Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 778180
Notificación de Resolución de desistimiento y revocación parcial a los beneficiarios de las ayudas, Exp. 062, de fecha 24 de noviembre de 2022 al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019
El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan, subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, correspondientes a los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 24 de noviembre de 2022, firmó la siguiente resolución,
“Informe/ Propuesta de Resolución de aceptación de de la solicitud de desistimiento de parte de las inversiones concedidas y revocación parcial del importe de concesión
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 4.1- Ayuda a las Inversiones en las explotaciones agrarias (INEA)
Convocatoria: INEA2019_1
Expediente: INEA2019_1/062
Código DIR3: A04026954
Código SIA: 208246
Código BDNS: 497979
Antecedentes
1.El de 16 de julio de 2015 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 106, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015 (BOIB núm. 185), 22 de junio de 2016 (BOIB núm. 81), 26 de junio de 2018 (BOIB núm. 80), 14 de junio de 2019 (BOIB núm. 80), 2 de marzo de 2020 (BOIB núm. 28), 6 de mayo de 2020 (BOIB núm. 77), 22 de junio de 2020 (BOIB núm. 114), 23 de julio de 2021 (BOIB núm. 101), 19 de noviembre de 2021 (BOIB nº 162), 1 de julio de 2022 (BOIB núm. 87).
2.El 4 de febrero de 2022, el vicepresidente del FOGAIBA, dictó una Resolución de concesión de ayudas para inversiones en las explotaciones agrarias, que se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares número 23, de 12 de febrero de 2022, en la que figura una solicitud, denegada provisionalmente por falta de presupuesto, a favor de FRANCESC GINARD FIOL, con NIF ***4257**, con número de expediente INEA 2019_1/062, por importe de ayuda de 72.815,19 €, un importe de concesión de 43.689,11 € y un plazo de ejecución de 12 meses.
3.Con fecha 1 de julio de 2022 se dictó Resolución de la presidenta del FOGAIBA por la que se modifica la Resolución de 10 de julio de 2015 mediante la cual se convocan, para los años 2015 a 2020, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias. En esta modificación de la Resolución, el apartado noveno, punto 4 permite el incremento de crédito durante el período de 6 meses posteriores a la resolución de la ayuda sin necesidad de convocatoria.
4.El 12 de agosto de 2022, fecha en que finalizó el período de 6 meses para incrementar el crédito.
5.Con fecha 12 de septiembre de 2022 se publicó en la página web del FOGAIBA el requerimiento para la aceptación de la subvención INEA2019 según el cual se podía conceder la ayuda a los expedientes, que por orden de puntuación, figuraban en el anexo I, entra otros, FRANCESC GINARD FIOL con DNI ***4257** y con número de expediente INEA 2019_1/062, por un importe de ayuda de 72.815,19 €, un importe de concesión de 43.689,11 € y un plazo de ejecución de 12 meses. Se concedió un plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del requerimiento para que el interesado se opusiera a la concesión de la ayuda y que en caso de no hacerlo se daría por aceptada la propuesta, se dictaría el acto de concesión y se procedería a su notificación.
6.El 16 de septiembre de 2022, con registro de entrada núm. 526034, y día 18 de noviembre de 2022 con registro de entrada 681698/2022 la persona indicada en el apartado anterior ha presentado dos solicitud de desistimiento de parte de las inversiones, concretamente de «puerta corredera, placa fibrocemento, teja, cumbrera morterada, red de seguridad, movimiento de tierra, solera, bloque, etc» honorarios y tasa ayuntamiento; por importe de 38.312,55 €.
7.El importe de la ayuda solicitada era de 72.815,19 € y descontando el importe de 38.312,55 € de los desistimientos solicitados por el beneficiario queda un importe solicitado de 34.502,64 €. Con el 60% de nivel de ayuda, queda un importe de ayuda concedida de 20.701,58€. Por tanto, se deben revocar un total de 22.987,53 €, tal y como se especifica en el anexo de esta resolución.
8.Dado todo esto, se propone aceptar el desistimiento de las inversiones y revocar parcialmente la ayuda concedida al beneficiario como se indica en el anexo adjunto de esta resolución.
Consideraciones jurídicas
1.Resolución de 10 de julio de 2015 el Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015, 22 de junio de 2016, 26 de junio de 2018, 2 de marzo de 2020 y 6 de mayo de 2020.
2. Orden del Conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
3 Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Propuesta de Resolución
Por todo ello, se informa favorablemente del cambio de inversión y se propone al vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1.Aceptar el desistimiento parcial de las inversiones.
2. Revocar parcialmente la ayuda concedida al beneficiario detallado en el anexo adjunto, que es un total de 1 expedientes y que comienza y termina por FRANCESC GINARD FIOL y por el importe indicado en el anexo de esta resolución.
3. Notificar esta resolución a las personas interesadas mediante la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La tècnica gestora de la línia |
El cap de negociat d'Ajudes al Desenvolupament Rural |
El cap de servei d'Ajudes Directes de la PAC |
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Mª Isabel Jiménez Vidal |
Jorge M. Company Salaverría Per suplència de la cap de secció XVI d'Ajudes al Desenvolupament Rural (BOIB núm. 18, de 03/02/2022) |
Juan Ramis Ripoll Per suplència del cap del Servei d'Ajudes al Desenvolupament Rural (BOIB núm. 160, de 20/11/2021) |
Conforme con la propuesta, dicto resolución El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, |
Fernando Fernández Such” |
ANEXO MODIFICACIÓN INVERSIONES Y REVOCACIÓN PARCIAL DE LA CONCESIÓN INEA2019_1/062
TITULAR |
NIF |
NºEXPEDIENTE |
INVERSIÓN |
NIVEL AYUDA |
AYUDA |
ANUALIDAD |
COFINANCIAMIENTO_2 |
||
CAIB 32,90 % |
FEADER 53,00% |
AGE 14,10% |
|||||||
FRANCESC GINARD FIOL |
***4257** |
INEA2019_1/062 |
72.815,19 € |
0,6 |
43.689,11€ |
2022 |
14.373,72 € |
23.155,23 € |
6.160,16 € |
34.502,64 € |
0,6 |
20.701,58 € |
2022 |
6.810,82 € |
10.971,84 € |
2.918,92 € |
|||
Importe a revocar |
22.987,53 € |
2022 |
7.562,90 € |
12.183,39 € |
3.241,24 € |
(Firmado electrónicamente: 21 de diciembre de 2022)
El secretario general de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación Jorge Sánchez Fernández Por suplencia del director gerente del FOGAIBA (BOIB núm.151, de 7/11/2019)