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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES URBANOS DE PALMA DE MALLORCA, SA

Núm. 798208
Proceso de promoción interna mediante concurso oposición del grupo profesional 3: Mandos Intermedios OPC SAE – Inspección

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Texto

El Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Transports Urbans de Palma SA, en la sesión de día 27 de diciembre de 2022 aprobó las bases que se adjuntan, que regirán el proceso de promoción interna de personal mediante concurso oposición del grupo profesional 3: Mandos Intermedios OPC SAE – Inspección

1. Objeto

Este documento tiene por objeto constituir una convocatoria, mediante concurso-oposición de promoción interna, para la incorporación de seis plazas del Grupo profesional 3: Mando intermedio OPC SAE – Inspección, con los criterios y las limitaciones que establezca en cada momento la legislación vigente

Así mismo, se prevé que las y los aspirantes que, no habiendo obtenido plaza, hayan obtenido uno de los 6 primeros lugares a la puntuación final (4 primeros lugares después del sexto, ya que los seis primeros tendrán puesto en las plazas ofrecidas), podrán ser promocionados según el orden de puntuación, según las necesidades de la Empresa.

Como consecuencia de este proceso de promoción, el número máximo de aspirantes que integrarán la lista para su incorporación escalonada será de 10 personas, 6 de las cuales, una vez finalizada el proceso, irán cubriendo las necesidades de la Empresa, siguiendo la orden de prelación establecido a dicha lista.

Todo esto en cumplimiento de la normativa vigente siguiente:

1. Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

2. Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, especialmente los arte. 91 y 103.

3. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

4. Ley 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público.

5. Reglamento orgánico del gobierno y la administración del Ayuntamiento de Palma (BOIB nº 120, de 11 de septiembre de 2004).

6. Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas de modernización del gobierno local, con las actualizaciones vigentes.

7. Convenio Colectivo de la EMT-Palma vigente actualmente, especialmente el arte. 5 en materia de procedimiento de promoción.

8. Código de Buen Gobierno del Ayuntamiento de Palma, de 28 de febrero 2013.

Este documento incluye todo el proceso de promoción de personal de la EMT-Palma y, en concreto, los siguientes apartados:

1.1 Memoria justificativa de la necesidad de promoción.

1.2 Justificación de existencia de fondo (anual y plurianual).

1.3 Procedimiento de promoción.

1.4 Autorización del inicio del procedimiento

1.5 Bases de la convocatoria.

1.1 Memoria justificativa de la necesidad de promoción

Categoría profesional: Mando intermedio OPC SAE - Inspección.

Grupo profesional: Grupo profesional 3, mando intermedio OPC SAE – Inspección con las funciones propias de su grupo profesional y cualquier otra propia del mencionado grupo profesional, en función de las necesidades organizativas de la Empresa y la movilidad funcional establecida a la normativa laboral.

Número de vacantes a cubrir: hasta seis plazas que constituirán la lista y podrán ser incorporadas de manera escalonada en función de las necesidades de la Empresa.

Condiciones económicas: las recogidas para el nivel salarial del grupo profesional 3, del Convenio Colectivo de la EMT-Palma vigente en cada momento.

Horario de trabajo: el horario de trabajo es el establecido al Convenio Colectivo de la EMT-Palma vigente en cada momento con turnos rotativos de mañana, tarde y noche, así mismo la jornada laboral será la descrita en el Convenio Colectivo y en los acuerdos entre la Empresa y representación de los trabajadores, realizándose de forma rotatoria mediante 5 días de trabajo y 2 de descanso, estableciéndose un cuadrante para regular el sistema tal y como prevé el artículo 10.4.c del vigente Convenio Colectivo.

Centro de trabajo: actualmente situado a la carretera del Coll de en Rabassa, en Son Ferriol, polígono de San Mateo, 07007 Palma, o a cualquier otra que se pueda establecer.

Sin perjuicio del carácter itinerante de la prestación del servicio y a causa de las características del lugar de trabajo, las funciones propias del grupo profesional 3 del vigente Convenio Colectivo de la EMT-Palma se desarrollarán en cualquiera de las líneas que la Empresa tenga establecidas o pueda establecer.

Descripción de la necesidad: la de disponer de seis personas con la categoría de mando intermedio en el departamento de SAE debido al incremento de usuarios que se ha producido, la incorporación de nuevos conductores que han ampliado la plantilla de este colectivo y las vacantes que se han dado por jubilación anticipada, en virtud del artículo 6 del Convenio Colectivo. Así como para poder cubrir el incremento de trabajo, según las necesidades operativas de la Empresa, para permitir llevar a cabo la oferta de servicio de transporte público de Palma, con las limitaciones establecidas a la ley.

1.2 Justificación de existencia de fondo

No se produce variación sustancial en la masa salarial presupuestada y aprobada para la EMT-Palma para el ejercicio 2022.

1.3. Procedimiento de promoción

El procedimiento de selección seguirá el que establece la legislación y el Convenio Colectivo actualmente vigente, concretamente:

La Empresa adoptará medidas que incentiven la participación de su personal en los procesos selectivos de promoción interna para la progresión en la carrera profesional.

Los ascensos de puesto de trabajo se efectuarán mediante la convocatoria de concurso oposición o concurso de méritos interno, respetando los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como los de publicidad, transparencia, imparcialidad, profesionalidad, independencia, discrecionalidad técnica, adecuación y agilidad.

Si una vez efectuadas las pruebas el aspirante obtuviera la puntuación mínima establecida, la empresa podrá convocar las vacantes por concurso público.

Todos los procesos de promoción de personal serán públicos y atenderán al siguiente:

a. La Empresa determinará el número de plazas a cubrir y el perfil de estas.

b. La convocatoria se realizará con veinte días de antelación a la fecha tope para la admisión de solicitudes.

c. Los factores a valorar serán la aptitud, actitud y conocimientos prácticos del lugar a cubrir.

d. La empresa elaborará el temario de las pruebas y exámenes a realizar.

e. El Tribunal estará formado por cinco personas: dos por parte de la Empresa, dos por parte del comité de Empresa y un/a profesional con conocimientos sobre el temario designado por la Empresa.

f. La Empresa determinará la fecha tope para realizar las pruebas o exámenes, que se efectuarán por sorteo, entre aquellos temas que presente la Empresa, que no podrán ser inferior a tres para cada convocatoria. El Tribunal calificará y publicará los resultados finales.

g. No podrán formar parte del Tribunal de exámenes aquellas personas que tengan parentesco hasta el tercer grado con algún aspirante, pudiendo ser recusadas por este motivo.

1.4 Autorización del inicio del procedimiento

La aprobación de este documento, con el cumplimiento previo del Código de Buen Gobierno del Ayuntamiento de Palma del 28 de febrero de 2013, por el Consejo de Administración el 27 de diciembre de 2022, supone la autorización de todo su contenido.

 

1.5 Bases de la convocatoria

1.5.1 Descripción de las plazas

Las funciones a ejercer son, a todos los efectos y no restrictivo, todas las establecidas en el Convenio Colectivo vigente de la EMT-Palma,relacionadas con su lugar de trabajo, en concreto las del artículo 9.4, que indica textualmente:

Artículo 9°.- Sistema de clasificación profesional en el ámbito de la empresa y puestos de trabajo.

…/…

4.- Los trabajadores y trabajadoras comprendidos en el ámbito del presente Convenio y desde la vigencia del mismo, se clasifican profesionalmente en los siguientes seis grupos profesionales:

…/…

Grupo profesional 3º.- Mandos Intermedios.

Comprende aquellos trabajadores y trabajadoras que reúnen actitudes y aptitudes para ordenar tareas, dirigir un colectivo o grupo determinado de trabajadores o trabajadoras, y formación profesional y/o académica si fuera necesario, para desarrollar las funciones de su puesto de trabajo.

Los trabajadores y trabajadoras de este grupo profesional dependen jerárquicamente de los trabajadores y trabajadoras recogidos en el grupo profesional 1º, en los términos y organización que se establece en el organigrama funcional de la Empresa.

Las funciones primordiales, en los límites de su puesto de trabajo, son la del mando, organización y planificación, ya sea permanente o delegada de las personas de superior jerarquía, dirigida a la obtención de los rendimientos, calidad, disciplina y objetivos establecidos y planificados por sus superiores, asumiendo la responsabilidad de alcanzarlos, en el ámbito de su puesto de trabajo y de los trabajadores o trabajadoras bajo su responsabilidad.

…/…

 …/…

5.- Las funciones enumeradas en cada grupo profesional definen el contenido de la prestación laboral, sin que ello suponga agotar las funciones de cada uno de ellos. En todo caso, serán las necesarias para garantizar la correcta ejecución de la prestación laboral.

Serán las personas que tendrán que desarrollar las tareas, encargos propios de su grupo profesional que incluyen, sin ánimo de ser exhaustivo las siguientes funciones:

- Mando, organización y toma de decisiones de forma directa, dirigida a la obtención de los rendimientos, calidad, disciplina y objetivos establecidos y planificados por sus superiores.

- Regular la circulación, procurando que se cumplan los intervalos y re-posicionando los autobuses a lo largo de la línea manteniendo las frecuencias de las líneas.

- Apoyar y ayuda al personal adscrito al Grupo profesional 4 (profesionales de tráfico y circulación) tanto en las instalaciones de la empresa como fuera de ellas, en concreto a las líneas en materias como: completos, fraude, ordenación de líneas, salidas especiales, desvíos, etc.

- Coordinación de equipos destinados a las funciones de movilidad de los diferentes grupos profesionales, tal como se ha establecido en el Convenio Colectivo, y específicamente del Grupo Profesional 4.

- Atención y control a los usuarios en materia de servicio, de títulos de viaje, tarifas y abonos, puntos de venta y recarga y coordinación con fuerzas de seguridad.

- Control y seguimiento del cumplimiento de los protocolos de la Empresa y de la Ordenanza Municipal que regula el uso y servicio del transporte urbano de Palma.

- Ejecución del control de venta de títulos de transporte en puntos de gran afluencia determinados por la dirección de la Empresa.

- Coordinación de emergencias o situaciones imprevistas, información y supervisión de usuarios, control del fraude, en cualquier de las líneas de la Empresa.

- Elaboración de informes, diarios, semanales y mensuales propios de su departamento que estén establecidos o puedan estarlo.

- Cualquier otra función que se le pueda encomendar dentro de la potestad organizativa de la Empresa y que esté encuadrada dentro del establecido en el Arte 9.4 del vigente Convenio Colectivo, que establece las funciones para el Grupo profesional 3.

La adscripción a las tareas descritas no supondrá ningún tipo de limitación para la posible movilidad funcional.

1.5.2 Proceso de promoción

El proceso de promoción se llevará a cabo mediante el sistema público, a través de una oferta y con los siguientes criterios:

1. Procedimiento establecido a la legislación vigente.

2. Definición del perfil de lugar de trabajo.

3. Aprobación por el Consejo de Administración y publicación correspondiente.

4. Designación del tribunal de evaluación de los y las aspirantes.

5. Evaluación de los y las aspirantes mediante las pruebas establecidas.

1.5.3 Requisitos

Los /las aspirantes tienen que cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, o tener permiso de residencia o permiso de trabajo en vigor al incorporarse a la Empresa.

b) Haber cumplido 18 años y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa.

c) No sufrir enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones del trabajo a desarrollar. Así mismo, una vez finalizado el proceso de selección y antes de incorporarse al lugar de trabajo se tendrá que pasar satisfactoriamente un reconocimiento médico a cargo del Servicio de Prevención de la Empresa, con la calificación de apto (sin ningún tipo de restricción). No superar este reconocimiento supone la imposibilidad de incorporarse y la exclusión de la lista, atendido el carácter eliminatorio de este requisito.

d) Tener un contrato de trabajo con la Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Palma.

e) Estar en posesión del título bachillerato o equivalente.

f) Estar en posesión del carné de conducir D y el CAP, vigentes.

g) Acreditar conocimientos de comprensión y expresión oral y escrita de la lengua catalana mediante una titulación oficial que acredite, como mínimo, unos conocimientos de nivel A2.

Las/los aspirantes tendrán que cumplir los requisitos antes indicados dentro del plazo de presentación de solicitudes y no haber perdido ninguno de los requisitos en el momento de la contratación.

En cualquier momento que la EMT-Palma averigüe o constate de forma fehaciente la falta de los requisitos o la falsedad de la documentación o la declaración presentada, la persona solicitante será excluida inmediatamente del proceso y si está contratada será despedida disciplinariamente, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad, y la EMT-Palma se reservará las acciones legales pertinentes.

1.5.4 Publicidad y presentación de solicitudes por los aspirantes

Publicidad: la convocatoria se publicará en el web de la EMT-Palma (www.emtpalma.es), con independencia que se publique en otros medios, pero no de forma obligatoria.

Impreso de solicitud: se podrá descargar del web de Y'EMT-Palma (www.emtpalma.es) o se podrá recoger en las oficinas de la Empresa:

- Ctra. del Coll de en Rabassa en Son Ferriol - Pol. de San Mateo - Son Banya - 07007 Palma. Horario: de 8:30 a 14:00 horas, de lunes a viernes.

Plazo para la presentación de solicitudes: el plazo de admisión de solicitudes será de 20 días naturales desde el día siguiente que se publique ésta convocatoria en el web de la EMT-Palma (www.emtpalma.es) que también establecerá los lugares y el horarios de presentación de las solicitudes del procedimiento de selección.

Se tendrán que presentar dos ejemplares del impreso debidamente rellenados, así como original y fotocopia de la documentación requerida.

Documentos que se tienen que presentar con la solicitud:

- Fotocopia del DNI o NIE en vigor.

- Fotocopia de la titulación bachillerato o equivalente.

- Fotocopia del carné de conducir D, homologado en el Estado español, en vigor.

- Fotocopia de la tarjeta de calificación profesional como consecuencia de haber completado la formación correspondiente al Certificado de Aptitud Profesionales para Conductores (CAP), vigente.

- Certificado acreditativo del nivel A2 de lengua catalana mediante titulación oficial.

- Currículum actualizado a la fecha de convocatoria.

- Informe de vida laboral emitido por la Seguridad Social y actualizado a la fecha de la convocatoria.

Otros documentos que se pueden presentar con la solicitud:

- Certificado acreditativo del nivel B1 de catalán expedido por el Gobierno de las Islas Baleares o considerado equivaliendo por este, o uno de superior.

- Certificado acreditativo del nivel A2 del idioma inglés o superior, con los criterios del sistema ALTE o equivalente.

- Certificado acreditativo del nivel A2 de cualquier otro idioma extranjero o superior, con los criterios del sistema ALTE o equivalente.

Toda la documentación se cotejará con el original en el momento en que se presente. En caso de falsedad conocida después de aportar la documentación, esta será causa de exclusión de las pruebas o de despido si se ha producido la contratación, además de las medidas legales que la Empresa pueda emprender.

La admisión de la solicitud supone la plena aceptación por las personas solicitantes de estas Bases, con expresa autorización para el tratamiento automatizado de sus datos a los archivos de la Empresa y la publicación de resultados a los medios que la Empresa considere, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

1.5.5 Pruebas

Evaluación de aptitudes: examen teórico, prueba práctica y prueba de inglés (6 puntos sobre 10)

Examen teórico:

Constará de una prueba tipo test de carácter eliminatorio de un temario relacionado con las funciones propias del lugar de trabajo, según el temario recogido al anexo II. La prueba tendrá una puntuación máxima de 3 puntos, y el tiempo para desarrollarla será de 90 minutos. Para pasarla será preciso obtener como mínimo 1,50 puntos.

Proceso: Consta de una test, sobre la materia teórica de la candidatura a que se oposita. En las hojas de test que se presenten figurarán 30 preguntas, más 3 de reserva, que serán sorteadas en el mismo acto. Serán puntuadas las respuestas acertadas correctamente con 0,10 puntos, las incorrectas con 0,050 puntos negativos y las preguntas no contestadas no puntuarán. La hoja de respuesta que se adjunta al test se rellenará completamente con bolígrafo

Azul en la casilla correcta, no se permitirá  tachones, declarándose en este caso suspendida la prueba, si hubiera cualquier error, el candidato o la candidata solicitará al tribunal otra hoja de respuesta.

Se publicará en la web de la EMT-Palma la lista provisional de los resultados. En el mismo acto se abrirá un plazo de tres días hábiles (sábados excluidos) a partir del día siguiente a la publicación para presentar reclamaciones.

Prueba práctica:

Sólo la tendrán que realizar los candidatos o las candidatas no eliminados en el examen teórico.

Se realizará un ejercicio práctico, consistente en la redacción de un informe con propuesta de resolución mediante de herramientas de ofimática, relacionado con las siguientes materias: coordinación de emergencias o situaciones imprevistas; control del fraude en cualquier de las líneas; regulación de la circulación; incumplimientos de los protocolos y directrices de la empresa; incumplimientos de la ordenanza municipal que regula el uso y servicio del transporte urbano de Palma; recogidas al temario del anexo II.

La puntuación máxima en esta prueba es de 3 puntos y el tiempo para su realización, 90 minutos. Para pasarla será preciso obtener como mínimo 1'25 puntos.

Se publicará en el web de la EMT-Palma la lista provisional de los resultados. En el mismo acto se abrirá un plazo de tres días hábiles (sábados excluidos) a partir del día siguiente a la publicación para presentar reclamaciones.

Una vez resueltas las reclamaciones se publicará la lista definitiva de aspirantes que hayan superado las pruebas.

Valoración de méritos (3 punto sobre 10)

- Titulaciones académicas hasta un máximo de 1'50 (sólo se puntuará el nivel más alto) puntos a razón de:

  • 0,25 puntos por certificado acreditativo del nivel A2 de idioma inglés con los criterios del sistema ALTE o equivalente.
  • 0,50 puntos por certificado acreditativo del nivel B1 o superior del idioma inglés con los criterios del sistema ALTE o equivalente.
  • 0,25 puntos por cada certificado acreditativo del nivel A2 o superior de cualquier otro lengua extranjera con los criterios del sistema ALTE o equivaliendo, hasta un máximo de 0,50 puntos.
  • 0,25 puntos por certificado acreditativo del nivel B1 de catalán expedido por el Gobierno de las Islas Baleares o considerado equivaliendo por este, o uno de superior.
  • 0,50 puntos por certificado acreditativo del nivel B2 de catalán expedido por el Gobierno de las Islas Baleares o considerado equivaliendo por este, o uno de superior.

- Experiencia profesional / Antigüedad a la Empresa: hasta un máximo de 1'50 puntos, a razón de 0'015 puntos por mes.

Se publicará en el web de la EMT-Palma la lista provisional de la valoración de este apartado. En el mismo acto se abrirá un plazo de tres días hábiles (sábados excluidos) para presentar reclamaciones.

Una vez resueltas las reclamaciones se publicará la lista definitiva de los candidatos que hayan obtenido las 15 primeras posiciones, según la suma de las puntuaciones obtenidas a la prueba de evaluación de aptitudes y a la valoración de méritos.

Junto con las listas definitivas se indicarán las fechas, los horarios y el lugar de la entrevista personal.

Evaluación de actitud: Entrevista personal, (1 punto sobre 10)

Solo se harán a los 15 primeros candidatos o candidatas de la lista publicada y será valorada por los 5 miembros del Tribunal.

En caso de empate en la última posición de las 15 primeras de la lista, serán entrevistados todos los candidatos o candidatas con la misma puntuación.

El Tribunal valorará la actitud personal para el cumplimiento de una prestación laboral, teniendo en cuenta los siguientes parámetros:

- Actitud ante situaciones problemáticas de la prestación diaria.

- Actitud para dar instrucciones.

- Capacidad de liderazgo y trabajo en equipo.

- Motivación, y desarrollo de las tareas del candidato hasta fecha de la entrevista.

1.5.6 Puntuación y Publicación de la lista.

Una vez que el Tribunal haya valorado el examen, los méritos y la entrevista personal de acuerdo con el establecido en el apartado anterior, se harán públicas la lista de puntuaciones con indicación de los cinco últimos números del DNI y letra. De las 10 mejores notas que integrarán la lista para su incorporación escalonada en función de las necesidades de la Empresa.

La puntuación final será el resultado de la suma de la puntuación obtenida a todas las pruebas, según los criterios establecidos en el apartado de pruebas.

Si hay dos o más candidatos o candidatas con la misma puntuación su posición en la lista definitiva se resolverá siguiendo los siguientes criterios de carácter preferencial:

1.- Mujer.

2.- La persona que tenga más nivel de inglés acreditado.

3.- La personas que haya obtenido mejor puntuación a las pruebas teóricas.

4.- La persona que haya obtenido mejor puntuación en el apartado de méritos.

Estas listas se publicarán por orden de mayor a menor puntuación.

Orden de preferencia: las personas seleccionadas se ordenarán siguiendo el orden de la puntuación obtenida en este proceso de selección. Tendrá el primer lugar la candidata o el candidato que haya obtenido mayor puntuación, y así sucesivamente, hasta un máximo de 10.

1.5.7 Vigencia de las listas de posibles empleados

La lista definitiva para su incorporación escalonada en función de las necesidades de la Empresa tendrá vigencia máxima hasta el 31 de diciembre 2025. Una vez transcurrido este plazo las listas dejarán de tener vigencia a todos los efectos.

1.5.8 Orden de incorporación y llamamiento

Una vez finalizado el proceso de selección, las/los integrantes de la lista podrán ser llamados/as según las necesidades de la Empresa, siguiendo el orden de preferencia de la lista definitiva. Se llamarán las personas que tengan el orden de incorporación más alto, con los criterios y las limitaciones que establezca en cada momento la legislación vigente y con los criterios siguientes:

- La candidata o el candidato que haya obtenido la primera posición de la lista definitiva, se incorporará antes del 31 de diciembre de 2023, según las necesidades de la Empresa.

- El bolsín estará vigente hasta el agotamiento de las plazas ofrecidas.

- El/la aspirante será excluido definitivamente de las listas si renuncia injustificadamente dos veces consecutivas. Se entenderá que se ha producido la renuncia injustificada si el/la aspirante no comparece dentro del plazo comunicado por la Empresa o si renuncia expresamente.

Se consideran causas justificadas de rechazo las siguientes:

- Enfermedad acreditada mediante el correspondiente certificado médico.

- Periodo de embarazo, maternidad, paternidad o situaciones asimiladas.

- A petición del interesado o interesada, cualquier otra que de forma excepcional la EMT-Palma considere oportuna de forma motivada.

En estos casos los/las aspirantes conservarán su lugar en las listas y podrán ser citados nuevamente, según las necesidades de la Empresa cuando dejen de concurrir las causas de rechazo, si han comunicado a la EMT-Palma su disponibilidad.

En todo caso, tendrán que superar el periodo de prueba con la duración establecida en el artículo 14.1 del Estatuto de los Trabajadores, concretamente 6 meses. Si no supera este periodo de prueba el contrato se rescindirá y el/la aspirante perderá cualquier derecho de permanencia en las listas. Las situaciones mencionadas en el último párrafo del artículo 14.3 del Estatuto de los Trabajadores originarán la interrupción del cómputo del dicho periodo de prueba.

La inclusión de las/los aspirantes en las listas no generará ningún derecho, sino solo la expectativa de llamamiento por el orden establecido en función de las necesidades de servicio de la Empresa.

Los llamamientos a los interesados/as se realizarán por cualquier medio que considere la EMT-Palma. Se podrán hacer telefónicamente o mediante cualquier medio acreditable en derecho. Si se ha intentado la comunicación infructuosamente, la persona aspirante a la cual se haya intentado el ofrecimiento, conservará su lugar en la lista. Si se hace el llamamiento dos veces consecutivas sin respuesta por su parte o con una respuesta negativa no justificada será excluido de la lista de forma definitiva. El plazo de respuesta por parte de la persona que se haya llamado será de 3 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de comunicación.

Los interesados/as tendrán que tener a disposición de la EMT-Palma como datos de contacto:

- Un número de teléfono fijo o móvil.

- Una dirección electrónica.

- Una dirección postal.

El/la integrante de la lista tendrá que mantener permanentemente actualizados estos datos ante la EMT-Palma y comunicar los cambios que se produzcan.

 

ANEXO I Composición del Tribunal y plazos de publicación

Composición del Tribunal

- Dos miembros designados por la EMT-Palma.

- Dos miembros designados por el Comité de Empresa de la EMT-Palma.

- Un profesional con conocimientos sobre el temario, designado por la EMT-Palma.

Para la elaboración y corrección de las pruebas que resulte necesario, el Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores o asesoras especialistas, los cuales se limitarán a prestar dicha colaboración en sus especialidades técnicas y tendrán voz pero no voto. Así mismo, la EMT-Palma, a petición del Tribunal, podrá nombrar colaboradores/as para las tareas de vigilancia, coordinación u otras de similares, necesarias para el desarrollo de las pruebas selectivas.

Realización de las pruebas de promoción

Las pruebas de promoción se realizarán antes del 31 de agosto de 2023.

Plazos de publicación y fecha tope de admisión de solicitudes

El plazo de admisión de solicitudes será de 20 días naturales desde el día siguiente que se publique esta convocatoria en el web de la EMT-Palma (www.emtpalma.es).

Con el fin de cumplir el requisito de publicidad, las bases del proceso de selección, los diferentes plazos, los resultados provisionales y definitivos y las noticias o incidencias relacionadas con el proceso selectivo se publicarán en el web de la EMT-Palma (www.emtpalma.es), con independencia que también, pero no de forma obligatoria, se publiquen a otros medios.

Así mismo, esta información se pondrá en conocimiento del Ayuntamiento de Palma para si lo considera adecuado la publique en su web (www.palma.es).

 

ANEXO II Temario

1. Reglamento del servicio de transportes colectivos urbanos de Palma.

2. Protocolo del conductor de la EMT-Palma.

3. Código de conducta de la EMT-Palma.

4. Resolución de conflictos.

5. Comunicación y atención al cliente.

6. Razonamiento, concentración y agilidad.

7. Resolución de problemas, analítica y gestión numérica.

8. Ley de igualdad.

9. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

10. Servicios y Líneas de la EMT-Palma.

 

Palma, 30 de diciembre de 2022

El director gerente Mateu Marcús Fiol