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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 782261
Delegación del ejercicio de las funciones de Alcaldía en el primer teniente de alcalde

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Texto

Mediante Decreto de Alcaldía nº. 2022/1251 de fecha 22 de diciembre de 2022 se ha dictado la siguiente Resolución que se transcribe literalmente a continuación:

«RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Visto que corresponde a los tenientes de alcalde sustituir al alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que le imposibiliten para el ejercicio de sus atribuciones, y considerando la Resolución de Alcaldía núm. 2022/0775, de día 8 de agosto, de nombramiento de primer teniente de alcalde (BOIB núm. 108/2022, de 16 de agosto).

Visto que del 26 de diciembre de 2022 al 3 de enero del 2023 el alcalde estará fuera del municipio.

Por todo ello, en virtud de lo que dispone el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (LRBRL), y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (ROF), RESUELVO:

Primero. Delegar a Bartomeu Cifre Ochogavia, primer teniente de alcalde, para el ejercicio de las funciones de la Alcaldía en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (LRBRL), durante el período comprendido entre el día 26 de diciembre de 2022 al día 3 de enero de 2023, ambos incluidos.

Segundo. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los oportunos procedimientos administrativos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

Tercero. El órgano delegado informará a esta Alcaldía, a posteriori y, en todo caso, cuando se le requiera, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como prevé el artículo 115 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (ROF).

Cuarto. La presente Resolución será publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.

Quinto. Notificar la presente Resolución al concejal primer teniente de alcalde Bartomeu Cifre Ochogavia, a los efectos pertinentes, y dar traslado de la misma a las áreas y servicios municipales para su conocimiento y efectos oportunos.

Sexto. En lo no previsto expresamente por esta Resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (LRBRL), y del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (ROF), en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.»

Lo que se hace público, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (ROF), para general conocimiento.

 

Pollença, en la fecha de firma electrónica (22 de diciembre de 2022)

El alcalde Andres Nevado Rodriguez