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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 765992
Departamento de Personal. Negociado de Selección y Provisión. Subsanar error material bases específicas convocatoria ayudante/a de oficios diversos tasa estabilización del Ayuntamiento de Palma

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Texto

El concejal de Hacienda, Innovación y Función pública  por decreto núm. 222681 de 14 de diciembre de 2022 ha  decretado lo siguiente:  

PRIMERO.- Subsanar el error material detectado en el decreto del Regidor de Hacienda, Innovación y Función Pública, número 23.771 de 20 de diciembre de 2021 por el que se aprueban las bases específicas de la convocatoria del proceso selectivo por concurso oposición, turno libre, para cubrir 19 plazas vacantes de ayudante de oficios diversos, perteneciente a la Escala de la Administración Especial, subescala de servicios especiales, grupo AP, dotadas presupuestariamente y correspondientes a la tasa adicional de estabilización de la ocupación temporal de las ofertas de ocupación pública del año 2018 y del año 2019, publicada en el BOIB núm. 174 de 21 de diciembre de 2021, por el que hace un total de la puntación de la fase de oposición consistente en que se da un valor de 50 puntos cuando el total de la puntuación de ésta fase tiene que ser de 40 puntos, derivado de la suma de los tres ejercicios obligatorios: primer ejercicio hasta un máximo de 10 puntos, segundo ejercicio hasta a un máximo de 20 puntos y tercer ejercicio hasta a un máximo de 10 puntos, en el sentido que: 

Allí donde dice: “Total puntuación  fase de oposición 50 puntos”. 

Tiene que decir:”Total puntuación fase de oposición 40 puntos”.  

SEGUNDO.- Publicar ésta subsanación de fallo material en el Boletín oficial de las Islas Baleares y en la página web municipal.  

Contra la convocatoria y las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por parte de los interesados ​​recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que las haya aprobado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En caso de no interponer el recurso de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso- administrativa, ante el Juzgado contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB.

 

Palma, (19 de diciembre de 2022)

La jefa de Departamento de Personal p.d. Decreto de Alcaldia núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30 de 04/03/2014) Esperanza Vega Terrón