Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Núm. 29518
Corrección de errores en la publicación de la Resolución del director general de Planificación, Ordenación i Centros de 30 de diciembre de 2022 por la cual se convoca el procedimiento para el establecimiento y renovación de los conciertos educativos para los cursos académicos 2023-2024 a 2029-2030
Antecedentes
1.Al BOIB núm.171, de 31 de diciembre de 2022, se publicó la Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 30 de diciembre de 2022 por el cual se convoca el procedimiento para el establecimiento y renovación de los conciertos educativos para los cursos académicos 2023-2024 a 2029-2030.
2.Se ha advertido un error en el punto 3 apartado c) de la Resolución y en el anexo 5, en el sentido que no ha de contener el 2n del Programa de Diversificación Curricular (PDC).
Fundamentos de derecho
1.El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas establece que las administraciones públicas pueden rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
2.El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears determina que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición; cómo también, que la rectificación de errores debe especificar, si es el caso, los efectos jurídicos que se derivan, y se tiene que notificar o publicar preceptivamente cuando haga referencia en actos que hayan sido notificados o publicados.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1.Corregir el error advertido en advertido en el punto tres apartado c) de la resolución de la Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 30 de diciembre de 2022 por el cual se convoca el procedimiento para el establecimiento y renovación de los conciertos educativos para los cursos académicos 2023-2024 a 2029-2030, en el sentido siguiente:
Donde dice:
c) Modificar el anexo 5 añadiendo a la solicitud del anexo los Programas de Diversificación Curricular (PDC) en el 2n, 3r i 4t curso de la Educación Secundaria Obligatoria
Tiene que decir:
c) Modificar el anexo 5 añadiendo a la solicitud del anexo los Programas de Diversificación Curricular (PDC) en el 3r i 4t curso de la Educación Secundaria Obligatoria
2.Corregir el error advertido en el anexo 5 de la Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 30 de diciembre de 2022 por el cual se convoca el procedimiento para el establecimiento y renovación de los conciertos educativos para los cursos académicos 2023-2024 a 2029-2030, eliminando de la casilla de solicito el 2n de PDC.
La corrección se hace volviendo a publicar el anexo 5 en el sentido siguiente:
Donde dice:
ANEXO 5 SOLICITUD DE CONCIERTO EDUCATIVO PARA EDUCACIÓN SECUNDÁRIA OBLIGATORIA (2023-2024)
SOLICITO: [Señalar las enseñanzas y las unidades para las cuales se solicita el concierto educativo.] |
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( ) La renovación/modificación del concierto educativo. ( ) La subscripción del concierto per primera vez.
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Tiene que decir:
ANEXO 5 SOLICITUD DE CONCIERTO EDUCATIVO PARA EDUCACIÓN SECUNDÁRIA OBLIGATORIA (2023-2024)
SOLICITO: [Señalar las enseñanzas y las unidades para las cuales se solicita el concierto educativo.] |
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( ) La renovación/modificación del concierto educativo. ( ) La subscripción del concierto per primera vez.
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3.Ordenar la publicación de esta corrección de errores en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la página web del departamento de Centros Concertados de la Consejería de Educación y Formación Profesional.
Palma, a la data de la signatura electrónica (11 de enero de 2023)
El director general de Planificación, Ordenación y Centres Antonio Morante Milla