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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Núm. 792389
Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la cual se revocan las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a particulares y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2022)

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Texto

Hechos

1.El 30 de septiembre de 2021, en el BOIB número 180, se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 21 de diciembre de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el año 2022 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a particulares y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027.

2.La Dirección General de Energía y Cambio Climático concedió una subvención a las personas que figuran en el anexo de esta Resolución en el marco de la convocatoria para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a particulares y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027.

3.Las personas que figuran en el anexo aportaron la documentación para la justificación de la realización de las actuaciones subvencionadas.

4.Los servicios técnicos de la Dirección General de Energía y Cambio Climático han examinado la documentación aportada y han informado desfavorablemente a la justificación de los expedientes descritos en el anexo con la motivación que también figura en él.

Fundamentos de derecho

1.El consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática es el órgano competente para resolver este procedimiento dada la estructura orgánica del Gobierno de las Islas Baleares y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.

2.El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).

3.La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB n.º 72, de 24 de mayo de 2008).

4.La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 21 de diciembre de 2021 por la cual se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2022 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a particulares y comunidades de propietarios dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (BOIB n.º 180, de 30 de diciembre de 2021).

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1.Revocar la concesión de las subvenciones detalladas en el anexo y por los importes que en él se indican.

2.Autorizar y disponer negativamente el gasto a favor de los beneficiarios por los importes detallados en el anexo con cargo a la partida presupuestaria  2022/G/731A01/78000/00/19701/31111.

3.Declarar concluido el procedimiento y, por lo tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo.

4.Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 28 de diciembre de 2022

El director general de Energía y Cambio Climático

José Guillermo Malagrava Rigo

Por delegación del consejero de Transición Energética,

Sectores Productivos y Memoria Democrática

(BOIB n.º 31, de 4/3/2021)

 

 

ANNEX

Llista de beneficiaris als quals se'ls revoca la subvenció

 

Expediente

Solicitante

NIF

Importe subvención (€)

CONCE

(2022)

Motivo

FOTOPAR22-6/2022

ANTONI LLUÍS ROCA POL

***8884**

2.160,00

6129

Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud

FOTOPAR22-24/2022

BARTOLOMÉ RAMIS GARCIAS

***3275**

3.000,00

6145

Los pagos están fuera de plazo

FOTOPAR22-40/2022

JAUME CRESPÍ CLADERA

***3924**

1.620,00

6230

La factura presentada está fuera de plazo. El justificante de pago presentado está fuera de plazo

FOTOPAR22-44/2022

JUAN SALVA FONTCUBERTA

***7042**

1.890,00

6234

Los justificantes de pago presentados están fuera de plazo

FOTOPAR22-48/2022

LUIS PARPAL RAMIS

***5775**

1.890,00

6240

Las actuaciones objeto de estas no pueden haberse iniciado con anterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda porque no se cumple el carácter incentivador. Una factura aportada es anterior a la fecha de presentación de la solicitud. Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud

FOTOPAR22-56/2022

MAGDALENA CIFRE FERRIOL

***8043**

2.640,00

6251

Las actuaciones objeto de estas no pueden haberse iniciado con anterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda porque no se cumple el carácter incentivador. Una factura aportada es anterior a la fecha de presentación de la solicitud. Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud

FOTOPAR22-60/2022

MIQUEL SERRA RIUTORT

***0601**

3.000,00

6256

Las actuaciones objeto de estas no pueden haberse iniciado con anterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda porque no se cumple el carácter incentivador. Una factura aportada es anterior a la fecha de presentación de la solicitud. Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud

FOTOPAR22-331/2022

PEDRO BAUZA MASCARO

***2075**

2.160,00

12714

Hay facturas y justificantes de pago con fecha de 2021, anteriores a la solicitud

FOTOPAR22-351/2022

MANUELA TORTOSA POVEDA

***5837**

1.620,00

10140

La factura presentada está fuera de plazo. El justificante de pago presentado está fuera de plazo

FOTOPAR22-506/2022

JAUME GARCIAS ARROM

***0409**

13.080,00

11392

Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud. Una de las facturas tiene fecha de 2021

FOTOPAR22-757/2022

JUAN BLANCH MIRÓ

***6679**

3.000,00

11767

Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud

FOTOPAR22-762/2022

KLIMA ANTON RAIMUND MAXIMILIAN

****3757*

3.000,00

11768

Factura anterior a la solicitud. Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud

FOTOPAR22-931/2022

VICENÇ JOSEP MULET AGUILO

***7579**

1.158,00

11992

Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud. El justificante del pago tiene que indicar que los datos del ordenante y del destinatario tienen que coincidir con el beneficiario de la ayuda y con el emisor de la factura. Según uno de los documentos de pago aportados, el ordenante del pago no coincide con el solicitante de la subvención

FOTOPAR22-974/2022

ALEXANDER RUDOLF REZORI

****2861*

3.000,00

12032

Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud

FOTOPAR22-944/2022

MIQUEL NEGRE MIRALLES

***8829**

3.000,00

12002

Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud

FOTOPAR22-997/2022

BARTOLOME MARTI ARBONA

***7881**

3.000,00

12051

Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud

FOTOPAR22-1008/2022

MARGALIDA MUNAR FEBRER

***3650**

2.700,00

12070

Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud

FOTOPAR22-1040/2022

MARIA ISABEL FERNANDEZ COMAS

***1796**

2.430,00

12105

Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud

FOTOPAR22-1117/2022

MANUEL MARIN CORRAL

***6312**

2.208,00

13407

Hay un recibo de 300 € con fecha de 16/03/2022, anterior a solicitud

FOTOPAR22-1124/2022

MARIA GORETTI GIL PENIN

***1653**

 3.000,00

13420

Pago anterior a la solicitud. Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud

FOTOPAR22-1133/2022

PEDRO COSTA COSTA

***3706**

3.000,00

13441

Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud

FOTOPAR22-1146/2022

VICENC BLANCO ROSSELLÓ

***1858**

3.000,00

13481

Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud

FOTOPAR22-1172/2022

CATALINA TUDURÍ RIUDAVETS

***8982**

1.920,00

13504

Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud

FOTOPAR22-1221/2022

AMADEO TAPIA LOPEZ

***2954**

2.208,00

13625

Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud

FOTOPAR22-1325/2022

MAGDALENA SOLSONA COLOMER

***3176**

2.214,00

13894

Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud. Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud

FOTOPAR22-1345/2022

ALICIA LAPUENTE FAJARDO

***0507**

2.700,00

13914

Las facturas, los albaranes, los certificados de obra y el pago de la inversión, incluido el abono de posibles cantidades por anticipado o bajo cualquier otro concepto, tienen que ser posteriores a la fecha del registro de la solicitud