Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 27465
Aprobación definitiva de la modificación de crédito 11/2022, en la modalidad de suplemento de crédito
De conformidad con la legislación vigente en materia de haciendas locales, el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 24 de noviembre de 2022, aprobó inicialmente la modificación de crédito por Pleno número 11 en el Presupuesto del Ayuntamiento para el año 2022 y se publicó en el BOIB núm. 156 del 1 de diciembre de 2022.
Habiendo transcurrido el plazo de exposición al público de acuerdo con lo establecido en el artículo 177.2 en concordancia con el artículo 169.1 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, no se ha presentado ninguna alegación ni reclamación a la modificación de crédito en la modalidad de suplemento de crédito número 11/2022, por lo que queda aprobada definitivamente, transcribiéndose el detalle de la modificación:
“PRIMERO. Aprobar el expediente de modificación de crédito núm. 11/2022, en la modalidad de suplemento de crédito con cargo al Remanente de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, como se detalla a continuación:
Presupuesto de gastos
ORG |
FUN |
EC |
DENOMINACIÓ |
CONSIGNACIÓ ACTUAL |
AUGMENT |
CONSIGNACIÓ DEFINITIVA |
107 |
13200 |
1200000 |
RETRIBUCIONS BÀSIQUES FUNCIONARIS GRUP A1 |
48.214,32 |
354.340,74 |
402.555,06 |
102 |
23100 |
1200000 |
RETRIBUCIONS BÀSIQUES FUNCIONARIS GRUP A1 |
64.285,76 |
118.080,94 |
182.366,70 |
401 |
34000 |
1200000 |
RETRIBUCIONS BÀSIQUES FUNCIONARIS GRUP A1 |
64.285,76 |
61.871,83 |
126.157,59 |
603 |
43100 |
1200000 |
RETRIBUCIONS BÀSIQUES FUNCIONARIS GRUP A1 |
115.592,98 |
99.726,05 |
215.319,03 |
204 |
93000 |
1200000 |
RETRIBUCIONS BÀSIQUES FUNCIONARIS GRUP A1 |
62.346,70 |
203.980,44 |
266.327,14 |
|
|
|
TOTAL |
|
838.000,00 |
|
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Presupuesto de ingresos
APLICACIÓN |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
87000 |
APLICACIÓ RLT PER DESPESES GENERALS |
838.000,00 |
|
TOTAL |
838.000,00 |
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2., apartados a) y b) del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia o inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esta finalidad específica, que deberá de verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.”
Calvia, 10 de enero de 2023
El teniente de alcalde de Transparencia, Innovación y Servicios Económicos Marcos Pecos Quintans