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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

PATRONATO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y REHABILITACIÓN INTEGRAL DE BARRIO

Núm. 10376
Modificación del acuerdo aprobado por la Junta de Gobierno de fecha 21 de diciembre de 2022, relativo a la aprobación de la tasa de reposición de plazas de naturaleza estructural y la correspondiente oferta de ocupación pública del Patronato para el ejercicio 2022.

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Texto

La Junta de Gobierno del Ajuntament de Palma por decreto número JGL_20221228_01_U050 de fecha 28 de diciembre de 2022, ha acordado lo siguiente:

PRIMERO.- Modificar el acuerdo aprobado por la Junta de Gobierno de fecha 21 de diciembre de 2022 que se transcribe a continuación y donde dice:

Aprobar que la tasa de reposición para el año 2022, de plazas de naturaleza estructural dotada presupuestariamente.

PLAZAS PMHRIBA

CATEGORÍA

NÚMERO

Auxiliar administrativo

1

TOTAL

1

 

 

 

SEGUNDO .- Aprobar la oferta de empleo público (tasa de consolidación) de la siguiente plaza de personal laboral del Patronato Municipal de la Vivienda y de Rehabilitación Integral de Barrios, para el ejercicio 2022.

PLAZAS PERSONAL LABORAL PMHRIBA

CATEGORÍA

NÚMERO

Auxiliar administrativo

1

TOTAL

1

 

 

 

​​​​​​​ Ha de decir:

Primero.- Aprobar que la tasa de reposición de plazas de naturaleza estructural y la correspondiente oferta de empleo público del Patronato que deviene a cero.

Segundo.- Elevar a la Junta de Gobierno el presente acuerdo para su aprobación en cumplimiento de lo que determina la base 69 de ejecución de presupuestos del Ajuntament de Palma para el ejercicio 2022.

Tercero.- Publicar el correspondiente acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears, así como en la página web del Patronato.

Cuarto.- Dar cuenta de la presente resolución al próximo Consejo Rector que se lleve a cabo.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 123 de la Llei39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente al de recibir la presente notificación. En este caso no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el registro general de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Llei39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se considerará desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su interposición. En este caso queda expedita la vía contencioso-administrativa.

 

​​​​​​​Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, con arreglo a lo establecido en el artículo mencionado anteriormente, y los 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

 

Palma, (Firmado electrónicamente: 3 de enero de 2023)

La regidora del Área de Modelo de Ciudad, Vivienda Digna y Sostenibilidad ​​​​​​​Nieves Truyol Caimari