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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 32857
Resolución del consejero ejecutivo del departamento de Economía y Territorio de día 29 de diciembre de 2022 y núm. 2022/EOT/0002001 relativa a la convocatoria de ayudas a las cofradías de pescadores de la isla y de minimis al sector pesquero menorquín para el año 2022 (concesión y pago) Exp. 3012-2022-000001

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Texto

Resolución del consejero ejecutivo del departamento de Economía y Territorio de día 29 de diciembre de 2022 y núm. 2022/EOT/0002001 relativa a la convocatoria de ayudas a las cofradías de pescadores de la isla y de minimis al sector pesquero menorquín para el año 2022 (concesión y pago) Exp. 3012-2022-000001

El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en la sesión de carácter ordinario del día 19 de septiembre de 2022, aprobó las bases y la convocatoria de ayudas a las cofradías de pescadores de la isla y de minimis al sector pesquero menorquín 2022.El objeto de esta convocatoria es apoyar a las actividades generales y promocionales llevadas a cabo por las cofradías de pescadores de Menorca, a la actividad extractiva de recursos pesqueros llevada a cabo por las empresas armadoras menorquinas y a la formación del gremio.

Publicada en el BOIB núm. 131, de 8 de octubre de 2022, la convocatoria prevé tres líneas: la dedicada a las cofradías de pescadores (A); la dirigida al resto del sector pesquero (B); y la que subvenciona acciones formativas para el gremio en su totalidad (C).

Su importe global máximo es de 192.000 € que son atendidos con los recursos siguientes: 182.000 € de la partida 5.41500.4890000 (Medio marino, Litoral y Pesca) para las líneas A y B; y 10.000 € de la partida 6.17200.4890000 (Agencia Menorca Reserva de la Biosfera) para la línea C (compatible con las anteriores).

El plazo de presentación de solicitudes (un mes contador a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria) finaliza el día 9 de octubre de 2022.

Son objeto de subvención las actividades relacionadas a continuación realizadas durante el periodo comprendido entre los días 1 de enero y 30 de septiembre de 2022: A) Apoyo a las cofradías en la promoción, primera venta y otras actuaciones de interés general para la sostenibilidad del sector pesquero (60.000 €). B) Apoyo al sector pesquero para mejorar la rentabilidad de las empresas armadoras de embarcaciones profesionales de pesca, de arrastre o de artes menores (122.000 €). C) Formación profesional para la mejora de las competencias profesionales de los diferentes perfiles del sector o que permita la cobertura de lugares de trabajo (10.000 €).

En la octava de las bases se establecen los criterios de concesión de las ayudas y los respectivos importes; más concretamente:

A) Apoyo a la gestión de las cofradías: si el importe global pedido entre todos los solicitantes no supera el crédito de la convocatoria, las solicitudes se resolverán individualmente y se podrá conceder el total solicitado. En caso de que el importe global solicitado supere el crédito presupuestario, se tendrán en cuenta: número de barcas (hasta 10 barcas, 2 puntos; de 11 a 19 barcas, 4 puntos; 20 barcas o más, 5 puntos); volumen de ventas (0'01 puntos/tonelada hasta un máximo de 2 puntos); cantidad de socios (hasta 19 socios, 3 puntos; 20 socios o más, 5 puntos). Entonces, será de aplicación la tabla siguiente: a partir de 5 puntos y hasta 6, el 60% del presupuesto será subvencionable; de 6 y hasta 7, el 70%; de 7 y hasta 8, el 80%; de 8 y hasta 9, el 90%; y a partir de 9 puntos, el 100% del presupuesto será subvencionable. Si aun así, el importe global a subvencionar sobrepasa el crédito disponible, este se repartirá proporcionalmente. La convocatoria establece una cuantía máxima de 20.000 € para cada beneficiario.

B) Apoyo al sector pesquero: para el reparto de las ayudas entre los beneficiarios que cumplan los requises, se tendrá en cuenta la tripulación: barcas de arrastre con 4 o más tripulantes a bordo, 6.000 €; barcas de artes menores con 3 o más tripulantes a bordo, 4.000 €; barcas de artes menores con 2 o menos tripulantes a bordo, 2.000 €. Una misma empresa puede solicitar tantas ayudas como embarcaciones tenga armadas y operativas, siempre que la suma total no supere los 12.000 €. Si el total de las ayudas solicitadas sobrepasa el crédito disponible, este se repartirá proporcionalmente.

C) Formación profesional: si el importe global pedido entre todos los solicitantes que cumplan los requisitos no supera el crédito de la convocatoria, las solicitudes se resolverán individualmente y se podrá conceder el total de la ayuda solicitada. Si el importe global a subvencionar sobrepasa el crédito disponible, este se repartirá proporcionalmente. La convocatoria establece una cuantía máxima de 3.500 € para cada beneficiario.

 

El apartado b del primer punto de la base cuarta, delimita cuáles son las actividades subvencionables (gastos elegibles) para la línea dedicada a las cofradías de pescadores (A); esto es: estudios, propuestas o informes (elaborados por técnicos externos cualificados o personal propio); calidad y trazabilidad (gastos de gestión de la calidad y la trazabilidad, etiquetado, apoyo informático, mejoras tecnológicas y similares); promoción y campañas publicitarias (diseño, anuncios, inserciones y similares); personal directamente implicado con las actividades mencionadas y hasta un máximo de 10.000 €.

En fecha 20 de diciembre de 2022, la Comisión Evaluadora, basándose en el informe del instructor sobre 3 solicitudes correspondientes a la línea A, 42 a la B y jefe de la C, emitió su propuesta de concesión y pago para las líneas A y B.

El día 23 de diciembre de 2022, la mencionada propuesta de la Comisión Evaluadora fue fiscalizada por el interventor en sentido favorable.

Los fundamentos de derecho son los siguientes:

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

- Reglamento de la Ley general de subvenciones (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio).

- Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

- Reglamento (UE) núm. 717/2014 de la Comisión de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis al sector pesquero y de la acuicultura.

- Decreto Ley 4/2022 de 30 de marzo, por el cual se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica y social producida por los efectos de la guerra en Ucrania.

Como titular del Departamento de Economía y Territorio, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares; por el Decreto de Presidencia núm. 275/2022, de 6 de septiembre de 2022, relativo a la delegación de competencias de la Presidencia en los consejeros ejecutivos (BOIB núm. 118 de 8 de septiembre de 2022), y el Acuerdo del Consejo ejecutivo de 5 de septiembre de 2022, relativo a la delegación de competencias del Consejo Ejecutivo en la presidenta y en los consejeros y consejeras ejecutivos (BOIB núm. 118 de 8 de septiembre de 2022), todo el anterior en relación con el Decreto de Presidencia núm. 421/2019, de 9 de julio, de creación de los departamentos (BOIB núm. 93 ext. de 10 de julio de 2019);

RESUELVO

Primero. Conceder y tramitar el pago, por un importe total de 38.744,14 €, de tres ayudas correspondientes a la línea A de la convocatoria de ayudas del CIM al las cofradías de pescadores de la isla y de minimis al sector pesquero menorquín para el año 2022 con cargo a la partida 5.41500.4890000 del presupuesto del Consejo Insular de Menorca para el ejercicio 2022:

Solicitante

NIF

Ayuda solicitada

Gastos elegibles

% subv.

Concesión y pago

Confraria de pescadors de Maó

G07069347

20.000,00 €

13.075,14 € (*)

100%

13.075,14 €

Confraria de pescadors de Fornells

G07069354

20.000,00 €

12.635,00 € (*)

100%

12.635,00 €

Confraria de pescadors de Ciutadella

G07068935

22.000,00 €

13.052,00 € (*)

100%

13.052,00 €

Total

 

 

 

 

38.744,14 €

(*) Motivo de la minoración: no todos los gastos declarados corresponden a actividades subvencionables o gastos elegibles (Base 4.1b).

Segundo. Conceder y tramitar el pago, por un importe total de 118.000,00 €, de 42 ayudas correspondientes a la línea B de la convocatoria de ayudas del CIM a las cofradías de pescadores de la isla y de minimis al sector pesquero menorquín para el año 2022 con cargo a la partida 5.41500.4890000 del presupuesto del Consejo Insular de Menorca para el ejercicio 2022:

Solicitante

Ayuda solcitada

Concesión y pago

Miguel Salas Pons

2.000,00 €

2.000,00 €

Francisco Roselló Sans

2.000,00 €

2.000,00 €

Fernando Villalonga Bordés

2.000,00 €

2.000,00 €

José Miguel Ripoll Pons

2.000,00 €

2.000,00 €

Antonio Goñalons Febrer

2.000,00 €

2.000,00 €

Pescapons, SL

6.000,00 €

6.000,00 €

Martín Mata Goñalons

2.000,00 €

2.000,00 €

Jeremie Martos Humblot

2.000,00 €

2.000,00 €

Javier Llopis Riudavets

2.000,00 €

2.000,00 €

Jaime Pedro Quevedo Coll

2.000,00 €

2.000,00 €

Luis Enseñat Pons

2.000,00 €

2.000,00 €

Lluís Pons Olives

2.000,00 €

2.000,00 €

Miguel Ángel Martí Pons

2.000,00 €

2.000,00 €

Oriol Riera Palas

2.000,00 €

2.000,00 €

Juan Pons Misut

2.000,00 €

2.000,00 €

Sebastián Garriga Roselló

2.000,00 €

2.000,00 €

Pablo Faner Marqués

2.000,00 €

2.000,00 €

Santa Esperança, SLU

2.000,00 €

2.000,00 €

Quintana Pesca, SL

6.000,00 €

6.000,00 €

Damián Portella Coll

4.000,00 €

4.000,00 €

Miguel José Tudurí Pons

2.000,00 €

2.000,00 €

Falah Yahia

4.000,00 €

2.000,00 € (*)

Alfonso Eduardo Moreno Gomila

2.000,00 €

2.000,00 €

David Taberner Massanet

2.000,00 €

2.000,00 €

Andrés Bals Bosch

2.000,00 €

2.000,00 €

Antonia Pons Prats

2.000,00 €

2.000,00 €

Curniola Canals, SL

2.000,00 €

2.000,00 €

Jamma Peix, SL

8.000,00 €

8.000,00 €

Marenova del Sud, SL

6.000,00 €

6.000,00 €

Nueva Joven Josefina, SL

6.000,00 €

6.000,00 €

José Antonio Pons Florit

6.000,00 €

6.000,00 €

Port Llansà, CB

6.000,00 €

6.000,00 €

Compañía Pesquera Sa Bombarda, SL

2.000,00 €

2.000,00 €

Jaime Gomila Mateu

4.000,00 €

4.000,00 €

Juan Bosco Marqués Gomila

2.000,00 €

2.000,00 €

Miguel Ángel Gomila Bagur

2.000,00 €

2.000,00 €

Restaurant Es Port de Fornells, SL

2.000,00 €

2.000,00 €

José Anglada Piris

2.000,00 €

2.000,00 €

Miguel Anglada Salleras

2.000,00 €

2.000,00 €

Juan José Reines Padilla

2.000,00 €

2.000,00 €

Joan Mercadal Florit

2.000,00 €

2.000,00 €

Oscar Zamorano allés

2.000,00 €

2.000,00 €

TOTAL

120.000,00 €

118.000,00 €

(*) Motivo de la minoración: si bien solicita la ayuda de 4.000 € y declara 2,37 trabajadores, del certificado de Capitanía Marítima se desprende que coincidan, al mismo tiempo, 2 tripulantes a bordo (Base 8.2).

Tercero. Remitir a la Base de datos Nacional de Subvenciones estos acuerdos en cumplimiento del art. 20.8 de la LGS y publicarlos en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a los efectos de notificación (art. 1b de la LPACAP)

 

Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

​​​​​​​El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podréis interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma.

 

Maó, en la fecha de la firma electrónica: ( 9 de enero de 2023 )

El consejero ejecutivo

José Pastrana Huguet

(DP 69, de 26.2.2021)

(BOIB núm 28 de 27.2.2021)