Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓ INSTITUT D'INVESTIGACIÓ SANITÀRIA ILLES BALEARS (IDISBA)
Núm. 776428
Resolución del director gerente de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears por la que se convoca un proceso selectivo para la contratación laboral temporal de un puesto de trabajo de personal técnico de grado medio de recursos humanos y proyectos para la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears durante el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva mediante contrato laboral fijo (Núm. ref.: IDISBA L03120003/2022)
El Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), establece en el artículo 15 la competencia para ordenar la inserción de edictos en el BOIB y, en el punto 4, especifica que las instituciones o entes públicos no citados en los tres primeros puntos deben acreditar los órganos y las personas que, de acuerdo con su normativa específica, están facultados para ordenar o solicitar la inserción de textos en el BOIB. Si no hay acreditación específica, se debe entender que corresponde a quien ejerza la representación del órgano, el ente o la institución de que emana el texto.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 27 de los estatutos de la Fundación, la Dirección Gerencia de la Fundación tiene la competencia para desarrollar la política de personal aprobada por el Patronato y, con esta finalidad, seleccionar el personal, suscribir o rescindir los contratos, ejecutar los acuerdos del Patronato en materia de retribuciones, acordar las sanciones, ejercer la dirección superior del personal al servicio de la Fundación y mantener las relaciones con los órganos de representación del personal, además de todas aquellas actuaciones que en esta materia le sean encomendadas, sin perjuicio de las funciones que corresponden a la presidencia.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la convocatoria para la contratación laboral temporal de un puesto de trabajo de personal técnico de grado medio de recursos humanos y proyectos para la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears durante el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva mediante contrato laboral fijo.
Palma, en fecha de la firma electrónica (21 de diciembre de 2022)
El director gerente de la Fundación Sergi Camacho Clavijo
ANEXO 1
Convocatoria del proceso selectivo y posterior contratación laboral temporal de un puesto de trabajo de personal técnico de grado medio de recursos humanos y proyectos para la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears durante el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva mediante contrato laboral fijo
La Fundación tiene encomendadas, entre otras, las funciones de gestionar medios y recursos al servicio de ejecución de programas de investigación clínica, básica y aplicada, el desarrollo tecnológico y la innovación en el campo de la salud.
Para poder llevar a cabo estas funciones, la Fundación necesita efectuar la convocatoria para la contratación de personal técnico de grado medio de recursos humanos y proyectos.
El artículo 23.2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece los criterios que han de seguir los entes públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma en la contratación de personal laboral.
Los artículos 17 y 18 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, disponen que se tienen que aplicar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en las contrataciones.
El Real Decreto Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en la ocupación y la transformación del mercado de trabajo, dispone algunas singularidades en relación con la contratación de carácter temporal en el marco de las administraciones y las entidades del sector público. A este efecto, se ha de tener en cuenta lo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública, con un impacto directo e inmediato en esta materia, podemos concluir que del juego de las diferentes normas se ha configurado un nuevo sistema de contratación laboral temporal con algunas singularidades relevantes con respecto de la situación anterior.
En el ámbito del sector público, la disposición adicional cuarta del Real Decreto Ley 32/2021 establece que se pueden suscribir contratos de sustitución para la cobertura temporal de un puesto de trabajo hasta que finalice el proceso de selección para la cobertura definitiva, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad y en los términos establecidos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública.
La remisión expresada en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, hace que no opere la duración máxima establecida en el régimen común para estos contratos temporales de sustitución; es decir, mientras dure el proceso de selección o promoción y, como máximo, tres meses o menos si así lo dispone el convenio colectivo. Así pues, es necesario considerar que en las administraciones públicas y en su sector público hay que entender que es posible recurrir a esta modalidad contractual temporal no solo hasta que finalice el proceso de selección (incluyendo la promoción interna), sino también hasta que finalice el proceso de provisión del puesto de trabajo para su cobertura definitiva.
Con respecto a la duración de estos contratos, y ateniéndose a la remisión al régimen de interinidad por vacante del TREBEP, el contrato ha de extinguirse automáticamente al cabo de tres años de su suscripción, salvo que en este plazo de tres años se haya publicado la convocatoria y el proceso selectivo no haya concluido, y en este caso el trabajador interino puede permanecer en la plaza ocupada temporalmente hasta la resolución de la convocatoria. Se ha de tener en cuenta que, de acuerdo con el artículo 70 del TREBEP, la ejecución de la oferta se ha de llevar a cabo en un plazo improrrogable de tres años.
Dada la existencia de un puesto vacante en la relación de puestos de trabajo de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears, dotado presupuestariamente, de «técnico/a titulado medio de recursos humanos y proyectos», con la codificación L03120003, es procedente autorizar su cobertura temporal mientras no se provee reglamentariamente el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva mediante contrato laboral fijo.
Al efecto de formalizar los contratos laborales de duración determinada, se ha de tener en cuenta que la nueva normativa exige expresar en el contrato la causa habilitante de la contratación temporal, las circunstancias concretas que la justifican y su conexión con la duración prevista.
El apartado segundo B del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2007, de modificación del ámbito de aplicación y de determinación del alcance de control del punto 5 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 1995, prevé la contabilidad y la rendición de cuentas de las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en lo referente a la selección del personal de los entes públicos de la Comunidad Autónoma.
Por todo ello, y en el ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 28.1 i de los estatutos fundacionales vigentes,
Convoco
El proceso para la selección y posterior contratación temporal de un puesto de trabajo de personal técnico de grado medio de recursos humanos y proyectos para la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears, con los requisitos, las características y los criterios de selección siguientes:
I. Requisitos de la plaza
No se valorarán los CV de las personas que no cumplan con los requisitos.
II. Funciones
Proceso de contratación:
Personal propio:
Política laboral de la entidad.
Otras funciones:
III. Presentación de solicitudes
Las solicitudes se pueden presentar en el registro físico de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears (Carretera Valldemossa, 79, Son Espases, Edificio S, primera planta) o mediante el correo electrónico del Departamento de Recursos Humanos (idisba.rrhh@ssib.es) 1
El plazo de recepción de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria.
Las personas aspirantes deberán presentar junto con la solicitud la documentación acreditativa de los requisitos y de los méritos que aleguen en la forma que establecen estas bases. No se podrá valorar ningún mérito que no se haya acreditado con la aportación de la documentación correspondiente dentro del plazo de presentación de solicitudes.
1 Los documentos adjuntos al correo electrónico tienen que estar en formato PDF y comprimidos a un único ZIP.
IV. Admisión de las personas aspirantes
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y de documentación relativa a los requisitos para participar en el procedimiento de selección, se publicará una resolución, en la página web de la Fundación, mediante la cual se aprueba la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con la indicación de las causas de exclusión.
Las personas aspirantes excluidas u omitidas dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de la resolución provisional, para subsanar los defectos o adjuntar la documentación que sea preceptiva. En el caso de no subsanar o adjuntar la documentación indicada, se entenderá que desisten en su solicitud.
Finalizado el plazo indicado en el párrafo anterior, se dictará una resolución por la que se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo, con las instrucciones para que quien desee proceder con la entrevista pueda confirmar su asistencia. Se abrirá un plazo de 3 días hábiles para presentar alegaciones de las puntuaciones obtenidas en la lista definitiva.
V. Reserva a favor de las personas con discapacidad
Existe en el IdISBa una reserva del 7 % de los lugares de trabajo para personas con discapacidad, según el Real Decreto Ley 5/2015 del TREBEP. No obstante, esta plaza no está reservada para este fin.
VI. Tribunal calificador
El tribunal calificador puede declarar, previo informe motivado, la convocatoria desierta a causa de la falta de adecuación de candidatos y candidatas.
VII. Resolución de la convocatoria y publicación de la bolsa
Una vez que finalice el proceso selectivo, el tribunal calificador elaborará una resolución definitiva de todas las personas aspirantes que sean parte del proceso selectivo, por orden de puntuación obtenida. Dicha resolución será publicada en la página web de la Fundación.
La contratación de la persona aspirante más idónea se hará de acuerdo con el orden de prelación.
La duración de la bolsa de trabajo será de dos años desde su fecha de publicación.
VIII. Modalidad de contratación
Tipo de contrato: contrato laboral temporal de interinidad mientras no se provee reglamentariamente el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva mediante contrato laboral fijo, a formalizar con el candidato seleccionado a tiempo completo (37.5 horas semanales), de lunes a viernes.
Remuneración bruta anual: 32 327,15 euros (pagas extraordinarias incluidas).
Ubicación del puesto de trabajo: IdISBa, edificio S, Hospital Universitario Son Espases.
IX. Acreditación de requisitos y méritos
Los requisitos y méritos que aleguen las personas aspirantes se tienen que acreditar mediante la presentación de copia o copia compulsada de la siguiente documentación.
a) Experiencia profesional: mediante certificado firmado por la persona responsable de la entidad donde se han prestado los servicios con especificación del tiempo de experiencia en los diferentes ámbitos que se valoran en esta convocatoria. En caso de no ser posible, se tendrá que presentar el contrato y la vida laboral.
b) Titulación académica: copia de ambas caras del título.
c) Cursos, seminarios, becas, etc.: copia de los certificados o diplomas acreditativos de los cursos que se han llevado a cabo, con expresión del número de horas de duración de la acción formativa.
d) Conocimientos orales y escritos de idiomas: mediante copia de certificado expedida por el órgano competente (EOI, Consejería, UIB u otras universidades o centros de acreditación de reconocido prestigio).
e) Publicaciones: copia de la primera página de la publicación o referencia bibliográfica identificativa de la publicación y de su autoría.
Los méritos se tienen que acreditar con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Las personas aspirantes han de presentar todos los documentos acreditativos de sus méritos ordenados de acuerdo con los apartados del baremo de méritos y numerados correlativamente (junto con el autobaremo que acompaña a estas bases).
La documentación acreditativa de todos los méritos se tiene que presentar junto con la solicitud. En caso de haber presentado inicialmente copias no compulsadas, en la entrevista se tendrá que presentar la documentación original acreditativa de todos los méritos.
X. Proceso de selección
Valoración de méritos acreditados por las personas aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo, además de una entrevista personal:
1. Experiencia profesional en tareas propias del lugar de trabajo (3 puntos máx.)
2. Otras experiencias laborales relacionadas con el puesto de trabajo (2 puntos máx.)
3. Formación relacionada con el puesto de trabajo (4 puntos máx.)
4. Idiomas (1 punto máx.)
5. Entrevista personal (1 punto máx.)
La entrevista versará sobre temas relacionados con la presente oferta de trabajo. La persona candidata tendrá que aportar en la entrevista los documentos originales para poder cotejarlos en caso de no haberlos aportado ya cotejados previamente junto con la solicitud.
El día y la hora de la entrevista se publicarán en la web de la Fundación: www.idisba.es. La persona candidata ha de confirmar la realización de la entrevista para que le sea adjudicada una hora concreta. En caso de que la entrevista se realice virtualmente, la documentación original tendrá que ser presentada cuando así lo solicite el Departamento de Recursos Humanos. La no realización de la entrevista supondrá la exclusión del proceso selectivo.
XI. Recursos
El orden jurisdiccional social es el competente para resolver controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que se pueda interponer otro recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social.
Palma, en fecha de la firma electrónica (21 de diciembre de 2022)
El director gerente de la Fundación Sergi Camacho Clavijo
ANEXO 2
Formulario de inscripción para la convocatoria del proceso selectivo y posterior contratación de personal técnico de grado medio de recursos humanos y proyectos de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears
Nombre: Apellidos:
DNI/NIE:
Dirección:
Teléfono de contacto:
Correo electrónico:
EXPONGO
Que he tenido conocimiento de la convocatoria para la selección y posterior contratación de personal técnico de grado medio de recursos humanos y proyectos de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears.
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA
DECLARO
Así, por todo lo expuesto,
SOLICITO
Mi admisión para formar parte del proceso selectivo y posterior contratación de personal técnico de grado medio de recursos humanos y proyectos de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears.
Palma, _________________________
Firma
ANEXO 3 AUTOEVALUACIÓN DE MÉRITOS
Convocatoria del proceso selectivo para la contratación de personal técnico de grado medio de recursos humanos y proyectos de la Fundación IdISBa |
||||
NOMBRE |
|
PUNTOS MÁX. |
PUNTOS |
DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ADJUNTA* |
1. EXPERIENCIA PROFESIONAL |
3 |
|
|
|
Gestión de recursos humanos en el ámbito de la investigación sanitaria (0.15 p./mes) |
3 |
|
|
|
Gestión de recursos humanos en el ámbito de la administración pública o SPI (0.10 p./mes) |
2 |
|
|
|
Gestión de recursos humanos en el ámbito del sector privado (0.05 p./mes) |
1 |
|
|
|
2. OTRAS EXPERIENCIAS RELACIONADAS CON EL PUESTO DE TRABAJO |
2 |
|
|
|
Gestión de proyectos de investigación en el ámbito del sector público en centro de investigación sanitaria (0.1 p./mes) |
1.5 |
|
|
|
Gestión de proyectos de investigación en el ámbito del sector privado (0.03 p./mes) |
1 |
|
|
|
Experiencia con la aplicación informática Fundanet (0.05 p./mes) |
0.5 |
|
|
|
3. FORMACIÓN RELACIONADA |
4 |
|
|
|
Máster oficial en Gestión de Recursos Humanos en las Organizaciones (2 p.) |
2 |
|
|
|
Grado adicional o máster relacionado con el puesto de trabajo (1 p.) |
1 |
|
|
|
Formación complementaria específica y relacionada |
1 |
|
|
|
Conocimiento de herramientas ofimáticas (0.05 p./10 h) |
1 |
|
|
|
Formación en perspectiva de género, igualdad o atención a la diversidad (0.05 p./10 h) |
0.5 |
|
|
|
Formación en prevención de riesgos laborales (0.05 p./10 h) |
0.5 |
|
|
|
4. CONOCIMIENTOS DE IDIOMAS |
1 |
|
|
|
B2 de inglés (0.25 p.) |
0.25 |
|
|
|
C1 o superior de inglés (0.5 p.) |
0.5 |
|
|
|
C2 de catalán (0.5 p.) |
0.5 |
|
|
|
Lenguaje administrativo [LA] (0.5 p.) |
0.5 |
|
|
|
Otros idiomas europeos (0.1 p./B y 0.25 p./C) |
1 |
|
|
|
5. ENTREVISTA |
1 |
|
|
|
TOTAL |
|
* Es necesario especificar con claridad cada uno de los documentos acreditativos que se adjuntan a la solicitud para el correcto cómputo de los puntos. (Ej.: certificado B2 inglés de la EOI).