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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 788582
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional, a propuesta de la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa, por la que se pone fin al procedimiento derivado de la convocatoria de ayudas a la red de escoletes públicas de las Illes Balears para el año 2022, un gasto financiado parcialmente por el Programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

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Texto

En fecha 27 de diciembre de 2022, la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. El consejero de Educación y Formación Profesional convocó ayudas a la red de escoletes públicas de las Illes Balears para el año 2022 mediante resolución de 4 de mayo de 2022 (BOIB núm. 63, de 14 de mayo).

2. La Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa, como órgano instructor del procedimiento, examinó las solicitudes e hizo los requerimientos de documentación pertinentes a los ayuntamientos y consejos insulares para poder valorar las peticiones.

3. La comisión evaluadora se reunió el día 21 de julio para examinar, valorar e informar sobre las solicitudes, así como para valorar la propuesta provisional de resolución de concesión, según consta en el acta de sesión extendida el mismo día.

4. El 25 de julio de 2022, la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa emitió la propuesta provisional de resolución de concesión de las ayudas mencionadas para el año 2022.

5. El Ayuntamiento de Binissalem, el Ayuntamiento de Inca, el Ayuntamiento de Palma y el Consell Insular de Menorca presentaron alegaciones a la propuesta provisional de resolución. Una vez comprobada la documentación, se aceptaron las reclamaciones.

6. De acuerdo con la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 14 de marzo de 2022 por la que se establece la cuantía de los módulos para el sostenimiento de las escuelas de la red de escoletes públicas de las Illes Balears y de los centros de la red complementaria para el año 2022, gasto financiado parcialmente por el Programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOIB núm. 39, de 19 de marzo), para conceder el total de las ayudas se ha prorrateado el importe global máximo entre los diferentes módulos. Una vez revisados los anexos 5 de todos los solicitantes presentados dentro del plazo establecido, tal y como indica el punto 2 del apartado tercero de las bases de la convocatoria, la cuantía que no se ha agotado en alguno de los módulos se ha redistribuido entre las unidades concedidas para el módulo de sostenimiento. Por esta razón, se ha incrementado el importe para el sostenimiento de las escuelas infantiles públicas de primer ciclo en 1.185,15 €.

7. Una vez hechas y firmadas, las propuestas de autorización y disposición de gasto (AD) de más de 30.000 € se han fiscalizado de conformidad.

8. En el caso de los ayuntamientos de Llubí , Santa Eulària des Riu, Vilafranca de Bonany y el Consell Insular de Formentera, esta ayuda está subvencionada parcialmente por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU , en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y, por lo tanto, se deben tener en cuenta los compromisos y las obligaciones derivados de la ejecución de los fondos europeos antes mencionados y enmarcados dentro de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre , por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como la normativa autonómica aprobada al efecto. En particular, la entidad está obligada a cumplir todos los principios transversales del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/241 y con los principios de gestión específicos del PRTR previstos en el artículo 2 de la Orden HPF/1030/2021, incluidas la obligación de disponer de un plan de medidas antifraude y la de exigir las declaraciones previstas en el anexo IV.

9. El punto 3 de la base octava de la convocatoria establece que las notificaciones se deben tramitar de acuerdo con el artículo 10 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio de 2009).

Fundamentos de derecho

1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).

3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio de 2009).

4. La Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 14 de marzo de 2022 por la que se establece la cuantía de los módulos para el sostenimiento de las escuelas de la red de escoletes públicas de las Illes Balears y de los centros de la red complementaria para el año 2022, gasto financiado parcialmente por el Programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOIB núm. 39, de 19 de marzo).

5. La Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 4 de mayo de 2022 por la que se convocan ayudas a la red de escoletes públicas de las Illes Balears para el año 2022, un gasto financiado parcialmente por el Programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOIB núm. 63, de 14 de mayo).

6. Corrección de la errata advertida en la publicación del edicto 3818 (BOIB 63 de fecha 14-05-2022) referido a la "Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 4 de mayo de 2022 por la que se convocan ayudas a la red de escoletes públicas de las Illes Balears para el año 2022, un gasto financiado parcialmente por el Programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Mecanismo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia" (BOIB núm. 65, de 19 de mayo).

Propuesta de resolución

Propongo al consejero de Educación y Formación Profesional que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Aceptar las alegaciones del Ayuntamiento de Binissalem, el Ayuntamiento de Inca, el Ayuntamiento de Palma y el Consell Insular de Menorca.

2. Poner fin al procedimiento de concesión de las ayudas para el sostenimiento de las escuelas infantiles públicas de primer ciclo de educación infantil. Los importes concedidos figuran en el anexo 1.

3. Declarar la no admisión o la denegación de las solicitudes de ayuda que figuran en el anexo 2, junto con la indicación de los motivos de la no admisión o denegación.

4. Condicionar la concesión de las ayudas a que hacen referencia los apartados anteriores al cumplimiento efectivo de las obligaciones asumidas por las entidades beneficiarias, de acuerdo con las bases de la convocatoria y la normativa reguladora de las ayudas y subvenciones públicas.

5. Notificar esta Resolución a las entidades solicitantes mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 27 de diciembre de 2022

El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March i Cerdà

La directora general proponiente Amanda Fernández Rubí

 

ANEXO 1 Ayudas concedidas en la red de escuelas públicas

Solicitante

Isla

CIF

Cuantía sostenimiento escoletes

Cuantía act. apoyo a familias

Cuantía atención temprana

Cuantía ayudas escolarización

TOTAL

Ayuntamiento de Alaior

MENORCA

P0700200I

73.666,35 €

0,00 €

0,00 €

22.415,85 €

96.082,20 €

Ayuntamiento de Alaró

MALLORCA

P0700100A

65.481,20 €

0,00 €

7.355,47 €

201,60 €

73.038,27 €

Ayuntamiento de Alcúdia

MALLORCA

P0700300G

98.221,80 €

0,00 €

0,00 €

0,00 €

98.221,80 €

Ayuntamiento de Algaida

MALLORCA

P0700400E

49.110,90 €

1.521,64 €

1.500,00 €

1.504,00 €

53.636,54 €

Ayuntamiento de Andratx

MALLORCA

P0700500B

114.592,10 €

0,00 €

0,00 €

0,00 €

114.592,10 €

Ayuntamiento de Artà

MALLORCA

P0700600J

49.110,90 €

3.780,04 €

1.500,00 €

8.909,64 €

63.300,58 €

Ayuntamiento de Binissalem

MALLORCA

P0700800F

24.555,45 €

1.500,00 €

0,00 €

1.000,00 €

27.055,45 €

Ayuntamiento de Bunyola

MALLORCA

P0701000B

40.925,75 €*

583,52 €

0,00 €

0,00 €

41.509,27 €

Ayuntamiento de Calvià

MALLORCA

P0701100J

335.591,15 €

0,00 €

20.703,74 €

13.027,89 €

369.322,78 €

Ayuntamiento de Campanet

MALLORCA

P0701200H

24.555,45 €

1.606,50 €

0,00 €

2.016,00 €

28.177,95 €

Ayuntamiento de Campos

MALLORCA

P0701300F

81.851,50 €

0,00 €

0,00 €

0,00 €

81.851,50 €

Ayuntamiento de Capdepera

MALLORCA

P0701400D

98.221,80 €

5.220,00 €

4.851,38 €

13.588,00 €

121.881,18 €

Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca

MENORCA

P0701500A

180.073,30 €

0,00 €

0,00 €

92.653,28 €

272.726,58 €

Ayuntamiento de Consell

MALLORCA

P0701600I

40.925,75 €

0,00 €

1.500,00 €

0,00 €

42.425,75 €

Ayuntamiento de Deià

MALLORCA

P0701800E

16.370,30 €

540,00 €

1.454,12 €

0,00 €

18.364,42 €

Ayuntamiento de Eivissa

EIVISSA

P0702600H

57.296,05 €

2.520,00 €

10.500,00 €

0,00 €

70.316,05 €

Ayuntamiento de Es Castell

MENORCA

P0706400I

32.740,60 €

0,00 €

0,00 €

11.088,20 €

43.828,80 €

Ayuntamiento de Es Mercadal

MENORCA

P0703700E

49.110,90 €

0,00 €

0,00 €

15.851,00 €

64.961,90 €

Ayuntamiento de Es Migjorn Gran

MENORCA

P0700001.ª

16.370,30 €

0,00 €

0,00 €

7.220,00 €

23.590,30 €

Ayuntamiento de Esporles

MALLORCA

P0702000A

57.296,05 €

1.260,00 €

0,00 €

24.179,91 €

82.735,96 €

Ayuntamiento de Estellencs

MALLORCA

P0702100I

8.185,15 €

0,00 €

0,00 €

0,00 €

8.185,15 €

Ayuntamiento de Felanitx

MALLORCA

P0702200G

67.110,90 €*

8.055,68 €

6.000,00 €

0,00 €

81.166,58 €

Ayuntamiento de Ferreries

MENORCA

P0702300E

49.110,90 €

0,00 €

0,00 €

12.506,00 €

61.616,90 €

Ayuntamiento de Inca

MALLORCA

P0702700F

81.851,50 €

4.348,08 €

0,00 €

10.389,60 €

96.589,18 €

Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre

MALLORCA

P0702800D

16.370,30 €

628,10 €

0,00 €

0,00 €

16.998,40 €

Ayuntamiento de Llubí

MALLORCA

P0703000J

4.740,60 €

1.440,00 €

0,00 €

9.428,00 €

43.608,60 €

Ayuntamiento de Llucmajor

MALLORCA

P0703100H

139.147,55 €

33.840,00 €

0,00 €

3.112,21 €

176.099,76 €

Ayuntamiento de Manacor

MALLORCA

P0703300D

98.221,80 €

23.806,80 €

10.500,00 €**

4.778,74 €

137.307,34 €

Ayuntamiento de Mancor de la Vall

MALLORCA

P0703400B

24.555,45 €

0,00 €

0,00 €

0,00 €

24.555,45 €

Ayuntamiento de Maó

MENORCA

P0703200F

220.999,05 €

0,00 €

0,00 €

146.153,35 €

367.152,40 €

Ayuntamiento de Marratxí

MALLORCA

P0703600G

69.822,32 €

0,00 €

552,80 €

3.656,80 €

74.031,92 €

Ayuntamiento de Montuïri

MALLORCA

P0703800C

24.555,45 €

717,36 €

0,00 €

0,00 €

25.272,81 €

Patronato Municipal de Escuelas Infantiles de Palma

MALLORCA

P5704002D

581.145,65 €

720,00 €

126.241,83 €

316.335,65 €

1.024.443,13 €

Ayuntamiento de Pollença

MALLORCA

P0704200E

40.925,75 €

0,00 €

9.000,00 €

11.112,00 €

61.037,75 €

Ayuntamiento de Porreres

MALLORCA

P0704300C

49.110,90 €

1.800,00 €

0,00 €

952,00 €

51.862,90 €

Ayuntamiento de Puigpunyent

MALLORCA

P0704500H

2.752,89 €*

0,00 €

0,00 €

0,00 €

2.752,89 €

Ayuntamiento de Sa Pobla

MALLORCA

P0704400A

90.036,65 €

2.520,00 €

0,00 €

96,00 €

92.652,65 €

Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany

EIVISSA

P0704600F

40.925,75 €

0,00 €

4.306,14 €

17.160,80 €

62.392,69 €

Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja

EIVISSA

P0705000H

24.555,45 €

0,00 €

0,00 €

0,00 €

24.555,45 €

Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia

EIVISSA

P0704800B

73.666,35 €

0,00 €

2.364,82 €

727,20 €

76.758,37 €

Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar

MALLORCA

P0705100F

73.666,35 €

0,00 €

1.319,04 €

696,00 €

75.681,39 €

Ayuntamiento de Sant Lluís

MENORCA

P0705200D

40.925,75 €

0,00 €

0,00 €

15.700,40 €

56.626,15 €

Ayuntamiento de Santa Eugènia

MALLORCA

P0705300B

16.370,30 €

0,00 €

0,00 €

0,00 €

16.370,30 €

Ayuntamiento de Santa Eulària

EIVISSA

P0705400J

35.110,90 €

0,00 €

1.454,93 €

0,00 €

50.565,83 €

Ayuntamiento de Santa Margalida

MALLORCA

P0705500G

24.555,45 €

392,00 €

0,00 €

408,00 €

25.355,45 €

Ayuntamiento de Santa Maria

MALLORCA

P0705600E

57.296,05 €

0,00 €

1.903,79 €

0,00 €

59.199,84 €

Ayuntamiento de Santanyí

MALLORCA

P0705700C

32.740,60 €

0,00 €

0,00 €

0,00 €

32.740,60 €

Ayuntamiento de Selva

MALLORCA

P0705800A

32.740,60 €

1.440,00 €

0,00 €

1.060,00 €

35.240,60 €

Ayuntamiento de Sencelles

MALLORCA

P0704700D

7.404,70 €*

0,00 €

0,00 €

0,00 €

7.404,70 €

Ayuntamiento de Ses Salines

MALLORCA

P0705900I

24.555,45 €

0,00 €

0,00 €

0,00 €

24.555,45 €

Ayuntamiento de Sineu

MALLORCA

P0706000G

24.555,45 €

0,00 €

0,00 €

1.363,00 €

25.918,45 €

Ayuntamiento de Valldemossa

MALLORCA

P0706300A

16.370,30 €

0,00 €

1.361,71 €

679,29 €

18.411,30 €

Ayuntamiento de Vilafranca de Bonany

MALLORCA

P0706500F

50.296,05 €

0,00 €

1.500,00 €

2.598,00 €

61.394,05 €

Consell Insular de Menorca

MENORCA

S0733002J

0,00 €

0,00 €

51.000,00 €

0,00 €

51.000,00 €

Consell Insular d'Eivissa

EIVISSA

S0733001B

106.406,95 €

0,00 €

0,00 €

5.851,75 €

112.258,70 €

Consell Insular de Formentera

FORMENTERA

P0702400C

46.851,50 €

0,00 €

9.000,00 €

35.123,19 €

125.974,69 €

*Cuantía máxima subvencionable, según el punto duodécimo de la convocatoria.

**En el caso del alumno NEE gravemente afectado, cuantía prorrateada entre los meses de escolarización.

 

ANEXO 2 Solicitudes denegadas

Solicitante

Isla

CIF

Motivo denegación sostenimiento

Motivo denegación act. soporto familias

Motivo denegación atención temprana

Motivo denegación ayudas escolarización

Ayuntamiento de Alaior

MENORCA

P0700200I

 

 

 

VII (0,48€)

Ayuntamiento de Alaró

MALLORCA

P0700100A

 

 

V (144,53 €)

 VII (5.454,00 €)

Ayuntamiento de Andratx

MALLORCA

P0700500B

 

 

V (7 niños)

 

Ayuntamiento de Bunyola

MALLORCA

P0701000B

Y (3 unidades)

 

V (1 niño)

 

Ayuntamiento de Capdepera

MALLORCA

P0701400D

 

 

V (183,46€)

VII (488,00€)

Ayuntamiento de Consell

MALLORCA

P0701600I

 

II (2 sesiones)

 

 

Ayuntamiento de Es Castell

MENORCA

P0706400I

 

 

III (1 niño)

 

Ayuntamiento de Es Migjorn Gran

MENORCA

P0700001.ª

 

 

 

VII (725,00€)

Ayuntamiento de Llucmajor

MALLORCA

P0703100H

 

II (1 sesión)

 

 

Ayuntamiento de Maó

MENORCA

P0703200F

 

 

 

VII (1.122,25€)

Ayuntamiento de Marratxí

MALLORCA

P0703600G

 

 

V (6.000,00€)

 

Ayuntamiento de Montuïri

MALLORCA

P0703800C

 

II (2,64 €)

 

 

Patronato Municipal de Escuelas Infantiles de Palma

MALLORCA

P5704002D

 

 

IV (1 niño)

 

Ayuntamiento de Porreres

MALLORCA

P0704300C

 

II (10 sesiones)

 

 

Ayuntamiento de Puigpunyent

MALLORCA

P0704500H

 

II (2 sesiones)

 

 

Ayuntamiento de Sa Pobla

MALLORCA

P0704400A

 

II (1.056,96 €)

 

VII (880,64€)

Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany

EIVISSA

P0704600F

 

 

V (9,13 €)

 

Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar

MALLORCA

P0705100F

 

 

V (180,96 €)

 

Ayuntamiento de Sant Lluís

MENORCA

P0705200D

 

II (5 sesiones)

 

 

Ayuntamiento de Santa Eulària

EIVISSA

P0705400J

 

 

V (45,07 €)

 

Ayuntamiento de Santa Maria

MALLORCA

P0705600E

 

 

V (1.096,21 €)

 

Consell Insular de Menorca

MENORCA

S0733002J

 

 

VI (1 niño)

 

Consell Insular de Eivissa

EIVISSA

S0733001B

 

 

V (14 niños)

VII (55,36€)

Motivos de no admisión o denegación:

-Motivo I: no se ajusta a lo que se establece en el apartado 1.a) de la base cuarta de la convocatoria (gastos de funcionamiento).

-Motivo II: no se ajusta a lo que se establece en el apartado 2 de la base cuarta de la convocatoria (sesión justificada y destinada al fortalecimiento de las capacidades educativas de las familias, ciclo de al menos tres sesiones, fuera de horario lectivo, máximo 180 € por sesión).

-Motivo III: corresponde al Consell Insular de Menorca (base cuarta de la convocatoria).

-Motivo IV: no se ajusta a lo que se establece en el apartado 3.c) de la base cuarta de la convocatoria (escolarizado seis meses con dictamen).

-Motivo V: no se ajusta al apartado 3.a) de la base cuarta de la convocatoria (gasto justificado).

-Motivo VI: no se ajusta a la base primera de la convocatoria.

-Motivo VII: no se ajusta al apartado 4.a) de la base cuarta de la convocatoria (ayudas a la escolarización de las familias más vulnerables socialmente).