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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 795537
Resolución de corrección de los errores observados en la Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la cual se aprueban la convocatoria, las bases, el temario y el baremo de méritos del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para el ingreso como personal laboral de las categorías adscritas al grupo 7 de las plazas de la oferta pública extraordinaria de la Residencia Miquel Mir del IMAS para el año 2022 (BOIB n.º 157, de 3 de diciembre)

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Texto

Antecedentes

1. En el Boletín Oficial de las Islas Baleares n.º 157, de 3 de diciembre de 2022, se publicó Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la cual se aprueban la convocatoria, las bases, el temario y el baremo de méritos del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para el ingreso como personal laboral de las categorías adscritas al grupo 7 de las plazas de la oferta pública extraordinaria de la Residencia Miquel Mir del IMAS para el año 2022.

2. En la publicación de la versión en catalán de la Resolución de referencia se han detectado errores materiales en el Fundamento de derecho cuarto, en la parte resolutiva primera, en la base 4.1 letra g), en la base 9.6 y en el título del anexo III.

3. En la publicación de la versión castellana de la Resolución de referencia, se han detectado errores materiales en la base 2, en la base 7, en la base 9 y en la base 10.1.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. Corresponde a la Presidencia del IMAS convocar y resolver los procedimientos de selección, establecer las bases, los programas y el contenido de las pruebas y nombrar los miembros de los órganos de selección, de acuerdo con el artículo 7.2.13) de los Estatutos del IMAS (BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019) y, por lo tanto, corregir las publicaciones de corrección de errores de las resoluciones sobre estas materias.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar los errores detectados en la versión catalana y castellana de la publicación de la Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la cual se aprueban la convocatoria, las bases, el temario y el baremo de méritos del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para el ingreso como personal laboral de las categorías adscritas al grupo 7 de las plazas de la oferta pública extraordinaria de la Residencia Miquel Mir del IMAS para el año 2022 (BOIB n.º 157, de 3 de diciembre), en el sentido siguiente:

En la versión en catalán:

En el Fundamento de derecho cuarto, donde dice:

«4. El sistema selectivo de los procesos de estabilización de las plazas que son objeto de la oferta que cumplen con los requisitos contemplados en la disposición adicional sexta y octava de la Ley 20/2021, tiene que ser con carácter excepcional el concurso de méritos, en conformidad con el previsto en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, el artículo 61.6 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido del Estatuto básico del empleado público (TREBEP) y el artículo 4 del Decreto Ley 6/2022.»

Debe decir:

«4. El sistema selectivo de los procesos de estabilización de las plazas que son objeto de la oferta que cumplen con los requisitos contemplados en el artículo 2 de la Ley 20/2021, tiene que ser el concurso oposición, en conformidad con el previsto en el artículo 2 de la Ley 20/2021, el artículo 61.6 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido del Estatuto básico del empleado público (TREBEP) y el artículo 3 del Decreto Ley 6/2022.»

En la parte resolutiva, donde dice:

«Primero.-  Aprobar la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para cubrir 1 plaza de personal laboral de la categoría Portero/portera adscrita al grupo 7 de la oferta de ocupación pública extraordinaria de la Residencia Miquel Mir del IMAS para el año 2022, que se relaciona, junto con los requisitos de titulación y otras de específicos, en el anexo Y de esta Resolución» 

Debe decir:

«Primero.- Aprobar la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para cubrir 1 plaza de personal laboral de la categoría Portero/portera adscrita al grupo 7 de la oferta de ocupación pública extraordinaria de la Residencia Miquel Mir del IMAS para el año 2022 derivada del proceso de estabilización de la ocupación temporal regulado en la Ley 20/2021, que se relaciona, junto con los requisitos de titulación y otras de específicos, en el anexo Y de esta Resolución.»

En la base 4. Requisitos y condiciones para participar, 4.1. Requisitos generales, donde dice:

«g) Para participar en la convocatoria, se tiene que acreditar un nivel de conocimiento de lengua catalana de acuerdo con los criterios que se indican a continuación, salvo los supuestos a que se refiere el punto 4.2 5.2 siguiente:...»

Debe decir:

«g) Para participar en la convocatoria, se tiene que acreditar un nivel de conocimiento de lengua catalana de acuerdo con los criterios que se indican a continuación, salvo los supuestos a que se refiere el punto 4.2 siguiente:..»

En la base 9.6. Desarrollo del ejercicio, donde dice:

«Grupo E»

Debe decir:

«Grupo 7»

En el anexo III:Temario, donde dice:

«TEMARIO GRUPO

Debe decir:

«TEMARIO GRUPO

En la versión en castellano:

En la base 2, Principios, objeto de la convocatoria y medidas específicas, donde dice:

«2.3 El objeto de esta convocatoria es llevar a cabo el proceso de estabilización derivado de Ley 20/2021, de 28 de diciembre, con la cobertura mediante el sistema de concurso oposición de las plazas de personal laboral de las categorías adscritas a los grupos D y E que se indican en el Anexo I.»

Debe decir:

«2.3 El objeto de esta convocatoria es llevar a cabo el proceso de estabilización derivado de Ley 20/2021, de 28 de diciembre, con la cobertura mediante el sistema de concurso oposición de las plazas de personal laboral de las categorías adscritas al grupo 7 que se indican en el Anexo I.»

 

En la base 7, Admisión y exclusión de aspirantes, donde dice:

«7.1 En el plazo máximo de dos meses, a contar desde que acabe el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia del IMAS dictará resolución mediante la cual se aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo, con expresión de la causa de exclusión. Esta relación debe publicarse en el Portal de Selección del IMAS y en el Sede Electrónica del IMAS.….»

«7.3 Una vez finalizado el plazo al que se refiere el párrafo anterior y subsanadas, si procede, las solicitudes, la Presidencia del IMAS dictará una resolución por la que se aprueba la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. Esta resolución debe hacerse pública en el BOIB, en el Portal de Selección y en la Sede Electrónica del IMAS….»

Debe decir:

«7.1 En el plazo máximo de dos meses, a contar desde que acabe el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia del IMAS dictará resolución mediante la cual se aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo, con expresión de la causa de exclusión. Esta relación debe publicarse en el Portal de Selección del IMAS y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS….»

«7.3 Una vez finalizado el plazo al que se refiere el párrafo anterior y subsanadas, si procede, las solicitudes, la Presidencia del IMAS dictará una resolución por la que se aprueba la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. Esta resolución debe hacerse pública en el BOIB, en el Portal de Selección y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS….»

En la misma base 7, donde dice:

 «7.4 Las personas aspirantes disponen de un plazo de 7 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la lista provisional de méritos alegados, para subsanar el defecto, (error materiales o aritméticos de la declaración responsable (autobaremación).

Son considerados errores materiales o aritméticos los errores producidos como consecuencia de haber situado de forma incorrecta las valoraciones de un mérito en el apartado de otro mérito, o de haber calculado de forma incorrecta las unidades de los méritos alegados. Durante este trámite no se admite la alegación de nuevos méritos no especificados en la declaración inicial.

Una vez subsanados los errores manifestados por las personas aspirantes a la lista provisional de méritos, el Tribunal publicará la lista definitiva de méritos alegados junto con la lista definitiva de personas aspirantes que hayan superado el ejercicio de la fase de oposición, según lo dispuesto en las bases 9.7 i 10.7.» 

Debe decir:

«7.4 Las personas aspirantes disponen de un plazo de 7 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la lista provisional de méritos alegados, para subsanar los errores de hecho, materiales o aritméticos de la declaración responsable (autobaremación).

Son considerados errores de hecho, materiales o aritméticos los errores producidos como consecuencia de haber situado de forma incorrecta las valoraciones de un mérito en el apartado de otro mérito, o de haber calculado de forma incorrecta las unidades de los méritos alegados. Durante este trámite no se admite la alegación de nuevos méritos no especificados en la declaración inicial.

Una vez subsanados los errores manifestados por las personas aspirantes a la lista provisional de méritos, el Tribunal publicará la lista definitiva de méritos alegados junto con la lista definitiva de personas aspirantes que hayan superado el ejercicio de la fase de oposición, según lo dispuesto en la base 9.7

En la base 9, Fase de oposición, donde dice:

 «9. Fase de oposición

Una vez subsanados los errores manifestados por las personas aspirantes a la lista provisional de méritos, el Tribunal el tribunal publicará la lista definitiva de méritos alegados junto con la lista definitiva de personas aspirantes que hayan superado el ejercicio de la fase de oposición, con la distinción de ejercicios según se trate de plazas de administración general o que se trate de plazas de administración especial.

 Las preguntas estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas y se corresponderán al contenido del temario completo de la oposición y a la base de datos de preguntas publicadas para este proceso selectivo.

La puntuación de esta fase es un 60% de la puntuación global del concurso oposición, con una puntuación final de entre 0 y 60 puntos. Para superar el ejercicio será necesario obtener una puntuación mínima del 35% (21 puntos) de la puntuación total.»  

Debe decir:

«9. Fase de oposición

La fase de oposición consta de un solo ejercicio, con carácter eliminatorio, con una prueba tipo test del temario del anexo III, relacionado con las funciones comunes propias de la actividad administrativa, que es el mismo para cada subgrupo de titulación. Las preguntas estarán distribuidas de forma equilibrada entre los diferentes temas y se corresponderán al contenido del temario completo de la oposición y a la base de datos de preguntas publicadas para ese proceso selectivo.

La puntuación de esta fase es un 60% de la puntuación global del concurso oposición, con una puntuación final de entre 0 y 60 puntos. Para superar el ejercicio será necesario obtener una puntuación mínima del 35% (21 puntos) de la puntuación total.»

En la base 9.6, Desarrollo del ejercicio, donde dice:

«Grupo 7: Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder por escrito a un cuestionario de 30 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será correcta. Las 20 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario completo de la oposición y a la base de datos de preguntas publicadas para este proceso selectivo.

El ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 3 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, o si se ha señalado una respuesta incorrecta, no se valorarán y no tienen ningún tipo de penalización.

El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 45 minutos...»

Debe decir:

«Grupo 7: Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder por escrito a un cuestionario de 30 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será correcta. Las 20 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario completo de la oposición y a la base de datos de preguntas publicadas para este proceso selectivo.

El ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 3 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, o si se ha señalado una respuesta incorrecta, no se valorarán y no tienen ningún tipo de penalización. El test que tendrán que responder los aspirantes se elegirá por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, inmediatamente antes de empezar las pruebas, entre un mínimo de dos alternativas diferentes, excepto en los supuestos del segundo párrafo de la letra d) del artículo 8 del Decreto ley 6/2022.

El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 45 minutos...»

En la base 9.7, Publicación de notas de los ejercicios y revisión, donde dice:

«Una vez finalizado el ejercicio de la oposición, el Tribunal debe publicar en la Sede Electrónica del IMAS y en el Portal de Selección la lista provisional con las personas que han realizado el ejercicio, con nombre, apellidos y cuatro cifras numéricas aleatorias del DNI, y con indicación de la puntuación obtenida, desglosada, en su caso, por turnos de acceso.

Las personas aspirantes disponen de un plazo de 7 días hábiles, desde la publicación de la lista provisional para efectuar las reclamaciones oportunas o solicitar la revisión de examen ante el Tribunal. El Tribunal dispone de un plazo de 7 días hábiles para resolver las reclamaciones y publicar la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el ejercicio, junto con la lista definitiva de méritos alegados a los que se refiere la base 6.4, en el Portal de Selección y en la Sede Electrónica del IMAS. tauler electrònic d'anuncis de l'IMAS.»

Debe decir:

«Una vez finalizado el ejercicio de la oposición, el Tribunal debe publicar en el tablón electrónico de anuncios del IMAS y en el Portal de Selección la lista provisional con las personas que han realizado el ejercicio, con nombre, apellidos y cuatro cifras numéricas aleatorias del DNI, y con indicación de la puntuación obtenida, desglosada, en su caso, por turnos de acceso.

Las personas aspirantes disponen de un plazo de 7 días hábiles, desde la publicación de la lista provisional para efectuar las reclamaciones oportunas o solicitar la revisión de examen ante el Tribunal. El Tribunal dispone de un plazo de 7 días hábiles para resolver las reclamaciones y publicar la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el ejercicio, junto con la lista definitiva de méritos alegados a los que se refiere la base 7.4, en el Portal de Selección y en el tablón electrónico de anuncios del IMAS

En la base 10, Fase de concurso, donde dice:

«10.1 Lista informativa de orden de aspirantes y requerimientos

10.1.1 De acuerdo con la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el ejercicio y la lista definitiva de méritos alegados, la Presidencia del IMAS dictará una resolución por la que se aprueba la lista informativa del orden de las personas aspirantes, de acuerdo con la puntuación de la fase de oposición más la puntuación según la lista definitiva de los méritos alegados, de conformidad con la base 8.4. La citada resolución se debe de hacer pública en el Portal de Selección del IMAS y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS»

Debe decir:

«10.1 Lista informativa de orden de aspirantes y requerimientos

10.1.1 De acuerdo con la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el ejercicio y la lista definitiva de méritos alegados, la Presidencia del IMAS dictará una resolución por la que se aprueba la lista informativa del orden de las personas aspirantes, de acuerdo con la puntuación de la fase de oposición más la puntuación según la lista definitiva de los méritos alegados, de conformidad con la base 7.4. La citada resolución se debe de hacer pública en el Portal de Selección del IMAS y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS»

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28.1 de los Estatutos del IMAS aprobados por Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 11 de abril de 2019 (BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra la desestimación exprés del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso. Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (28 de diciembre de 2022

El vicepresident 1ro del IMAS Jaume Tortella Cànaves

La secretária delegada de Institut Mallorquí d'Afers Socials (BOIB núm. 86, d'1 de juliol de 2021) María Elena Tur Figueruelo)