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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA

Núm. 831
Resolución de Alcaldía nº 1083/2022, de 30 de diciembre de 2022, de rectificación de los errores advertidos en la publicación del acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 7 de diciembre de 2022, por la que se aprueba las bases que rigen la convocatoria y proceso selectivo para la cobertura de plazas de personal del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja, por el sistema de concurso (BOIB núm. 165, de 20 de diciembre de 2022)

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Texto

 Mediante Resolución de Alcaldía n.º 1083/2022, de 30 de diciembre de 2022, de este Ayuntamiento se aprobó la rectificación de los errores advertidos en la publicación de las bases que rigen la convocatoria y proceso selectivo para la cobertura de plazas de personal laboral del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja, por el sistema de concurso, publicada en el BOIB n.º 165, de 20 de diciembre de 2022:

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Vista la Resolución de Alcaldía n.º 405/2022 de fecha 23/05/2022 de este Ayuntamiento por la que se aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal, en cumplimiento de las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 07/12/2022 de aprobación de la convocatoria y las bases del proceso selectivo para la cobertura de las plazas de personal laboral del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja.

Visto que en el BOIB n.º 165 de fecha 20/12/2022 se ha publicado la convocatoria y las bases del proceso selectivo para la cobertura de 23 plazas de personal laboral del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja, que figuran nombradas en la Base primera, por el sistema de concurso.

Visto que se han advertido los siguientes errores en dichas bases:

  • Respecto del número de plazas de personal laboral, se ha omitido una plaza de Auxiliar Administrativo/a en el área de Intervención-Tesorería, que consta en la Oferta de Empleo publicada por este Ayuntamiento.
  • Se ha advertido un error referente a la titulación exigida para la plaza de Educadora Social.

Visto que el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que éstas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que existan en sus actos.

Por todo ello y en base a las facultades que me confiere la legislación vigente,

RESUELVO

PRIMERO.- Rectificar, en los términos que establece el Anexo de esta Resolución, los errores advertidos en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 07/12/2022 de aprobación de la convocatoria y las bases del proceso selectivo para la cobertura de plazas de personal laboral del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja y en la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de les Illes Balears (BOIB).

SEGUNDO.- Publicar un anuncio de rectificación de los errores advertidos en el Boletín Oficial de les Illes Balears (BOIB), en el tablón de anuncios de la sede electrónica y en la página web del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja.

TERCERO.- Dar cuenta de la presente Resolución en la próxima Junta de Gobierno que se celebre para su ratificación.

CUARTO.- Ampliar el plazo de presentación de solicitudes de participación hasta los veinte días hábiles posteriores a la publicación del anuncio de rectificación de errores en el Boletín Oficial de les Illes Balears (BOIB).”

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Baleares o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

 

Sant Joan de Labritja, 30 de diciembre de 2022.

El alcalde Antonio Marí Marí

 

ANEXO

Rectificación de errores convocatoria del proceso selectivo para la cobertura de 24 plazas de personal laboral, por el sistema de concurso (Oferta Estabilización de Personal Temporal)

  • SUMARIO / TÍTULO DE LA PUBLICACIÓN EN EL BOIB.-

Donde dice:

«Exp. 852/2022 – Bases que rigen la convocatoria y proceso selectivo para la cobertura de 23 plazas de personal laboral del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja, que figuran nombradas en la Base primera, por el sistema de concurso»

Debe decir:

«Exp. 852/2022 – Bases que rigen la convocatoria y proceso selectivo para la cobertura de 24 plazas de personal laboral del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja, que figuran nombradas en la Base primera, por el sistema de concurso»

  • TÍTULO DE LAS BASES.-

Donde dice:

«BASES QUE DEBEN REGIR LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DE 23 PLAZAS DE PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA, POR EL SISTEMA DE CONCURSO, TURNO LIBRE, QUE CONSTA DENTRO DE LA OFERTA DE ESTABILIZACIÓN DE PERSONAL LABORAL»

Debe decir:

«BASES QUE DEBEN REGIR LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DE 24 PLAZAS DE PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA, POR EL SISTEMA DE CONCURSO, TURNO LIBRE, QUE CONSTA DENTRO DE LA OFERTA DE ESTABILIZACIÓN DE PERSONAL LABORAL»

  • BASE PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA, CARACTERÍSTICAS DE LA PLAZA Y SISTEMA DE SELECCIÓN.-

Donde dice:

«Es objeto de esta convocatoria la cobertura definitiva de 23 plazas de personal laboral (…):

Plazas

Grupo

Régimen jurídico

Plazas concurso

Áreas o depart.

Titulaciones

Nivel catalán

Auxiliar Administrativo/a

C2

Laboral

1

Alcaldía

ESO o titulación equivalente

B2

Auxiliar Administrativo/a

C2

Laboral

1

Urbanismo

ESO o titulación equivalente

B2

Auxiliar Administrativo/a

C2

Laboral

1

Registro / Juzgado de Paz

ESO o titulación equivalente

B2

Auxiliar Administrativo/a

C2

Laboral

1

Urbanismo / Secretaría

ESO o titulación equivalente

B2

Auxiliar Administrativo/a

C2

Laboral

2

Servicios Sociales / Centro médico

ESO o titulación equivalente

B2

Bibliotecaria

C2

Laboral

1

75% jornada

Biblioteca 75% dedicación

ESO o titulación equivalente

B2

Educadora Social

A2

Laboral

1

Servicios Sociales

Grado en Trabajo Social o titulación equivalente

B2

Trabajadora Social

A2

Laboral

1

Servicios Sociales

Grado Trabajo Social o equivalente

B2

Cocinera

E

Laboral

1

Guardería

No se exige ninguna titulación

A1

Educadoras Preescolar

C2

Laboral

9

Guardería

Técnico Superior Educación Infantil o equivalente

B2

Personal Limpieza edificios municipales

E

Laboral

1

Dependencias

No se exige ninguna titulación

A1

Oficial mantenimiento Servicios Municipales

E

Laboral

1

Servicios Municipales

No se exige ninguna titulación

A1

Oficial mantenimiento C. Deportes

E

Laboral

1

Campo deportes

No se exige ninguna titulación

A1

Técnico de deportes

A2

Laboral

1

Deportes / Cultura

Diplomatura o Grado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte o equivalente

B2

»

Debe decir:

«Es objeto de esta convocatoria la cobertura definitiva de 24 plazas de personal laboral (…):

Plazas

Grupo

Régimen jurídico

Plazas concurso

Áreas o depart.

Titulaciones

Nivel catalán

Auxiliar Administrativo/a

C2

Laboral

1

Intervención-Tesorería

ESO o titulación equivalente

B2

Auxiliar Administrativo/a

C2

Laboral

1

Alcaldía

ESO o titulación equivalente

B2

Auxiliar Administrativo/a

C2

Laboral

1

Urbanismo

ESO o titulación equivalente

B2

Auxiliar Administrativo/a

C2

Laboral

1

Registro / Juzgado de Paz

ESO o titulación equivalente

B2

Auxiliar Administrativo/a

C2

Laboral

1

Urbanismo / Secretaría

ESO o titulación equivalente

B2

Auxiliar Administrativo/a

C2

Laboral

2

Servicios Sociales / Centro médico

ESO o titulación equivalente

B2

Bibliotecaria

C2

Laboral

1

75% jornada

Biblioteca 75% dedicación

ESO o titulación equivalente

B2

Educadora Social

A2

Laboral

1

Servicios Sociales

Diplomatura o Grado en Educación Social o titulación equivalente

B2

Trabajadora Social

A2

Laboral

1

Servicios Sociales

Grado Trabajo Social o equivalente

B2

Cocinera

E

Laboral

1

Guardería

No se exige ninguna titulación

A1

Educadoras Preescolar

C2

Laboral

9

Guardería

Técnico Superior Educación Infantil o equivalente

B2

Personal Limpieza edificios municipales

E

Laboral

1

Dependencias

No se exige ninguna titulación

A1

Oficial mantenimiento Servicios Municipales

E

Laboral

1

Servicios Municipales

No se exige ninguna titulación

A1

Oficial mantenimiento C. Deportes

E

Laboral

1

Campo deportes

No se exige ninguna titulación

A1

Técnico de deportes

A2

Laboral

1

Deportes / Cultura

Diplomatura o Grado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte o equivalente

B2

»

  • QUINTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DERECHO DE EXAMEN.-

Donde dice:

«Se presentará una solicitud por cada una de las plazas convocadas en las presentes bases en cuyo proceso selectivo se solicita participar, excepto para las 6 plazas de auxiliar administrativo a las que se optará con una solicitud (...)”.

Debe decir:

«Se presentará una solicitud por cada una de las plazas convocadas en las presentes bases en cuyo proceso selectivo se solicita participar, excepto para las 7 plazas de auxiliar administrativo a las que se optará con una solicitud (...)”.

  • DÉCIMA.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.-

Donde dice:

«El incumplimiento de este plazo o si del examen de la documentación presentada se deduce que los aspirantes no cumplen los requisitos que se exigen en la convocatoria, supondrá la pérdida del derecho a ser nombrados funcionarios de carrera (…).

El aspirante que haya superado el proceso selectivo, será nombrado como personal funcionario de carrera (…)».

Debe decir:

«El incumplimiento de este plazo o si del examen de la documentación presentada se deduce que los aspirantes no cumplen los requisitos que se exigen en la convocatoria, supondrá la pérdida del derecho a ser nombrados como personal laboral (…).

El aspirante que haya superado el proceso selectivo, será nombrado como personal laboral (…)».