Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ILLES BALEARS
SALA CONTENCIOSA-ADMINISTRATIVA
Núm. 742903
Fallo de la sentencia nº 477/2022 de fecha 21/07/2022, contra la resolución de fecha 9/11/2022 de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares, Consell Insular de Formentera
T.S.J.ISLAS BALEARES SALA CON/AD
001 - PALMA DE MALLORCA
N.I.G: 07040 33 3 2019 0000309
Procedimiento: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000323 /2019 /
Sobre PROCESO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
De D/ña. UTE, GIREF
En este órgano judicial se tramita PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000323 /2019 seguido a instancias de UTE, GIREF contra COMISION MEDIO AMBIENTE DE LAS ISLAS BALEARES, CONSELL INSULAR DE FORMENTERA, por resolución de fecha 09/11/2022 y conforme al art. 107 de la LJCA se ha acordado remitir a Vd. el presente por el cual se interesa disponga lo necesario a fin de que se publique en ese EL FALLO DE LA SENTENCIA Nº477/2022 de fecha 21/07/2022, debiendo comunicar a este órgano judicial la fecha y número del ejemplar donde quede publicado. Todo ello de conformidad con el art. 107 LJCA.
Se adjunta fallo de la Sentencia y resolución que acuerda su publicación:
FALLAMOS
PRIMERO.- Estimamos parcialmente el recurso.
SEGUNDO.- Declaramos no ser conformes a derecho y nulos los acuerdos recurridos en los particulares que (i) su contenido es imposible por no incluir un régimen provisional o transitorio de admisión de residuos mientras se ejecuten las obras de las plantas de triaje y compostaje de la fracción orgánica de los residuos urbanos, y (ii) debe incorporarse el acuerdo de 07/07/2016, por el que la CMAIB aprobó una modificación no sustancial de la AAI de Ca Na Putxa, con el fin de establecer un régimen de admisión transitoria de residuos, hasta la construcción y entrada en funcionamiento de la planta de tratamiento previo, prevista para el 15 de setiembre de 2020.
TERECERO.- Desestimamos la tercera de las pretensiones de la demanda
CUARTO.- Sin costas.
Palma de Mallorca, 15 de noviembre de 2022
(La letrada de la Administración de Justicia María Lourdes Lorence Martínez)