Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 795257
Resolución de la presidencia del IMAS de día 27 de diciembre de 2022 de aprobación de los otorgamientos y denegaciones de las ayudas económicas del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales a entidades que llevan a cabo actividades en materia de servicios sociales para el año 2021
Antecedentes
1. El 24 de noviembre de 2021, la presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) aprobó la convocatoria pública de ayudas económicas del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales a entidades que llevan a cabo actividades en materia de Servicios Sociales para el año 2021.
2. Esta convocatoria se publicó en el BOIB núm 164, de 27 de noviembre de 2021.
3. En la resolución de aprobación de la convocatoria mencionada, se autorizó un gasto dimanante de este expediente por el importe total de QUINIENTOS DIECISÉIS MIL EUROS (516.000,00 €), con cargo en las partidas siguientes:
- 216.000,00 euros en la partida 40.23142.48905 del presupuesto de gastos del IMAS para el año 2021 (Referencia contable 22021014074)
- 300.000,00 euros en la partida 40.23142.48906 del presupuesto de gastos del IMAS para el año 2021 (Referencia contable 22021013967).
4. Posteriormente, el día 7 de julio de 2022 se reunió la Comisión Evaluadora de esta convocatoria, la cual valoró las solicitud presentadas dentro del plazo establecidos. Los miembros de la comisión evaluadora dieron su conformidad a las propuestas del informe técnico de la sección de Recursos Socio laborales, adscrito a la Dirección Insular de Personas con Discapacidad e Innovación Social, acordando otorgar la ayuda económica a 27 de las 28 solicitudes presentadas según los importes que se detallan al informe técnico por los motivos que constan al acta de la comisión que consta en el expediente.
5. El 26 de octubre de 2022, la jefa del Servicio de Personas con Discapacidad e Innovación Social, con el visto bueno del director insular del área emitieron informe en el que, de conformidad con el acta suscrita por la Comisión Evaluadora proponen que se hagan las gestiones pertinentes para la adjudicación de las ayudas económicas a entidades que llevan a cabo actividades en materia de servicios sociales para el año 2021, a las entidades siguientes y por los importes que se reseñan, así como disponer en su favor un gasto por un importe total de quinientos dieciséis mil euros (516.000,00€), según la tabla siguiente:
ENTIDAD |
CIF |
IMPORTE CONCEDIDO |
---|---|---|
Asociación AMITICIA |
G07482029 |
20.978,77 |
Asociación Balear de Corea de Huntington |
G07921091 |
5.995,99 |
SI Servei de Suport i Accessibiltat , S COOP |
F57027732 |
13.350,19 |
ASPANOB Asociación de Padres de Niños con Cáncer |
G07608771 |
37.961,58 |
Federació PREDIF Illes Balears |
G57575052 |
29.836,80 |
AFAMA Associació Familiars i Amics de Malalts d'Alzheimer |
G07834724 |
15.336,98 |
Fundació DEIXALLES |
G07255953 |
16.228,58 |
Associació Balear de Fibrosi Quística |
G07563075 |
10.189,69 |
Fundació EMBAT |
G57312563 |
17.256,14 |
ADIBA Associació Balear de Diabètics de les Illes Balears |
G07084098 |
18.049,93 |
ALCER Illes Balears |
G07094865 |
9.936,64 |
Associació de Lluita Anti-sida de les Illes Balears |
G07277734 |
14.229,67 |
Fundación MALLORCA INTEGRA |
G16585432 |
4.654,39 |
Llar de memòria |
G57621567 |
23.587,14 |
Asociación Española contra el Cáncer |
G28197564 |
37.961,58 |
ESPIRAL |
G57238065 |
26.812,86 |
Ben Amics |
G07698855 |
3.798,61 |
La Sonrisa Médica |
V07664188 |
37.961,58 |
Associació Balear d'Esclerosi Amiotròfica |
G16592065 |
14.820,90 |
Fundació NEMO |
G57989519 |
25.563,53 |
ASDICA |
G07778285 |
23.656,06 |
Federación de Personas Sordas de las Islas Baleares |
G57382517 |
17.723,81 |
Associació Asperger Balears |
G57620874 |
33.965,63 |
Asociación ZAQUEO |
G07929672 |
17.082,71 |
Associació Balear d'Usuaris de Salut Mental |
G57677650 |
5.195,04 |
Aldeas Infantiles SOS España |
G28821254 |
19.263,77 |
Fundación ANAR |
G80453731 |
14.601,20 |
TOTAL |
|
516.000,00 |
En este informe propuesta también excluir a la entidad «FUNDACIÓN BANCO DE ALIMENTOS DE MALLORCA» (G57152639) por presentar un proyecto con actividades desarrolladas en el año 2021 y por lo tanto fuera del plazo de la convocatoria.
6. Constan emitidos informes favorables del Servicio Juridicoadministrativo y de la Intervención delegada del IMAS.
Fundamentos de derecho
1. De acuerdo con el artículo 70.4 del Estatuto de Autonomía, son competencias propias de los consejos los servicios sociales y la asistencia social y la política de protección y atención a personas dependientes.
2. Vista la Ley 12/1993, de 20 de diciembre, de atribución de competencias en los consejos insulares en materia de servicios sociales y asistencia social, las atribuidas por la Ley 14/2001, de 23 de octubre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de servicios sociales.
3. Atendiendo la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares, que establece como principios rectores del sistema de servicios sociales balear la descentralización y la desconcentración.
4. La Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.
5. Los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, en adelante IMAS, aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca el 11 de abril de 2019 (BOIB nº. 67, de 18 de mayo de 2019), en especial lo establecido en su artículo 2, de acuerdo con el cual este organismo tiene como objeto fundamental el ejercicio, en forma directa y descentralizada, de las competencias atribuidas para cualquier título en el Consejo de Mallorca en materia de servicios sociales y protección de menores.
Y el artículo 7.2 apartado 7) que determina que corresponde a la Presidencia aprobar las bases específicas y resolver los procedimientos de ayudas, prestaciones y/o subvenciones relativas a las competencias atribuidas al IMAS.
6. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
7. La Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, aprobada por el Pleno en sesión de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21 de 18 de febrero de 2017), así como sus modificaciones aprobadas por el acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 14 de junio de 2018 (BOIB núm 96 de 4 de agosto de 2018), en especial referencia al establecido en su artículo 1 que determina que tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por el Consejo Insular de Mallorca, los organismos autónomos que dependen y las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de que otorguen subvenciones dentro del ejercicio de potestades administrativas. Y a los artículos 16 a 28.
8. La Resolución de la presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) que aprobó la convocatoria pública de ayudas económicas del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales a entidades que llevan a cabo actividades en materia de Servicios Sociales para el año 2021 ( BOIB núm 164, de 27 de noviembre de 2021).
Constatado que se ha cumplido con el establecido a la Ordenanza general de subvenciones y a la convocatoria, que existe crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de 2022 para la concesión de estas ayudas, y asimismo, que consta al expediente la documentación contable, y que no existen deudas pendientes.
Existiendo informe del órgano instructor en el cual consta que de la información que obra en su poder se desprende que los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las mismas, y la documentación como mientras no tiene deudas y por lo tanto, cumplen con los requisitos para ser personas beneficiarias.
Asimismo, se motiva la declaración de exclusión de la entidad Fundación Banco de Alimentos de Mallorca por haber presentado un proyecto con actividades desarrolladas en el año 2021 y por lo tanto, un proyecto que no cumple con la base quinta de la convocatoria.
Por todo eso,
RESUELVO
Primero.- OTORGAR las ayudas económicas a las siguientes entidades que llevan a cabo actividades en materia de servicios sociales para el año 2021, por los conceptos y por los importes que seguidamente se reseñan y DISPONER a favor de las entidades que conllevan un gasto total por un importe total de QUINIENTOS DIECISÉIS MIL euros (516.000,00€), de acuerdo con los documentos contables que se adjuntan al expediente y la distribución siguiente:
ENTIDAD |
CIF |
IMPORTE CONCEDIDO |
---|---|---|
Asociación AMITICIA |
G07482029 |
20.978,77 |
Asociación Balear de Corea de Huntington |
G07921091 |
5.995,99 |
SI Servei de Suport i Accessibiltat , S COOP |
F57027732 |
13.350,19 |
ASPANOB Asociación de Padres de Niños con Cáncer |
G07608771 |
37.961,58 |
Federació PREDIF Illes Balears |
G57575052 |
29.836,80 |
AFAMA Associació Familiars i Amics de Malalts d'Alzheimer |
G07834724 |
15.336,98 |
Fundació DEIXALLES |
G07255953 |
16.228,58 |
Associació Balear de Fibrosi Quística |
G07563075 |
10.189,69 |
Fundació EMBAT |
G57312563 |
17.256,14 |
ADIBA Associació Balear de Diabètics de les Illes Balears |
G07084098 |
18.049,93 |
ALCER Illes Balears |
G07094865 |
9.936,64 |
Associació de Lluita Anti-sida de les Illes Balears |
G07277734 |
14.229,67 |
Fundación MALLORCA INTEGRA |
G16585432 |
4.654,39 |
Llar de memòria |
G57621567 |
23.587,14 |
Asociación Española contra el Cáncer |
G28197564 |
37.961,58 |
ESPIRAL |
G57238065 |
26.812,86 |
Ben Amics |
G07698855 |
3.798,61 |
La Sonrisa Médica |
V07664188 |
37.961,58 |
Associació Balear d'Esclerosi Amiotròfica |
G16592065 |
14.820,90 |
Fundació NEMO |
G57989519 |
25.563,53 |
ASDICA |
G07778285 |
23.656,06 |
Federación de Personas Sordas de las Islas Baleares |
G57382517 |
17.723,81 |
Associació Asperger Balears |
G57620874 |
33.965,63 |
Asociación ZAQUEO |
G07929672 |
17.082,71 |
Associació Balear d'Usuaris de Salut Mental |
G57677650 |
5.195,04 |
Aldeas Infantiles SOS España |
G28821254 |
19.263,77 |
Fundación ANAR |
G80453731 |
14.601,20 |
TOTAL |
|
516.000,00 |
Segundo. – Declarar EXCLUIDA de la convocatoria la petición de la entidad «FUNDACIÓN BANCO DE ALIMENTOS DE MALLORCA» (G57152639) por presentar un proyecto con actividades desarrolladas en el año 2021 y por lo tanto fuera del plazo establecido en la base quinta de la convocatoria que determinaba que: «Los proyectos subvencionables tendrán que haberse llevado a cabo desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2020.»
Tercero.- ORDENAR LA PUBLICACIÓN de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Cuarto.- NOTIFICAR esta resolución a las entidades relacionadas, y dar traslado a la Jefa de Servicio de la Dirección Insular de Personas con Discapacidades, al Servicio de Gestión Económica y a la Intervención Delegada del IMAS.
Palma, 28 de diciembre de 2022
La presidenta del IMAS Sofia Alonso Bigler