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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 781538
Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Fiscal nº 4 Impuesto sobre Actividades Económicas

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, en sesión ordinaria de fecha 22 de diciembre de 2022 acordó aprobar definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 4 Impuesto sobre Actividades Económicas , se hace público el texto íntegro en cumplimiento del artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

PRIMERO. Añadir el apartado 3) al Artículo 5 Bonificaciones:

3. Se establece una bonificación del 50 por ciento de la cuota íntegra del impuesto de actividades económicas en las actividades que se hayan instalado puntos de recarga para vehículos eléctricos, con el límite anual de 600 €, durante los 3 años siguientes a la instalación, atendiendo a los siguientes criterios:

- La solicitud de la bonificación deberá presentarse durante el primer trimestre de cada ejercicio. Esta bonificación no tendrá carácter retroactivo.

- En la solicitud de bonificación se tendrá que adjuntar la Puesta en Servicio del punto de recarga emitida por la Consellería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática.

- Las plazas de aparcamiento en las que se instalen los punto de recarga de vehículos eléctricos deberán estar incluidos en la licencia de actividad.

 

Sant Antoni de Portmany (22 de diciembre de 2022)

El alcalde Marcos Serra Colomar