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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 9679
Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística. GCI 20/02. Aprobación definitiva Proyecto de reparcelación en suelo urbano, octubre 2022, C/ Caracas núm. 3 y C/ Ca na Tavernera, Polígon de Llevant, de la unidad de ejecución UE 73-05

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Texto

I20020322ANU-cast

AREA MODELO DE CIUDAD, VIVIENDA DIGNA Y SOSTENIBILIDAD

GERENCIA DE URBANISMO

DEPARTAMENTO DE PLANEAMIENTO  Y GESTIÓN URBANÍSTICA

SERVICIO JURÍDICOADMINISTRATIVO DE GESTIÓN URBANÍSTICA

La Junta de Gobierno de Palma, en sesión que tuvo lugar en fecha 14 de diciembre de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:

“El 22/06/2022 la Junta de Gobierno de Palma aprobó definitivamente el Proyecto de reparcelación texto refundido marzo 2022 de la unidad de ejecución UE 73-05, C/ Ca na Tavernera, C/ Rei Martí y C/Caracas, del Sector La Soledat y Polígon de Llevant, presentado por Jesús Torquemada Hernández, en representación de PROMOTORA REINA SL, según el informe favorable del Servicio de Valoraciones y Proyectos emitido el 17.06.2022.

El acuerdo fue notificado a los interesados y publicado en el BOIB el 28/06/2022 n.º 98, sin que conste presentado ningún recurso al respecto.

El 31.10.2022, el Sr. Torquemada presenta nueva documentación titulada Proyecto de Reparcelación en suelo urbano, octubre 2022, para subsanar la calificación enviada por el Registro de la Propiedad núm. 3, detectando que, para inscribir la reparcelación, se tendrán que recoger en el texto de la memoria determinados extremos en cuanto a las fincas afectadas. La documentación ha sido informada favorablemente por Servicio de Valoraciones y Proyectos el 23-11-2022.

Por eso, conforme con lo que dispone el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas de modernización del Gobierno Local, el art. 80.4 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, 213 del Reglamento general de la Ley 2/2014 (Acuerdo del Pleno del CIM de 16/04/2015), los artículos 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, el TAG que suscribe propone a la Junta de Gobierno de Palma que adopten el siguiente

ACUERDO

1.-Aprobar definitivamente el Proyecto de reparcelación en suelo urbano, octubre 2022, C/ Caracas núm. 3 y C/ Ca na Tavernera, Polígon de Llevant, de la unidad de ejecución UE 73-05, presentado por Jesús Torquemada Hernández, en representación de PROMOTORA REINA 1957 SA, para subsanar la calificación enviada por el Registro de la Propiedad núm. 3, según el informe favorable emitido el 23-11-2022 por el Servicio de Valoraciones y Proyectos.

2.- Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears, según el artículo 213.3 c) del Reglamento general de la Ley 2/2014. Así mismo se tendrá que publicar en la dirección o en el punto de acceso electrónico correspondiente, donde se insertará su contenido íntegro para facilitar su consulta.

3.- Notificar el presente acuerdo, a la propiedad para inscribir el proyecto de compensación en el registro de la propiedad y que lo acredite ante el Ayuntamiento.

4.- Dar traslado de este acuerdo a Patrimonio Municipal, a Información Urbanística, al IMI y a la Sección de tramitación de proyectos de urbanización para su conocimiento.”---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, pueden interponer, con carácter potestativo, RECURSO DE REPOSICION ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo que dispone el art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de UN MES a contar desde el día siguiente de esta publicación, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El RECURSO DE REPOSICION potestativo se tendrá que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a las cuales hace mención el art. 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de UN MES, a contar a partir del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía contenciosa administrativa.

De no utilizar el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, de conformidad con lo establecido en el artículo antes mencionado y en los arts. 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, de conformidad con el art. 8 de la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que reforma la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente de esta publicación. Todo esto, sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.

En cumplimiento del artículo 83 de la Ley 12/2017 de 29 de diciembre de Urbanismo de les Illes Balears; el 213.5 b) del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y uso del suelo para la Isla de Mallorca (BOIB 66 de 30-04-15); el 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril, se publica, junto con la documentación técnica aprobada que pueden consultar en la Sección de Información Urbanística del Área de Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda Digna (Avda. Gabriel Alomar, núm 18, bxos, Edificio Municipal de las Avenidas) y en la sede electrónica municipal en la dirección

https://urbanisme.palmademallorca.es/IMI/URBANISME/PRD/Planejament_urbanistic_pdf/Images%20Arxiu/GCI-Compensacions/GCI-202000020000/GCI-20200002_PORTADA.pdf

para que se tome general conocimiento y a los efectos pertinentes.

Pueden presentar sus escritos en el Ayuntamiento en los Registros Generales (OAC) siguientes:

  • OAC Cort: Plaza Santa Eulalia, 9, bxos
  • OAC Sant Ferran: Av. St Ferran
  • (Edif. Policia Local)
  • OAC l´Escorxador: C/ Emperadriu Eugènia, 6
  • OAC l'Arenal: Av. Amèrica, 11 (s'Arenal)
  • OAC Avingudes:Av. Gabriel Alomar, 18(Ed. Avingudes)
  • OAC Son Ferriol: Av. Cid, 8 (Son Ferriol)
  • OAC St. Agustí: C/ Margaluz, 30 (St. Agustí)
  • OAC Pere Garau: Pere Llobera, 9, baixos

 

(Firmado electrónicamente: 30 de diciembre de 2022)

El jefe del Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística P.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26 de febrero de 2014publicado en el BOIB 30 de 04/03/2014 Jaume Horrach Font