Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 32862
Resolución del consejero ejecutivo del departamento de Economía y Territorio de día 29 de diciembre de 2022 y núm. 2022/EOT/0001999 relativa a la convocatoria de ayudas de minimis al sector equino para el año 2022 (concesión y pago) Exp. 3304-2022-000001
Antecedentes
1. El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en la sesión de carácter ordinario de 5 de septiembre de 2022, aprobó las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas al sector equino de Menorca correspondiendo al año 2022 (BOIB núm. 122 de 17 de septiembre de 2022).
2. El importe máximo de la ayuda y el crédito presupuestario son:
Partida 5.41900.4890002 Ayudas promoción sector equino de Menorca.
Cuantía máxima: 50.000 euros.
3. El plazo de presentación de solicitudes se extendió desde el día siguiente de haberse publicado en el BOIB (17 de septiembre de 2022) hasta el 18 de octubre de 2022. En este plazo se han presentado 11 solicitudes. Se ha presentado 1 solicitud fuera de plazo.
4. El objeto de estas ayudas de minimis es apoyar a las actuaciones, interiores o exteriores, de promoción, divulgación y formación o tecnificación llevadas a cabo por los agentes del sector equino de Menorca para impulsar y dinamizar el sector.
El Consejo Insular de Menorca, en el ejercicio de sus competencias y de acuerdo con los objetivos fijados en el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2022 quiere impulsar y dinamizar el sector equino de Menorca mediante una convocatoria de ayudas de minimis para incrementar la productividad y viabilidad económica de las empresas y entidades que conforman el sector equino.
5. Son objeto de subvención las actividades siguientes realizadas desde día 1 de noviembre de 2021 al 30 de octubre de 2022:
a) Bolsas de viaje
b) Promoción y divulgación
c) Jornadas formativas
Según la base 8, son gastos justificables en esta convocatoria:
- Gastos de alquiler del espacio y el montaje del stand
- Gastos de transporte y estancias de hotel
- Gastos de estabulación
- Gastos de inscripción
- Gastos de campañas publicitarias a mediados de comunicación (prensa, radio y TV), publicidad, información en revistas especializadas y presencia en folletos publicados
- Facturas de jornadas formativas impartidas por profesionales del sector equino de categoría nacional o internacional. (Excluidas las jornadas en carácter de promoción comercial)
- Kilometraje
6. La base 9 establece que siempre que se cumplan los requisitos de la convocatoria se otorgarán las ayudas solicitadas con los límites fijados en la convocatoria y en las bases dentro del crédito disponible.
Si el total de la ayuda solicitada es superior al crédito disponible, este se repartirá proporcionalmente a la ayuda que los correspondería de acuerdo con la solicitud presentada.
Se subvenciona:
Bolsa de viajes:
Hasta el 100% de los gastos que supone el desplazamiento fuera de Menorca para asistir a ferias, carreras y actos promocionales del sector.
Los límites son los siguientes:
a) Actos que tengan lugar en Mallorca e Ibiza: 550 €
b) Actos de ámbito estatal: 1.200 €
c) Actos que tengan lugar en el extranjero: 2.000 €
d) Actos de carácter colectivo (volteo o similares) de ámbito estatal o al extranjero: 2.500 €
e) El kilometraje se subvencionará a razón de 0,25 € por kilómetro
Por este concepto podrán recibir un importe máximo de 4.000 €.
Los límites especificados anteriormente se pueden incrementar con un 20% más en el supuesto de que el equino sea de raza menorquina, aumentando el importe máximo por bolsa de viaje en 4.800 €.
Promoción y divulgación:
El importe subvencionable es el 70% de los gastos de publicidad con un máximo de 8.000 € para las asociaciones y los hipódromos, y con un máximo de 3.000 € para el resto de solicitantes.
Se pueden presentar gastos de campañas publicitarias a mediados de comunicación (prensa, radio y TV), publicidad, información en revistas especializadas y presencia en folletos publicados.
En este caso, si esta está dirigida a promoción de la raza menorquina el importe subvencionable se incrementará con un 20% más, aumentando así los importes máximos a 9.600 € para las asociaciones y los hipódromos y con un máximo de 3.600 € para el resto de solicitantes.
Jornadas formativas:
La realización u organización por parte de asociaciones o hipódromos de jornadas formativas hasta un máximo total de 3.500 € (60% para media emprendida y 70% para pequeñas empresas).
En este caso, si las jornadas formativas están dirigidas a la raza menorquina el importe subvencionable se incrementará con un 20% más, aumentando así el importe máximo a 4.200 €.
El importe máximo total que pueden recibir las asociaciones y los hipódromos en el marco de esta convocatoria es de 14.400 € y el resto de solicitantes 7.600 €, sin perjuicio que por aplicación de los reglamentos de minimis resulte un importe ayuda inferior. En caso de que una asociación o un hipódromo y uno de sus socios soliciten una ayuda para la misma actividad, la ayuda se concederá únicamente a la asociación o al hipódromo.
7. Día 20 de diciembre de 2022 el instructor emitió el informe de concesión y justificación de las ayudas.
8. Día 20 de diciembre de 2022 se reunió la Comisión Evaluadora de las ayudas y emitió su propuesta.
9. Día 22 de diciembre de 2022 el interventor emitió el informe de fiscalización favorable a la concesión de las ayudas.
Fundamentos de derecho
1. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones
2. Reglamento de la Ley general de subvenciones (Real Decreto 887/2006 de 21 de julio)
3. Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones de la comunidad autónoma de las Islas Baleares
4. Reglamento (CE) núm. 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola, modificado por el Reglamento (UE) 2019/316.
5. Bases que regulan las ayudas de minimis del CIM para el sector equino de Menorca correspondientes en 2022 (BOIB núm. 122 de 17 de septiembre de 2022)
6. Artículo 33.2 k de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares de las Islas Baleares
Por todo esto, como titular del Departamento de Economía y Territorio, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares; por el Decreto de Presidencia núm. 275/2022, de 6 de septiembre de 2022, relativo a la delegación de competencias de la Presidencia en los consejeros ejecutivos (BOIB núm. 118 de 8 de septiembre de 2022), y por el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 5 de septiembre de 2022, relativo a la delegación de competencias del Consejo Ejecutivo en la presidenta y en los consejeros y consejeras ejecutivos (BOIB núm. 118 de 8 de septiembre de 2022), todo el anterior en relación con el Decreto de Presidencia núm. 421/2019, de 9 de julio, de creación de los departamentos (BOIB núm. 93 ext. de 10 de julio de 2019);
En uso de las atribuciones que me han sido conferidas;
Resuelvo
Primero. Conceder y tramitar el pago, por un importe total de 14.891,05 €, de las ayudas siguientes de la convocatoria del CIM al sector equino de Menorca para el año 2022, para apoyar a las actuaciones, interiores o exteriores, de promoción, divulgación y formación o tecnificación llevadas a cabo por los agentes del sector equino de Menorca para impulsar y dinamizar este sector, llevadas a cabo entre el 1 de noviembre de 2021 y el 30 de octubre de 2022, con cargo a la partida 5.41900.4890002 del presupuesto del Consejo Insular de Menorca para el año 2022:
Solicitante |
Solicitado |
Propuesta de concesión y pago |
Quevedo Coll, José Fermín |
3.183,76 € |
2.875,30 € |
Borràs Revett, Miguel Lloyd |
3.278,42 € |
2.718,60 € |
Assoc. de Criadors i Propietaris de Cavalls de Raça Menorquina |
6.860,47 € |
5.406,23 € |
Club Hípic Ciutadella |
6.749,64 € |
125,67 € |
Seguí Sintes, Antonio |
4.145,55 € |
2.519,25 € |
Martínez Eceolaza, Ibai |
660,00 € |
548,41 € |
Triay Caimaris, Jordi |
360,09 € |
360,09 € |
Picó Marquès, Núria |
2.443,93 € |
337,50 € |
Total |
27.681,86 € |
14.891,05 € |
Segundo. Denegar las solicitudes siguientes por los motivos que se indican:
Solicitante |
Motivo |
Roger Ontiveros, Álvaro |
No cumple la letra b de la base 6.3. |
Associació Menorquina de Cavalls de Pura Raça Espanyola |
Se ha presentado fuera de plazo. |
Tercero. Considerar que los solicitantes relacionados a continuación han cejado en su petición por no haber atendido los respectivos requerimientos:
Solicitante |
Martín Martínez, Alejandra |
Alcaraz Gornés, Gemma |
Estas ayudas, en virtud de su naturaleza específica como ayudas de minimis, están sometidos al Reglamento (UE) núm. 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea de las ayudas de minimis en el sector agrícola, modificado por el Reglamento (UE) núm. 2019/316 de 21 de febrero.
Cuarto. Remitir a la BDNS estos acuerdos en cumplimiento del art. 20.8 de la LGS y publicarlos en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a los efectos de notificación (art. 1 b de la LPACAP)
Quinto. Comunicar estos acuerdos a la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno de las Islas Baleares para que tengan los efectos que correspondan.
Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo en el plazo de un mes contador desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podréis interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma.
Maó, (Firmado electrónicamente: 9 de enero de 2023)
El consejere ejecutivo José Pastrana Huguet (DP 69, de 26.2.2021) (BOIB núm 28 de 27.2.2021)