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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Núm. 15231
Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se deniegan las subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (programas 4 y 5)

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Texto

Hechos

1.El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB nº.125, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable , con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).

2.Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta resolución presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria.

3.Los técnicos de la Dirección General de Energía y Cambio Climático han informado desfavorablemente sobre las solicitudes de subvención descritas en el anexo, con la motivación que también figura en él.

4.El 1 de diciembre de 2022, se emitió una Propuesta de resolución denegatoria del director general de Energía y Cambio Climático (BOIB núm. 158, de 6 de diciembre  de 2022) y se ha agotado el plazo de diez días hábiles que se concedía para hacer alegaciones.

Fundamentos de derecho

1.La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2.El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3.El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).

4.El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).

5.El Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo.

6.La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB n.º 128, de 11 de septiembre de 2021).

7.La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo NextGenerationEU.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1.Denegar la concesión de una subvención a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con el motivo que figura en el anexo.

2.Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Palma, 4 de enero de 2023

El director general de Energía y Cambio Climático José Guillermo Malagrava Rigo Por delegación del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática (BOIB n.º 31, de 4/3/2021

 

 

ANEXO Lista de beneficiarios a los que se les deniega la subvención

Expediente

Fecha registro de entrada

Solicitante

NIF

Tipo de inversión

Motivo de la denegación

NEXTG45-158/2021

20/09/2021

MONSERRAT JAUME, MARIA DEL MAR

***3563**

Instalación FV 4,16 kWp conectada a red

La persona o entidad solicitante ya tiene concedida una subvención, FOTOPAR22-581/2022, por importe de 3.000,00 euros que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB n.º 112 de 25/08/2022.

NEXTG45-174/2021

20/09/2021

ABRAHAM PALMER, ARNALDO

***9581**

Instalación FV 6,00 kWp conectada a red

La persona o entidad solicitante ya tiene pagada una subvención, FOTEMPAR21-1889/2021, por importe de 1.925,00 euros que es incompatible con esta.

NEXTG45-186/2021

20/09/2021

PETER HASS, STEFFEN

****7879*

Instalación FV 5,25 kWp conectada a red

La persona o entidad solicitante ya tiene concedida una subvención, FOTOPAR22-580/2022, por importe de 3.000,00 euros que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB n.º 112 de 25/08/2022.

NEXTG45-365/2021

22/09/2021

JANER OLIVER, JUAN

***6340**

Instalación FV 4,00 kWp aislada

La persona o entidad solicitante ya tiene concedida una subvención, FOTOPAR22-580/2022, por importe de 12.462,00 euros que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB n.º 112 de 25/08/2022.

NEXTG45-412/2021

23/09/2021

GUALTIERI, GIANFRANCO

****1121*

Instalación FV 2,60 kWp conectada a red

La persona o entidad solicitante ya tiene concedida una subvención, FOTOPAR22-738/2022, por importe de 1.560,00 euros que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB n.º 112 de 25/08/2022.

NEXTG45-734/2021

01/10/2021

ZIEGLER, MICHAEL MANFRED

****8790*

Instalación FV 12,48 kWp conectada a red y baterías de Litio con capacidad de almacenamiento de 13,8 kWh

La persona o entidad solicitante ya tiene concedida una subvención, FOTOPAR22-196/2022, por importe de 3.000,00 euros que es incompatible con esta. Publicada la Resolución de concesión en el BOIB n.º 69 de 28/05/2022.

NEXTG45-1377/2021

28/10/2021

NADAL SUREDA, RAFAEL

***0024**

Incorporación de baterías de Litio en instalación Fv existente con capacidad de almacenamiento de 9,6 kWh

Según las bases de la convocatoria solo son considerables elegibles las instalaciones de almacenamiento que no superen una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente la potencia de generación de 2 kWh/kWp.

NEXTG45-1378/2021

28/10/2021

NADAL MOLL, RAFEL

***2319**

Incorporación de baterías de Litio en instalación Fv existente con capacidad de almacenamiento de 9,6 kWh

Según las bases de la convocatoria solo son considerables elegibles las instalaciones de almacenamiento que no superen una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente la potencia de generación de 2 kWh/kWp.

NEXTG45-1572/2021

10/11/2021

DANUS NEGRE, JAIME

***9473**

Incorporación de baterías en instalación existente con capacidad de almacenamiento de 7.2 kWh

Según las bases de la convocatoria solo son considerables elegibles las instalaciones de almacenamiento que no superen una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente la potencia de generación de 2 kWh/kWp.

NEXTG45-1833/2021

27/11/2021

LLADOSA VALLS, JOSE PEDRO

***3621**

Incorporación de baterías en instalación existente con capacidad de almacenamiento de 7.2 kWh

El programa de incentivos 5 es para incorporar baterías a instalaciones existentes. Se ha comprobado que la fecha del registro de la solicitud de la subvención para incorporar almacenamiento es anterior al registro de la instalación de autoconsumo y que por lo tanto, cuando se solicitó la subvención la instalación no era existente por lo que no se cumplen los requisitos.