica en la convocatoria a la entidad:

E9/20

Asso. COREA DE HUNTINGTON

G07921091

Así como el archivo de las actuaciones por caducidad como consecuencia de la paralización del procedimiento durante un mes sin atender a los requerimientos y no responder a las solicitudes de subsanación de las siguientes entidades:

E15/20

LLARS EL TEMPLE

R0700111H

E19/20

FUNDACIÓN MINYONES

G07042013

5. Constan emitidos informes favorables del Servicio Jurídico-Administrativo y de la Intervención delegada del IMAS.

Fundamentos de derecho

1. De acuerdo con el artículo 70.4 del Estatuto de Autonomía, son competencias propias de los consejos los servicios sociales y la asistencia social y la política de protección y atención a personas dependientes.

2. Vista la Ley 12/1993, de 20 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de servicios sociales y asistencia social, las atribuidas por la Ley 14/2001, de 23 de octubre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de servicios sociales.

3. Dada la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares, que establece como principios rectores del sistema de servicios sociales balear la descentralización y la desconcentración.

4. De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deben aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión en los términos previstos en la ley.

5. Vista la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca, aprobada por el Pleno en sesión de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB núm. 21 de 18 de febrero de 2017), así como sus modificaciones aprobadas por el acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 14 de junio de 2018 (BOIB núm 96 de 4 de agosto de 2018), en especial referencia a lo establecido en su artículo 1 que determina que tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por el Consejo Insular de Mallorca, los organismos autónomos dependientes y las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes que otorguen subvenciones dentro del ejercicio de potestades administrativas. Así como, visto que esta Ordenanza da cumplimiento a lo previsto en el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, adecuando, de acuerdo con la Disposición adicional segunda del mismo Decreto legislativo, la actividad de concesión de subvenciones del Consejo a lo establecido en la misma ley.

6. De acuerdo con los puntos 8 y 9 de las bases de esta convocatoria que regulan la instrucción del procedimiento y la resolución y notificación de esta convocatoria.

7. Tal y como se dispone en el artículo 7.2 apartado 7) de los Estatutos del IMAS, corresponde a la Presidencia aprobar las bases específicas y resolver los procedimientos de ayudas, prestaciones y/o subvenciones relativas a las competencias atribuidas al IMAS.

8. La Resolución de la presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) que aprobó la convocatoria pública de las ayudas económicas para entidades del tercer sector de Mallorca para contribuir a minimizar impacto económico del Covid-19 en relación con la adquisición de equipos de protección individual BDNS (BOIB núm. 158 de 12 de septiembre de 2020).

Constatado que se ha cumplido con lo establecido en la Ordenanza general de subvenciones y en la convocatoria, que existe crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de 2022 para la concesión de estas ayudas, y asimismo, que consta en el expediente la documentación contable, y que no existen deudas pendientes.

Existiendo informe del órgano instructor en el que consta que de la información que obra en su poder se desprende que los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las mismas, y la documentación como mientras no tiene deudas y por tanto, cumplen con los requisitos para ser beneficiarios.

Por todo ello,

RESUELVO

Primero. OTORGAR las ayudas económicas de la convocatoria pública del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales a entidades del tercer sector de Mallorca para contribuir a minimizar el impacto económico del cóvid-19 en relación a la adquisición de equipos de protección individual ( EPI), a las siguientes entidades y por los importes que se reseñan, así como DISPONER en su favor un gasto por un importe total de cuatrocientos treinta y cinco mil seiscientos treinta y seis y ochenta y cinco euros (435.636,85) €), con cargo al vigente presupuesto de gastos del IMAS documento contable AD Número relación: Q/2022/1380) según la tabla siguiente:

 

ENTIDAD

CIF

IMPORTE CONCEDIDO

E1/20

AMADIP ESMENT FUNDACIÓN

G07065709

66.518,43

E2/20

REHACER

G07675051

203,55

E3/20

DACESMA

G57312324

1.115,41

E4/20

AMARANTA

G84913946

410,24

E5/20

AMITICIA

G07482029

377,00

E6/20

COORDINADORA

G07084445

2.515,80

E7/20

PADRE MONTALVO

G07138027

1.016,03

E8/20

UNAC

G07100647

10.595,65

E10/20

ESPIRAL

G57238065

532,92

E11/20

ES GARROVER

G57356057

1.561,16

E12/20

ASANIDESO

G07098957

410,19

E13/20

ASPROM

G07068596

1.347,81

E14/20

ASNIMO

G07063217

4.296,08

E16/20

COOPERATIVA SI

F57027732

283,58

E17/20

FUNDACIÓN LA SAPIÈNCIA

G57050874

8.860,12

E18/20

PRODIS

G07596281

194,45

E20/20

ASPACE

G07053226

18552,41

E21/20

FEIAB

G57259871

629,20

E22/20

SILOE

G07682446

529,76

E23/20

PASTORAL PENINTENCIÀRIA

G57272619

411,03

E24/20

ASPAS

G07071921

2.455,25

E25/20

FUNDACIÓNN EDUC. FRANC. DE LA INMACULADA

R2802525B

1.763,13

E26/20

FUNDACIÓN NATZARET

G07038714

2.824,06

E27/20

FUNDACIÓN DEIXALLES

G07255953

10.192,02

E28/20

PATRONAT D'INCA

G07064199

9.249,72

E29/20

FUNDACIÓN d'Atenció i Suport a la Dependència

G57421687

73.672,99

E30/20

FOQUA

G57043887

57.713,42

E31/20

ESTEL DE LLEVANT

G07815905

5.302,77

E32/20

FIBROSIS QUÍSTICA

G07563075

1.038,20

E33/20

FUNDACIÓNN NEMO

G57989519

1.149,61

E34/20

GIRA-SOL

G07729908

4.957,53

E35/20

MATER MISERICORDIAE

R0700137C

20.880,84

E36/20

APROSCOM

G07065386

4.148,22

E37/20

FUNDACIÓNN ALDABA

G82453606

3.878,37

E38/20

ASPAYM BALEARES

G07566151

2.768,18

E39/20

AMADIBA

G07758667

23.397,20

E40/20

IRES

G64147184

2.947,75

E41/20

CREU ROJA

Q2866001G

78.365,23

E42/20

INTRESS

G08973224

8.526,54

E43/20

FUNDACIÓN DIAGRAMA

G73038457

45,00

Segundo.- DENEGAR la ayuda por no aportar documentación probatoria de los gastos, tal y como se especifica en la convocatoria, a la entidad:

E9/20

Asso. COREA DE HUNTINGTON

G07921091

Tercero.- ARCHIVAR los expedientes por caducidad, como consecuencia de la paralización del procedimiento durante un mes sin atender los requerimientos y no responder a las solicitudes de enmienda, abiertos a las siguientes entidades:

E15/20

LLARS EL TEMPLE

R0700111H

E19/20

FUNDACIÓN MINYONES

G07042013

Cuarto.- ORDENAR LA PUBLICACIÓN de esta resolución de otorgamientos y denegaciones en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Quinto.- NOTIFICAR esta resolución a las entidades relacionadas, a la Jefa de Servicio de la Dirección Insular de Personas con Discapacidades, al Servicio de Gestión Económica ya la Intervención Delegada del IMAS.

 

Palma, 28 de diciembre de 2022

La presidenta del IMAS

Sofía Alonso Bigler