Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE BÚGER
Núm. 791930
Aprobación definitiva expediente de modificación de créditos núm. 2/2022 con la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de diferente área de gasto
Visto que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 169 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, no se ha presentado ninguna reclamación contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de día 24 de noviembre de 2022, publicado en el BOIB n.º 155 de fecha 29 de noviembre de 2022, por el cual se aprueba inicialmente el crédito extraordinario21/2022, se entiende el mismo elevado a definitivo:
“ 1. Modificar el presupuesto de gastos del presente ejercicio aumentando les siguientes aplicaciones:
Descripción |
Cred.Inicial |
Incremento |
Cred. Definitvo |
1621.22700 Servicios recogida , limpieza y recogida de RSU |
18.000,00 € |
6.000,00 € |
24.000,00 € |
942.46300 Aportaciones a la Mancomunitat del Raiger |
135.000,00 € |
7.000,00 € |
142.000,00 € |
TOTAL AUMENTO: 13.000,00 €
El financiamiento de estos aumentos se realizarán mediante transferencias de otras aplicaciones con diferente vinculación jurídica que quedan bajas como a continuación se indica:
Aplicación |
Cred.Inicial |
Disminución |
Cred. Definitivos |
162.63701 Redacció projecte deixalleria |
5.000,00 € |
5.000,00 € |
0,00 € |
912.23000 Dietes regidors per assistències òrgans de govern |
22.000,00 € |
1.000,00 € |
21.000,00 € |
164.21200 Manteniment i conservació cementiri municipal |
4.000,00 € |
3.000,00 € |
1.000,00 € |
231.22799 Serveis de teleassistència |
5.000,00 € |
4.0000,00 € |
1.000,00 € |
TOTAL DISMINUCIÓN: 13.000,00 €”
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de esta Jurisdicción.
Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Búger, 28 de diciembre de 2022
El alcalde Pere Torrens Escalas