Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 773137
Aprobación definitiva de la propuesta de modificaciones, competencia del Pleno de la Corporación, en el presupuesto del Consejo Insular de Menorca del ejercicio 2022 (MC021). (Exp. 0426-2022-000021)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Aprobado inicialmente por el Pleno del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de 21 de noviembre de 2022, el acuerdo que incluye las siguientes modificaciones presupuestarias:

- Expediente de suplemento de créditos 1/2022 del Instituto Menorquín de Estudios, financiado con cargo al remanente de tesorería para gasto general según la liquidación del presupuesto del ejercicio 2021, según se detalla en la memoria que consta en el expediente 0426/2022/000021 y que se resume en la siguiente tabla:

Aplicación

Descripción

Suplemento 1/2022

Financiación

1-4635-6230000

Dron DJI Mavic Fly More Combo con cámara semiprofesional

2.654,40

 

1-4630-6260000

Renovación equipo informático

2.016,09

 

1-4630-6410000

Aplicaciones informáticas

1.365,07

 

1-4630-6250000

Sillas de oficina

4.500,00

 

1-4635-2312000

Sobrecoste combustible

10.611,00

 

1-4635-2279910

Sobrecoste proyecto Ocupación del Suelo Ibiza

11.325,84

 

870.00

Remanente tesorería gastos generales

 

32.472,40

 

TOTAL

32.472,40

32.472,40

- Adición al Anexo II de la base de ejecución 22a del vigente presupuesto del Consejo Insular de Menorca de la siguiente ayuda nominativa, con arreglo a la memoria que consta en el expediente:

  • Subvención, con cargo al programa presupuestario 23134, Promoción y Atención a las Personas Mayores Dependientes y Envejecimiento Activo (aplicación presupuestaria 3-23134-7800000), a favor del Club de Jubilados y Pensionistas Entidad Cultural de Maó, por un importe máximo de 150.000,00 €, con el objetivo de contribuir a la adquisición del inmueble de la sede de la entidad en el local ubicado en la calle Vassallo 33 de Maó.

Publicado el pertinente anuncio en el BOIB núm. 154, de fecha 26-11-2022, en el tablón de edictos y en la página web del Consell Insular, y transcurrido el plazo de 15 días hábiles, legalmente establecido, sin que se haya presentado ningún tipo de reclamación;

De conformidad con el arte. 177, en relación con el 169, del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley que regula las Haciendas Locales, se entiende definitivamente aprobado el citado expediente.

Visto el presupuesto inicial del IME para el año 2022 (aprobación definitiva BOIB 03/02/2022), el presupuesto resultante del IME a 21/12/2022 también incluye la transferencia de créditos (MC001) aprobada por Decreto de Presidencia 12/2022 (26/07/2022).

Se publica a continuación el presupuesto resultante:

Presupuesto resultante

 

Ingresos

Gastos

Cap. 1

0,00 €

692.824,10 €

Cap. 2

0,00 €

539.642,74 €

Cap. 3

98.000,00 €

0,00 €

Cap. 4

1.194.130,00 €

20.600,00 €

Cap. 5

0,00 €

0,00 €

Subtotal ordinarios

1.292.130,00 €

1.253.066,84 €

Cap. 6

0,00 €

15.535,56 €

Cap. 7

0,00 €

55.000,00 €

Subtotal inversiones

0,00 €

70.535,56 €

Subtotal no financieros

1.292.130,00 €

1.323.602,40 €

Cap. 8

32.472,40 €

1.000,00 €

Cap. 9

0,00 €

0,00 €

Subtotal financieros

32.472,40 €

1.000,00 €

Financiación financiera

31.472,40 €

 

Total

1.324.602,40 €

1.324.602,40 €

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos oportunos, al mismo tiempo se hace saber que contra el acuerdo precedente, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación del presente edicto en el BOIB, recurso contencioso administrativo delante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears; todo esto sin perjuicio que se pueda utilizar cualquiera otro recurso que se estime procedente en derecho.

Todo la anterior de acuerdo con el artículo 171 del RD Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales y la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contenciosa administrativa.

Por último, procede indicar que la interposición de los recursos pertinentes no suspende la eficacia de la resolución impugnada ni interrumpe los plazos que se puedan derivar, salvo que la autoridad competente lo acuerde expresamente.

 

Maó, 21 de diciembre de 2022

Por delegación de la presidenta La secretaria Rosa Salord Oleo (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)