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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 773587
Acuerdo del Consell executiu de día 7 de diciembre de 2022 relativo a la aprobación del expediente administrativo núm. 5/2022 de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS)

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Texto

En la sesión ordinaria del Consell executiu de esta Corporación, celebrada el día 7 de diciembre de 2022, se aprobó la propuesta de acuerdo de la Presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS), de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del IMAS (expediente administrativo núm. 5/2022), la cual se transcribe a continuación:

 

Propuesta de acuerdo

Primero. MODIFICAR las Relaciones de puestos de trabajo del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales en el sentido que consta en el anexo que se adjunta a esta propuesta, y que objeto del expediente administrativo de Modificación de RPT 5-2022 con efectos jurídicos y económicos a partir del día 1 de enero de 2023.

Segundo. ORDENAR la publicación de esta modificación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares que entrará en vigor el día 1 de enero de 2023 y la publicación del texto consolidado de la RPT en la Sede Electrónica del Consejo Insular de Mallorca.

Tercero. Esta modificación tendrá efectos jurídicos y económicos el día 1 de enero de 2023.

Cuarto. REMITIR copia de esta modificación a la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 66.2 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, recurso de alzada ante el Pleno del Consejo de Mallorca, dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Contra la desestimación exprés del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, en la fecha de firma electrónica del documento (19 de diciembre de 2022)

La consejera ejecutiva de Derechos Sociales y presidenta del IMAS

Sofia Alonso Bigler

Documentos adjuntos