Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 795528
Resolución de corrección de los errores observados en la publicación de la Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la cual se aprueban la convocatoria, las bases, los temarios y el baremo de méritos del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para el ingreso como personal laboral en las categorías adscritas a los grupos D y E de las plazas de la oferta de ocupación pública extraordinaria de la Residencia Oms/Sant Miquel y los centros de día Can Clar y Son Bru del IMAS para el año 2022 (BOIB n.º 157, de 3 de diciembre)
Antecedentes
1. En el Boletín Oficial de las Islas Baleares n.º 157, de 3 de diciembre de 2022, se publicaron las versiones catalana y castellana de la Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la cual se aprueban la convocatoria, las bases, los temarios y el baremo de méritos del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para el ingreso como personal laboral en las categorías adscritas a los grupos D y E de las plazas de la oferta de ocupación pública extraordinaria de la Residencia Oms/Sant Miquel y los centros de día Can Clar y Son Bru del IMAS para el año 2022.
2. En la publicación de la versión en catalán de la Resolución mencionada, se han observado errores materiales en la base 8.4, base 11.1.1, base 13.1.1 y en el Anexo VI sobre la protección de datos.
3. En la publicación de la versión en castellano de la Resolución mencionada, se han observado errores materiales en el apartado de los antecedentes, en la base 3.4, base 4.4, base 7.6, base 8, base 10, base 12.2 y en la base 13.1.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
2. Corresponde a la Presidencia del IMAS convocar y resolver los procedimientos de selección, establecer las bases, los programas y el contenido de las pruebas y nombrar los miembros de los órganos de selección, de acuerdo con el artículo 7.2.13) de los Estatutos del IMAS (BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019) y, por lo tanto, corregir las publicaciones de corrección de errores de las resoluciones sobre estas materias.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Rectificar los errores observados en la versión catalana y castellana de la publicación de la Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la cual se aprueban la convocatoria, las bases, los temarios y el baremo de méritos del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para el ingreso como personal laboral en las categorías adscritas a los grupos D y E de las plazas de la oferta de ocupación pública extraordinaria de la Residencia Oms/Sant Miquel y los centros de día Can Clar y Son Bru del IMAS para el año 2022 (BOIB n.º 157, de 3 de diciembre), en el sentido siguiente:
En la versión en catalán:
- En el último párrafo de la base 8.4,
donde dice:
« 8.4. (...)
Una vez subsanados los errores manifestados por las personas aspirantes en la lista provisional de méritos, el tribunal publicará la lista definitiva deméritos alegados junto con la lista definitiva de personas aspirantes que hayan superado el ejercicio de la fase de oposición, según lo que dispone la base 9.7.»
Debe decir:
« 8.4. (...)
Una vez subsanados los errores manifestados por las personas aspirantes en la lista provisional de méritos, el tribunal publicará la lista definitiva de méritos alegados junto con la lista definitiva de personas aspirantes que hayan superado el ejercicio de la fase de oposición, según lo que dispone la base 10.7.»
- En la base 11.1.1,
donde dice:
«11.1.1. De acuerdo con la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el ejercicio y la lista definitiva de méritos alegados, la Presidencia del IMAS dictará una resolución por la cual se aprueba la lista informativa del orden de las personas aspirantes de acuerdo con la puntuación de la fase de oposición más la puntuación según la lista definitiva de los méritos alegados, de acuerdo con la base 7.4. Esta resolución se tiene que hacer pública en el Portal de Selección del IMAS y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS.»
Debe decir:
«11.1.1. De acuerdo con la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el ejercicio y la lista definitiva de méritos alegados, la Presidencia del IMAS dictará una resolución por la cual se aprueba la lista informativa del orden de las personas aspirantes de acuerdo con la puntuación de la fase de oposición más la puntuación según la lista definitiva de los méritos alegados, de acuerdo con la base 8.4. Esta resolución se tiene que hacer pública en el Portal de Selección del IMAS y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS.»
- En la base 13.1.1,
donde dice:
«13.1.1. (...)
Para garantizar la cobertura real de todos los puestos ofrecidos por el IMAS y el Consell de Mallorca, se ofrecerán el puesto o puestos vacantes a la siguiente persona aspirante disponible según el orden de prelación definitivo de las personas aspirantes, según la preferencia de elección de puestos y el orden de puntuación establecido en la lista mencionada en el punto 12.1, tanto si esta vacante se produce por renuncia o por otros motivos.»
Debe decir:
«13.1.1. (...)
Para garantizar la cobertura real de todos los puestos ofrecidos por el IMAS y el Consell de Mallorca, se ofrecerán el puesto o puestos vacantes a la siguiente persona aspirante disponible según el orden de prelación definitivo de las personas aspirantes, según la preferencia de elección de puestos y el orden de puntuación establecido en la lista mencionada en el punto 13.1, tanto si esta vacante se produce por renuncia o por otros motivos.
Las plazas de reserva para personas con discapacidad no adjudicadas aumentarán las no reservadas.»
- En el Anexo VI Sobre la protección de datos, en el apartado Categorías de datos personales objeto de tratamiento,
donde dice:
«(...)
De acuerdo con el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que conste la oposición de la persona interesada, el IMAS de Mallorca, mediante una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas habilitados al efecto, puede obtener los datos de carácter identificativo que constan en el DNI, los certificados de conocimientos de lengua catalana en relación a las convocatorias realizadas de acuerdo con los decretos de Presidencia del Consell de Mallorca de 3 de junio de 2004 y de29 de septiembre de 2004, las titulaciones académicas oficiales y los méritos, así como, si procede, el título de familia numerosa. Estos datos se obtendrán de la Administración General del Estado y otros órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. En el caso de la certificación negativa de delitos sexuales, la persona aspirante tendrá que autorizar expresamente su consulta; en caso contrario, tendrá que aportar el documento.»
Debe decir:
«(...)
De acuerdo con el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que conste la oposición de la persona interesada, el IMAS de Mallorca, mediante una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas habilitados al efecto, puede obtener los datos de carácter identificativo que constan en el DNI, los certificados de conocimientos de lengua catalana en relación a las convocatorias realizadas de acuerdo con los decretos de Presidencia del Consell de Mallorca de 3 de junio de 2004 y de29 de septiembre de 2004, las titulaciones académicas oficiales y los méritos, así como, si procede, el título de familia numerosa, el certificado acreditativo de discapacidad y el dictamen de aptitud para el ejercicio de las funciones del grupo o subgrupo, escala o categoría o especialidad a la que se opta, emitido por el equipo multiprofesional de la Dirección General de Dependencia o el organismo público equivalente. Estos datos se obtendrán de la Administración General del Estado y otros órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. En el caso de la certificación negativa de delitos sexuales, la persona aspirante tendrá que autorizar expresamente su consulta; en caso contrario, tendrá que aportar el documento.»
- En la versión en castellano:
- En los Antecedentes,
donde dice:
«5.(...)
Se convocan 2 plazas de personal laboral del grupo E categoría Limpiador/limpiadora reservadas para personas con discapacidad mediante el sistema de concurso de las plazas de la Oferta de empleo público extraordinaria de la Residencia Oms/Sant Miquel y centros de día Can Clar y Son Bru para el año 2022.»
Debe decir:
«5. (…)
Se convocan 2 plazas de personal laboral del grupo E categoría Limpiador/limpiadora reservadas para personas con discapacidad mediante el sistema de concurso oposición de las plazas de la Oferta de empleo público extraordinaria de la Residencia Oms/Sant Miquel y centros de día Can Clar y Son Bru para el año 2022.»
Donde dice:
«6. En fecha 18 de noviembre de 2022 la Directora gerente del IMAS dictó la Propuesta de resolución por la que se aprueba la convocatoria, las bases, los ejercicios, el temario y el baremo de méritos, del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para el ingreso como personal laboral de las categorías adscritas al grupo B de las plazas de la oferta de la empleo público extraordinaria de la Residencia Oms/Sant Miquel y los centros de día Ca'n Clar y Son Bru del IMAS para el año 2022.»
Debe decir:
«6. En fecha 18 de noviembre de 2022 la Directora gerente del IMAS dictó la Propuesta de resolución por la que se aprueba la convocatoria, las bases, los ejercicios, el temario y el baremo de méritos, del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para el ingreso como personal laboral de las categorías adscritas a los grupos D y E de las plazas de la oferta de la empleo público extraordinaria de la Residencia Oms/Sant Miquel y los centros de día Ca'n Clar y Son Bru del IMAS para el año 2022.»
- En la base 3, Plazas reservadas a personas con discapacidad, se tiene que añadir un último párrafo:
«3.4. Las personas aspirantes que hayan optado por plazas reservadas a personas con discapacidad y durante el proceso pierdan la condición legal de persona con discapacidad pasarán al turno libre.»
- En la base 4, Relaciones a través de medios electrónicos, medios de identificación y firma que se admiten. Comunicaciones, donde dice:
«4.4 De conformidad con el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o la aplicación que corresponda podrá determinarse una ampliación de los plazos no vencidos, publicando la Sede electrónica del IMAS y en el Portal de Selección tanto la incidencia técnica acaecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.»
Debe decir:
«4.4 De conformidad con el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o la aplicación que corresponda podrá determinarse una ampliación de los plazos no vencidos, publicando en el Tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección tanto la incidencia técnica acaecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.»
- En la base 7. Solicitudes y autobaremación,
donde dice:
«7.6 El plazo para presentar solicitudes es de veinte días hábiles y empieza el día siguiente a aquel en el que se haya publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Y la publicación en el BOIB. »
Debe decir:
«7.6 El plazo para presentar solicitudes es de veinte días hábiles y empieza el día siguiente a aquel en el que se haya publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.»
- En la base 8. Admisión y exclusión de aspirantes,
donde dice:
«8.1 En el plazo máximo de dos meses, a contar desde que acabe el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia del IMAS dictará resolución mediante la cual se aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo, con expresión de la causa de exclusión. Esta relación debe publicarse en el Portal de Selección del IMAS y en el Sede Electrónica del IMAS...»
«8.3 Una vez finalizado el plazo al que se refiere el párrafo anterior y subsanadas, si procede, las solicitudes, la Presidencia del IMAS dictará una resolución por la que se aprueba la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. Esta resolución debe hacerse pública en el BOIB, en el Portal de Selección y en la Sede Electrónica del IMAS...»
«8.4. (...)
Una vez subsanados los errores manifestados por las personas aspirantes a la lista provisional de méritos, el Tribunal publicará la lista definitiva de méritos alegados junto con la lista definitiva de personas aspirantes que hayan superado el ejercicio de la fase de oposición, según los dispuesto en las bases 9.7 i 10.7»
Debe decir:
«8.1 En el plazo máximo de dos meses, a contar desde que acabe el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia del IMAS dictará resolución mediante la cual se aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo, con expresión de la causa de exclusión. Esta relación debe publicarse en el Portal de Selección del IMAS y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS…»
«8.3 Una vez finalizado el plazo al que se refiere el párrafo anterior y subsanadas, si procede, las solicitudes, la Presidencia del IMAS dictará una resolución por la que se aprueba la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. Esta resolución debe hacerse pública en el BOIB, en el Portal de Selección y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS...»
«8.4. (...)
Una vez subsanados los errores manifestados por las personas aspirantes a la lista provisional de méritos, el Tribunal publicará la lista definitiva de méritos alegados junto con la lista definitiva de personas aspirantes que hayan superado el ejercicio de la fase de oposición, según los dispuesto en la base 10.7»
- En la base 10. Fase de oposición, donde dice:
«10. Fase de oposición
Una vez subsanados los errores manifestados por las personas aspirantes a la lista provisional de méritos, el Tribunal el tribunal publicará la lista definitiva de méritos alegados junto con la lista definitiva de personas aspirantes que hayan superado el ejercicio de la fase de oposición, con la distinción de ejercicios según se trate de plazas de administración general o que se trate de plazas de administración especial.
Las preguntas estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas y se corresponderán al contenido del temario completo de la oposición y a la base de datos de preguntas publicadas para este proceso selectivo
(…)»
«10.6. Desarrollo del ejercicio.
Grupo D:
(…)
El ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 1,5 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, o si se ha señalado una respuesta incorrecta, no se valorarán y no tienen ningún tipo de penalización.
(…)
Grupo E:
(…)
El ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 3 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, o si se ha señalado una respuesta incorrecta, no se valorarán y no tienen ningún tipo de penalización.
(…).»
Debe decir:
«10. Fase de oposición
La fase de oposición consta de un solo ejercicio, con carácter eliminatorio, con una prueba tipo test del temario del anexo III, relacionado con las funciones comunes propias de la actividad administrativa, que es el mismo para cada subgrupo de titulación. Las preguntas estarán distribuidas de forma equilibrada entre los diferentes temas y se corresponderán al contenido del temario completo de la oposición y a la base de datos de preguntas publicadas para ese proceso selectivo.
(...)»
«10.6. Desarrollo del ejercicio.
Grupo D:
(…)
El ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 1,5 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, o si se ha señalado una respuesta incorrecta, no se valorarán y no tienen ningún tipo de penalización. El test que tendrán que responder los aspirantes se elegirá por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, inmediatamente antes de empezar las pruebas, entre un mínimo de dos alternativas diferentes, excepto en los supuestos del segundo párrafode la letra d) del artículo 8 de l Decreto ley 6/2022.
(…)
Grupo E:
(…)
El ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 3 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, o si se ha señalado una respuesta incorrecta, no se valorarán y no tienen ningún tipo de penalización. El test que tendrán que responder los aspirantes se elegirá por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, inmediatamente antes de empezar las pruebas, entre un mínimo de dos alternativas diferentes, excepto en los supuestos del segundo párrafode la letra d) del artículo 8 de l Decreto ley 6/2022.
(…)»
- En la base 12. Resultado del concurso oposición y desempates, donde dice:
«12.2 En caso de que se produzcan empates, se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1º. La mayor antigüedad en la misma categoría en el mismo cuerpo, escala, subescala, especialidad o categoría acreditada en la administración convocante.»
Debe decir:
«12.2 En caso de que se produzcan empates, se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1º. La mayor antigüedad en la misma categoría acreditada en la administración convocante.»
- En la base 13. Comunicación del orden de preferencia de los puestos de trabajo ofrecidos, donde dice:
«13.1 Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos para ser contratados como personal laboral fijo y siguiendo el orden de prelación establecido según la base 11 y aplicados los desempates cuando proceda, el Tribunal publicará una lista definitiva con las personas que han superado la fase de oposición y han acreditado el cumplimiento de los requisitos y los méritos alegados en la declaración responsable, desglosada, en su caso, por turnos de acceso que constituirá el orden de prelación definitivo de las personas aspirantes que tendrán que elegir por orden de preferencia los puestos ofrecidos.»
Debe decir:
«13.1 Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos para ser contratados como personal laboral fijo y siguiendo el orden de prelación establecido según la base 12 y aplicados los desempates cuando proceda, el Tribunal publicará una lista definitiva con las personas que han superado la fase de oposición y han acreditado el cumplimiento de los requisitos y los méritos alegados en la declaración responsable, desglosada, en su caso, por turnos de acceso que constituirá el orden de prelación definitivo de las personas aspirantes que tendrán que elegir por orden de preferencia los puestos ofrecidos.»
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28.1 de los Estatutos del IMAS aprobados por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de 11 de abril de 2019 (BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Contra la desestimación exprés del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso. Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, en la fecha de la firma electrónica del documento: ( 28 de diciembre de 2022
El vicepresidente 1º del IMAS
Jaume tortella Cànaves)
La secretaria delegada del IMAS (BOIB núm. 86, d'1 de juliol de 2021) María Elena Tur Figueruelo)