Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 9728
Bases específicas que regirán las pruebas selectivas para la selección y la provisión definitiva de una plaza de técnico/técnica medio/mediana de gestión, correspondiente a la oferta de empleo público del 2022, mediante el sistema de concurso oposición
En reunión ordinaria del Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa, de fecha 23 de diciembre de 2022, se acordó:
Primero. Aprobar las Bases específicas reguladoras de la convocatoria para la selección y la provisión definitiva de una plaza de técnico/técnica medio/media de gestión, correspondientes a la oferta de ocupación pública del año 2022, por turno de promoción interna, mediante el sistema de concurso oposición.
Segundo. Convocar las pruebas selectivas para la provisión de las plazas vacantes que se detallan en las bases anteriormente citadas.
Tercero. Publicar el texto íntegro de las bases específicas y la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y ambas en la Sede electrónica del Consell d'Eivissa (seu.conselldeivissa.es) en el catálogo de trámites Convocatorias y bolsa de ocupación. La fecha de publicación en el BOE servirá para el cómputo del plazo de presentación de solicitudes.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA SELECCIÓN Y LA PROVISIÓN DEFINITIVA DE UNA PLAZA DE TÉCNICO/TÉCNICA MEDIO/MEDIANA DE GESTIÓN, CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL 2022, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO OPOSICIÓN
1. Objeto y normas generales
1.1. El objeto de esta convocatoria se cubrirá, por el turno de promoción interna y mediante el sistema de concurso oposición, de una plaza de técnico/técnica medio/media de Gestión vacante a la plantilla de personal funcionario, perteneciente a la escala de Administración General, subescala técnica, grupo A, subgrupo A2, dotada presupuestariamente, correspondiente a la Oferta de empleo público del año 2022 (BOIB n úm. 155, de 29 noviembre de 2022).
1.2. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso-oposición, y constará de una fase de oposición y de una fase de concurso, con el temario y en la valoración de méritos que constan en el anexo I y II de estas bases específicas.
1.3. La fecha, el día, la hora de inicio y el lugar de celebración de la primera prueba se publicará en el BOIB y en la Sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa.
2. Normativa de aplicación
Esta convocatoria se rige por las bases generales que regulan los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario del Consell Insular d'Eivissa, publicadas en el BOIB núm. 173 de fecha 18 de diciembre de 2021.
3. Transparencia y protección de datos personales
3.1. A lo largo del proceso selectivo, se publicará en la Sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa (sede.conselldeivissa.es), toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo de este proceso.
3.2. Las personas que, por motivo de violencia de género, necesiten proteger su identidad pública, deben indicar en la solicitud que deseen anonimizar sus datos, para lo que deben presentar, en el momento de realizar la inscripción, la documentación que establece el artículo 23 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, modificada por el Real decreto ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el despliegue del Pacto de Estado contra la violencia de género.
3.3. La participación de las personas interesadas en los procesos selectivos implica la autorización a tratar los datos de carácter personal recogidos en la solicitud y en la tramitación del proceso selectivo, así como a publicar en los boletines oficiales, tablones de anuncios, Sede electrónica y, en general, en cualquier medio que se utilice para comunicar los resultados parciales o definitivos del proceso selectivo, con arreglo a las previsiones establecidas en el artículo 8 y la disposición adicional séptima de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, dado que los procedimientos selectivos están regidos por el principio de publicidad.
4. Requisitos de las personas aspirantes
Para ser admitidas a la realización de este proceso selectivo, las personas aspirantes deben cumplimentar, además de los que se prevén en las bases generales, los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes de título universitario de grado o diplomado/diplomada en ciencias empresariales, relaciones laborales, gestión y administración pública, o equivalente o haber superado tres cursos completos de una licenciatura de conformidad con la disposición transitoria 5.a de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas de reforma de la función pública.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse que se está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título.
b) Ser funcionario/funcionaria de carrera del Consell Insular d'Eivissa de la escala de administración general, grupo C, subgrupo C1.
c) Encontrarse, respecto del Consell Insular d'Eivissa, en el grupo mencionado en el punto anterior, en situación administrativa de servicio activo o en una situación administrativa que comporte reserva de plaza en el Consell Insular d'Eivissa.
d) Haber prestado servicios efectivos durante un período mínimo de dos años como funcionario/funcionaria de carrera del Consell Insular d'Eivissa, en el subgrupo C1 de la escala de administración general.
e) Acreditar el requisito de conocimientos de lengua catalana correspondiente al nivel C1 (nivel de dominio funcional efectivo) o superior, de conformidad con el Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de exigencia de los conocimientos de la lengua catalana en los procedimientos selectivos de acceso a la función pública para ocupar puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Los conocimientos de lengua catalana se han de acreditar mediante la aportación de uno certificado correspondiente a un nivel igual o superior al que exige el Decreto 11/2017, expedido o reconocido como equivalente o que esté homologado por la Dirección General de Política Lingüística, o bien expedido por la Escola Balear d'Administració Pública.
Los estudios de lengua catalana de la ESO y del bachillerato se pueden homologar con los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana A2, B1, B2 y C1 de la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Islas Baleares.
Se aceptará la homologación de los certificados de catalán siempre que se haya realizado antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
Los certificados obtenidos en Cataluña y en la Comunidad Valenciana y los estudios de ESO o bachillerato realizados en aquellas comunidades autónomas no son directamente válidos y debe solicitarse _ la homologación correspondiente a la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Islas Baleares.
f) Acompañar a la solicitud para tomar parte en el proceso selectivo el justificante original de haber satisfecho los derechos de examen de 24,04€ por participación en el procedimiento de selección.
De acuerdo con el artículo 8 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos del Consell Insular d'Eivissa, publicada en el BOIB núm. 106, de 11 de agosto de 2022, las bonificaciones aplicables a las tarifas por la participación en procedimientos de selección son las siguientes:
Deberá presentarse junto con la solicitud la documentación que lo acredite.
Los requisitos exigidos en las bases generales y en estas bases específicas deben tenerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y disfrutarlas durante todo el proceso selectivo.
En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a participar en el proceso selectivo.
5. Solicitudes
Las personas aspirantes que quieran tomar parte en el proceso selectivo tendrán que inscribirse telemáticamente en la Sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa (sede.conselldeivissa.es/Convocatoriasybolsasdeempleo) dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y deben dirigirse a la Presidencia del Consell Insular d'Eivissa. Si el último día de presentación recayera en sábado o festivo, el plazo se entenderá ampliado hasta el primer día hábil siguiente.
También pueden presentarse por las demás formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Las personas interesadas tendrán que adjuntar a la inscripción telemática o a la solicitud (anexo IV) los méritos a valorar en la fase de concurso clasificados por el orden establecido en el anexo III de estas bases específicas. Los méritos se valorarán en referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
Sólo las personas aspirantes que se presenten por la forma prevista en el artículo 16.4.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas tendrán que presentar el anexo IV (solicitud) y el anexo V (autobaremación) de estas bases específicas, y de presentar la solicitud en la Oficina de Atención en Materia de Registro del Consell Insular d'Eivissa se tendrá que pedir cita previa (https://citaprevia.conselldeivissa.es)
En caso de que sean necesarias adaptaciones para la realización de las pruebas deben indicarlo en la solicitud y deben adjuntar el informe de aptitud y/o adaptación emitido por la Dirección General de Atención a la Dependencia de la Consejería de Servicios Sociales y Deportes o bien el documento de solicitud del mismo. En todo caso el informe debe presentarse un mínimo de quince días antes de las pruebas.
6. Tribunal calificador
Antes del inicio del proceso selectivo, a los efectos de lo que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se publicará en el BOIB y en la Sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa la designación de las personas titulares y suplentes que formarán parte del tribunal calificador.
7. Recursos
Contra la resolución de aprobación de la convocatoria y sus bases, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 66 de la ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.
Eivissa, 3 de enero de 2023
El jefe de Servicio de Recursos Humanos Agustín Goerlich López