Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE BÚGER
Núm. 783952
Aprobación definitiva expediente de modificación de crédito en lamodeladad de crédito extraordinario 01-2022
Visto que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 169 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, no se ha presentado ninguna reclamación contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de día 29 de septiembre de 2022, publicado en el BOIB n.º 131 de fecha 8 de octubre de 2022, por el cual se aprueba inicialmente el crédito extraordinario 1/2022, se entiende el mismo elevado a definitivo:
Altas en Aplicaciones de gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Créditos Extraordinarios |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
||||
920 |
22607 |
Dietes tribunal proves selectives |
0,00 € |
239,86 € |
239,86 € |
|
|
TOTAL |
0,00 € |
239,86 € |
239,86 € |
Bajas o Anulaciones en concepto de gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Bajas o anulaciones |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
||||
912 |
23000 |
Dietes regidors per assistències òrgans col·legiats |
22.000,00 € |
239,86 € |
21.760,14 € |
|
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TOTAL |
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239,86 € |
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Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de esta Jurisdicción.
Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Búger, (firmado electronicamente 23 de diciembre de 2022)
El alcalde Pere Torrens Escalas