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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 767611
Resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal de aprobación del Convenio entre el Consejo Insular de Eivissa y el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu para impulsar el fomento del espíritu emprendedor en Eivissa por la promoción de políticas activas de empleo, la promoción económica y el desarrollo local del año 2022 FORUM INGENION 2022

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Texto

En fecha 7 de noviembre de 2022, la consejera ejecutiva dictó la resolución núm. 2021000134 de aprobación del Convenio entre el Consejo Insular de Eivissa y el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu para impulsar el fomento del espíritu emprendedor en Eivissa por la promoción de políticas activas de empleo, la promoción económica y el desarrollo local del año 2022 FORUM INGENION 2022, siguiente:

“(…)

PRIMERO.- APROBAR y suscribir el Convenio entre el Consejo Insular de Eivissa y el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu para impulsar el fomento del espíritu emprendedor en Eivissa para la promoción de políticas activas de empleo, la promoción económica y el desarrollo local – INGENION 2022 con CSV XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.

SEGUNDO.- APROBAR la dotación económica de la subvención por un importe total máximo de diez mil euros (10.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 4220.46206 del vigente presupuesto en el Ayuntamiento de Santa Eulària con CIF P0705400J.

TERCERO.-.PUBLICAR el presente convenio en el Boletín oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la Base Nacional de Datos de Subvenciones (BNDS), una vez se haya aprobado, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el Portal de transparencia del Consejo Insular de Eivissa (http://transparencia.conselldeivissa.info), de conformidad con lo establecido en los artículos 5.4 y 8.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

CUARTO.- DAR cuenta de la aprobación del presente convenio al próximo Consejo Ejecutivo que se celebre.

(…)"

 

Ibiza, (Firmado electrónicamente: 22 de diciembre de 2022)

La jefa de sección de Industria del Departamento de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal Olga Torres Ribas

 

 

CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE EL CONSEJO INSULAR DE IBIZA Y EL AYUNTAMIENTO DE SANTA EULALIA DES RIU PARA IMPULSAR EL FOMENTO DEL ESPÍRITU EMPRENDEDOR EN EIVISSA PARA LA PROMOCIÓN DE POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO, LA PROMOCIÓN ECONÓMICA Y EL DESARROLLO LOCAL DEL AÑO 2022 FORUM INGENION 2022

Ibiza, 9 d noviembre de 2022

REUNIDOS

María Fajarnés Costa, consejera ejecutiva de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal del Consejo Insular de Eivissa (CIF S0733001B), (en adelante Consell) nombrada por Decreto de Presidencia nº 472/2019 publicado en el BOIB núm. 95, de 11-7-2019), actuando en nombre y representación del Consell Insular de Eivissa, todo de conformidad con lo que disponen el artículo 33.2 i) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, y el artículo 72 del Reglamento orgánico del Consell Insular de Eivissa, y el apartado primero letra b del Decreto de Presidencia núm. 2019000484, de fecha 16-7-2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consejo Insular de Eivissa (BOIB núm. 98 EXT., de 17-7-2019; modificaciones en el BOIB núm. 175, de 31- 12-2019, BOIB nº 101, de 4-6-2020 y en el BOIB nº 153, de 5-09-2020).

Miguel Tur Rubio, alcalde accidental del Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río (CIF P0705400J) en virtud de la delegación conferida mediante Decreto de Alcaldía de fecha 3/11/2022, en nombre y representación del consistorio de dicho municipio, de conformidad con lo que dispone el artículo 21.1b, en relación con el artículo 23.3 de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

Las partes se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para formalizar el presente Convenio y

MANIFIESTAN

I. Que el Consejo Insular de Eivissa y el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu tienen entre sus finalidades la promoción del empleo estable y de calidad de los ciudadanos y ciudadanas del de toda la isla de Eivissa, mediante, entre otros, el desarrollo de estrategias de promoción económica y desarrollo local y de fomento del espíritu emprendedor, el autoempleo y la creación de empresas.

II. Asimismo, el Consell Insular de Eivissa es competente en materia de cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio insular, de acuerdo con las competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito, según la letra d) del artículo 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

III. Por otro lado, el Ayuntamiento goza de la naturaleza de ente local y tiene plena capacidad y personalidad jurídica independiente para el cumplimiento de sus fines propios y se rige por el principio de cooperación y colaboración, y en su actuación por los criterios de eficiencia y servicio a la ciudadanía.

Asimismo, en lo que se refiere a la competencia de los municipios en materia de desarrollo económico local, el artículo 29 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, prevé: «1. Además de las competencias derivadas de la legislación básica del Estado y del ejercicio de las que puedan ser delegadas por el Estado, por la comunidad autónoma, por los consejos y por otras administraciones, esta ley garantiza a los municipios un núcleo de competencias propias que deben ser ejercidas por estas entidades con plena autonomía, sujeta sólo al control de constitucionalidad y legalidad.

Los municipios de las Illes Balears, en el marco de las leyes, tienen en todo caso competencias propias en las siguientes materias, entre otros: s) Regulación del establecimiento de autorizaciones y promociones de todo tipo de actividades económicas, especialmente las de carácter comercial, artesanal y turístico, en su territorio; t) Desarrollo económico local y promoción turística de su territorio».

IV. El Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río, a través del VIII Foro de Emprendedores Ingenion 2022, da apoyo directo a las personas emprendedoras y pretende ser un punto de encuentro de proyectos, recursos y personas de la isla de Eivissa, en torno a la innovación, en el ámbito profesional y empresarial.

V. Que desde sus inicios, desde hace siete años, el Foro de Emprendedores Ingenion ha trabajado para impulsar el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas, así como de los autónomos con el fin de mejorar su profesionalización. Alrededor de 1767 asistentes entre las siete ediciones, en las que se han presentado 78 proyectos empresariales innovadores.

VI. Que el coste total subvencionable previsto para la realización de este evento es de 21.532,55 € (ANEXO I).

VII. Que es voluntad de ambas instituciones que todos los ciudadanos y ciudadanas de la Isla de Ibiza puedan beneficiarse del VIII Foro de Emprendedores Ingenion 2022, para fomentar el espíritu emprendedor, la innovación, generar conocimiento, atraer talento empresarial, crear una comunidad en torno a la emprendeduría para favorecer la creación y consolidación de las empresas de la isla de Eivissa.

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, establece en su artículo 47.1 que son convenios los acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las administraciones públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes o las universidades públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para una finalidad común.

En otro caso, en el marco de los principios generales que deben regir las relaciones entre las diferentes administraciones públicas de dicha Ley 40/2015, de 1 de octubre, se dispone en el artículo 3 que las administraciones públicas, en sus relaciones , se rigen por los principios de cooperación, colaboración y coordinación, y en su actuación por los criterios de eficacia y servicio efectivo a los ciudadanos.

Y por todo lo expuesto, ambas partes suscriben este Convenio que se rige por las siguientes:

ESTIPULACIONES

Primera.- Objeto del convenio

Es objeto del presente convenio establecer los términos y las condiciones de colaboración entre el Consejo Insular de Eivissa y el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.

Asimismo, este convenio instrumenta la subvención nominativa prevista en los Presupuesto del Consell Insular de Eivissa en el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu del año 2022, de conformidad con lo establecido en el art. 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP) y del art. 22.2a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS) y art. 65 del RD 887/2006, de 21 de julio, mediante el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (RLGS).

Segunda.- Obligaciones de las partes

Ambas partes nos comprometemos a todos los efectos a ejecutar las actividades objeto de este Convenio de conformidad con los principios de buena administración, buena fe y presunción de legalidad.

Además, el Ayuntamiento se compromete a:

a) Organizar, gestionar, difundir y realizar el VIII Foro de emprendedores Ingenion 2022, los días 10 y 11 de noviembre de 2022, en el Centro cultural de Jesús, con el siguiente contenido:

TALLERES “FÓRMATE CON INGENION”

JUEVES 20 DE OCTUBRE. Centro Cultural de Jesús.

11:00 h - 12:30 h "Comunicación eficaz: Existe un lenguaje que va más allá de las palabras".

Formadora: Jimena Ansotegui, periodista especializada en marketing y estrategia digital

El taller pretende dotar a los asistentes de las herramientas esenciales para poder conseguir una comunicación efectiva en su día a día. A través de ejemplos y teorías simples se explicarán cuáles son los elementos necesarios para hacer llegar nuestros mensajes de forma clara y eficaz.

MARTES 25 DE OCTUBRE. Centro Cultural de Jesús.

17:00 h - 18:30 h Taller de marketing.

Formador: Pere Jiménez, ingeniero industrial y licenciado en Investigación y Técnicas de Mercado, jefe del Servicio de Información y Talento Empresarial del Instituto de Innovación Empresarial (GOIB). Profesor de posgrado en la UOC y la UIB.

En este taller se tratarán las bases para diseñar un plan de marketing adaptado a nuestro negocio y revisar lo que ya hayamos realizado para completarlo. Desde la definición de la filosofía/posicionamiento del negocio, pasando por un análisis de mercado en función de los segmentos de clientes, rápido y efectivo hasta las necesarias 7 P del marketing mixto: producto (catálogo), precio (estrategia), canales de venta-distribución (place on-off line), promoción (fidelidad), publicidad (on-off line), proceso (venta-atención) y personal (implicado). El recurso base que utilizaremos en las explicaciones será el de la aplicación de emprende "Plan de empresa online", e invitamos a las personas participantes en el taller a descargarlo y utilizarlo previamente.

 

JUEVES 27 DE OCTUBRE. Centro Cultural de Jesús.

17:00 h - 18:00 h Emprendimiento sostenible.

Formador: César Mayol es el director general de Centros Turísticos Culturales, empresa familiar que se dedica a la promoción y divulgación cultural de Ibiza.

En el taller se tratará el hecho de que la economía y la sostenibilidad no están enfrentadas, se pueden conseguir ingresos responsables y al mismo tiempo tener éxito con tu idea. En este taller se explicarán las claves de cómo llevar a cabo un proyecto sostenible y al mismo tiempo tener éxito.

JUEVES, 3 DE NOVIEMBRE. Centro Cultural de Jesús.

11:00 h - 12:30 h "El reto de la conciliación familiar".

Formadora: Indi Retuerto, pedagoga, educadora social y directora de INDI Centro Pedagógico.

Un taller en el que abordar qué es y qué no es la conciliación. Conoceremos y diferenciaremos entre conciliar y renunciar, como es conciliar en el emprendimiento o en situaciones como divorcios. Veremos cuáles son las claves para intentar conseguir el reto de conciliar; las implicaciones emocionales que comporta el reto de conseguir conciliar y la relación entre conciliar y criar; las dificultades que nos encontramos, cómo influyen en la infancia y qué soluciones podemos encontrar.

Un taller para madres, padres pero también para profesionales con equipo a su cargo. Porque conciliar no es una cuestión de la maternidad o paternidad, conciliar es una cuestión social.

MARTES, 8 DE NOVIEMBRE. Centro Cultural de Jesús.

17:00 h - 18:30 h "Cultura financiera".

Formadora: Sonia Martinez, orientadora del programa y emprende. Atención de consultas sobre los trámites necesarios para iniciar negocio e información sobre convocatorias de subvenciones.

El acceso a la financiación es uno de los principales obstáculos con los que se encuentra la persona emprendedora. En el taller te explicaremos las distintas opciones: ayudas, líneas de crédito y premios. Participa y encontrarás el soporte necesario para impulsar tu negocio.

PROGRAMA INGENION 2022

JUEVES, 10 DE NOVIEMBRE

Conferencias y presentaciones

9:00 Apertura de puertas y entrega de acreditaciones.

9:30 Inauguración de la jornada. Carmen Ferrer, alcaldesa de Santa Eulalia del Río.

9.45 Píldoras de networking. "Emprender sin miedo". Jose Boto.

Estas píldoras cómicas buscarán que el público pierda el miedo a emprender en todas sus fases: comunicación del proyecto, investigación del mismo, puesta en marcha y evolución y crecimiento.

10:00 Presentación de finalistas del concurso “Ingeni Jove 2022”.

11.00 Conferencia: Filosofía para emprender innovando.

Gabriel Molina, consultor de innovación, filósofo y emprendedor.

La innovación se ha erigido en un vector clave de la competitividad y el éxito empresarial y, por tanto, del emprendimiento, el cual puede entenderse como una filosofía de vida. En la conferencia prestaremos atención a la innovación en las ideas filosóficas que dan sentido a la actividad emprendedora.

11:45 Pausa café cortesía de Cafés Ibiza.

12.15 Caso de éxito. "Ludus: la realidad virtual como método de formación".

Mikel Cearsolo, CEO.

13.00 Píldoras de networking: “Emprender sin miedo”. Jose Boto.

Estas píldoras cómicas buscarán que el público pierda el miedo a emprender en todas sus fases: comunicación del proyecto, investigación del mismo, puesta en marcha y evolución y crecimiento.

13.15 Mesa redonda "Ibiza: el camino de un crecimiento sostenible"

Moderador: Juan Mestre, director de Periódico de Ibiza y Formentera.

José Luis Benítez, gerente de la Asociación de Ocio de Eivissa y director de Relaciones Institucionales de Palladium Hotel Group.

Antonio Beneyto, periodista y académico de la Real Academia de la Gastronomía de Eivissa y Formentera.

Frances Llopis, miembro de la junta de IbizaPreservation.

Carmen Matutes, subdirectora general en Palladium Gestió.

David Arraya, general mánager de Six Senses Ibiza.

Carlos Martorell, relaciones públicas, periodista, escritor y fotógrafo.

14:00 Entrega del premio “Ingeni Jove 2022”.

14.15 Finalización de la jornada.

VIERNES 11 DE NOVIEMBRE

Conferencias y presentaciones

9:00 Apertura de puertas y entrega de acreditaciones.

9.15 Píldoras de networking: “Emprender sin miedo”. Jose Boto.

Estas píldoras cómicas buscarán que el público pierda el miedo a emprender en todas sus fases: comunicación del proyecto, investigación del mismo, puesta en marcha y evolución y crecimiento.

9.30 Presentación de finalistas del concurso "Mejor proyecto emprendedor 2022".

11:00 Caso de éxito: “El éxito de la tradición”.

Elisa Pomar, diseñadora.

11:30 Pausa café cortesía de Cafés Ibiza.

12:00 Conferencia: “Los beneficios de conectar”.

Samanta Villar, periodista, escritora y emprendedora.

A lo largo de la conferencia, Samanta va contando y analizando junto con la audiencia, anécdotas de su propia experiencia personal y profesional y como en cada una de estas ocasiones, conectar con las personas le ha llevado a conseguir varios logros a partir de sus métodos. Es una conferencia 100% motivacional e inspiradora. Destinada tanto a empresarios y emprendedores como al público en general, ya que los temas que se abordan se aplican tanto al plan profesional/comercial como al humano.

13.00 Píldoras de networking: “Emprender sin miedo”. Jose Boto.

Estas píldoras cómicas buscarán que el público pierda el miedo a emprender en todas sus fases: comunicación del proyecto, investigación del mismo, puesta en marcha y evolución y crecimiento.

13.15 Entrega del premio "Mejor proyecto emprendedor 2022".

13:25 Bar Costa. Homenaje a empresa local por su larga y exitosa trayectoria empresarial.

13.35 Clausura de la jornada. Miguel Tur Rubio, concejal de Promoción Económica, Hacienda y Economía de Santa Eulària des Riu.

13.45 Aperitivo networking.

14.15 Finalización de la jornada.

b) Hacer frente a los restantes gastos del resultante de este convenio para la ejecución de la actividad subvencionada, con una previsión de gastos por importe de 11.532,55 €.

c) Acreditar ante el Consell Insular de Eivissa la realización de la actividad objeto del Convenio y presentar la documentación justificativa correspondiente de acuerdo con los requisitos y las condiciones que determinan la concesión de la subvención.

d) Comunicar al Consell Insular de Eivissa la obtención, en su caso, de cualquier ayuda económica para la misma finalidad durante la vigencia de este Convenio.

e) Encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Hacienda estatal y autonómica, la Seguridad Social y frente a la Tesorería del Consejo.

f) No incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el artículo 10 de texto refundido de la Ley de subvenciones (de las Islas Baleares), aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

g) Y, en cualquier caso, cumplir con las obligaciones de los beneficiarios previstas en el artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, en relación con el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, genaral de subvenciones.

El Consejo, por su parte, se compromete a:

a) Destinar la cantidad de diez mil euros (10.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 4220.46206, según se prevé en la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2022 para ajustar diversas cuantías económicas previstas en algunas subvenciones, incluir nuevas subvenciones y eliminar otros, correspondientes al Departamento de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal (BOIB número 13 de 30 de enero de 2021).

b) Comprobar el cumplimiento de la adecuada justificación de la subvención, así como de la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

Tercera. Compatibilidad con otras ayudas

Esta aportación es compatible con la concesión de otras ayudas por el mismo concepto por parte de otras entidades públicas o privadas, sin perjuicio de la obligación del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu de comunicarlo al Consell Insular de Eivissa.

En ningún caso el importe de las aportaciones y ayudas recibidas puede superar el coste de la actividad, según el presupuesto que obra en el anexo del presente convenio.

Cuarta.- Pago

El pago de la subvención nominativa del Consell al Ayuntamiento, objeto del presente convenio, se efectuará en un único pago en el plazo máximo de 30 días desde la presentación por parte del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu de la documentación justificativa que se especifica en la estipulación quinta.

Quinta.- Justificación

Para la justificación del Convenio, el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu deberá presentar la siguiente documentación:

1.- Certificado de la secretaría del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu en el que se acredite el conjunto de las obligaciones reconocidas y pagadas en cumplimiento del objeto de este convenio.

El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención en los términos establecidos en el presente convenio o la justificación insuficiente de la misma comportará la reducción proporcional de la parte no ejecutada del presupuesto que figura en el anexo I del convenio, en caso de total incumplimiento, su revocación en aplicación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. las causas de reintegro y el procedimiento para su exigencia deben ser regidas por lo establecido en el artículo 44 del RD Leg. 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones.

2.- Memoria técnica de las actividades realizadas, que deberá especificar los usuarios del servicio indicando los que son residentes del municipio y cuáles son de fuera del municipio.

Esta memoria deberá indicar todas las acciones realizadas y su coste.

La justificación de este convenio se realizará antes del 10 de diciembre de 2022

3.- Si la documentación presentada es incumplida o incorrecta, el servicio responsable pedirá al Ayuntamiento que haga la rectificación oportuna en el plazo improrrogable de (siete) 7 días hábiles.

4.- En ningún caso serán gastos subvencionables, y por tanto, no podrán formar parte del presupuesto subvencionable ni del presupuesto del proyecto los siguientes:

- Gastos que no cumplan los requisitos establecidos por la normativa específica en materia de subvenciones aplicable.

- Los gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, notariales y registrales, los periciales para la realización del proyecto subvencionable.

- Los intereses deudores de las cuentas bancarias, los recargos y sanciones administrativas y los gastos de procedimientos judiciales.

- Los impuestos indirectos, cuando sean susceptibles de recuperación o compensación y los impuestos sobre la renta.

- Los gastos relativos a comidas, tentempiés, servicios de comidas u otros parecidos.

- Los gastos de inversión.

- En ningún caso será gasto subvencionable el impuesto de valor añadido (IVA), excepto el IVA no recuperable cuando sea costeado de forma efectiva y definitiva por el beneficiario.

Si el gasto justificado supera el importe concedido, la posible desviación presupuestaria correrá a cargo de la entidad subvencionada. Si por el contrario, el gasto justificado es inferior al importe del presupuesto solicitado y subvencionado, se reducirá proporcionalmente la subvención concedida.

El Consell Insular de Eivissa podrá inspeccionar las actividades subvencionables, sin perjuicio de las competencias que puedan corresponder, por normativa legal o reglamentaria, a otros organismos o instituciones.

Sexta.- Requisitos de contratación

Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cantidades establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de octubre, de contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/2013/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, para el contrato menor, el Ayuntamiento deberá seguir los trámites y procedimientos previstos en esta ley para su contratación.

Séptima.- Mecanismos de seguimiento

El seguimiento y evaluación del desarrollo de este Convenio, así como la resolución de las incidencias que las partes detecten, se articulará a partir de reuniones de coordinación de carácter técnico promovidas a instancia de cualquiera de las dos partes.

Las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y ejecución de este Convenio se intentarán resolver por mutuo acuerdo de las partes.

Octava.- Modificación del convenio

Cualquier modificación que altere las condiciones establecidas en este Convenio se pactará por acuerdo escrito de las partes. En cualquier caso, el documento en el que se formalice la posible modificación se adjuntará a este Convenio como una adenda.

Novena. Publicidad

El presente Convenio se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones en los términos expresados en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, general de subvenciones (LGS), en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el Portal de Transparencia del Consejo (http://transparencia.conselldeivissa.info), de conformidad con lo establecido en los artículos 5.4 y 8.1 página 8 de 11 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Además, debe enviarse la documentación sobre los convenios a la Sindicatura de Cuentas de conformidad con lo establecido en el artículo 1.2 de la Instrucción relativa al envío a la Sindicatura de Cuentas de la información sobre los convenios formalizados por las entidades del sector público local de las Islas Baleares (BOIB núm. 161, de 24-12-16), en relación con el artículo 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público .

 

​​​​​​​Décima.- Difusión de la colaboración del Consell Insular

El Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu se compromete a que en los carteles, anuncios, folletos, stands y en todo el material relativo a las actividades objeto de este convenio figurará expresamente la colaboración del Consell Insular de Eivissa, y el su logotipo.

También hará constar esta colaboración en su memoria anual.

Undécima.- Reintegro y revocación de la ayuda

Si con la documentación presentada no se llega a justificar el 100% del gasto previsto para la actividad objeto del Convenio, la ayuda se reducirá proporcionalmente al gasto justificado, de modo que la ayuda cubra sólo los gastos correctamente justificados.

El incumplimiento de la obligación de justificar la finalidad de la ayuda económica recibida en la forma y los plazos establecidos supondrá, además de la revocación, la imposibilidad de recibir ayudas del Consell mientras no se realice la devolución del importe reclamado .

Si durante la instrucción del expediente o en el transcurso de los cuatro años posteriores a la concesión de la ayuda se observaran incumplimientos parciales o totales de las actividades objeto de este Convenio, el importe subvencionado podrá ser sometido a reintegro. En este sentido, de conformidad con el artículo 17.3.n de la Ley general de subvenciones, en relación con el artículo 37.2 de la misma ley, se establecen los siguientes criterios de graduación del posible incumplimiento material de la actividad objeto de esta subvención, y siempre que los beneficiarios acrediten una actuación inequívoca tendente a la satisfacción de sus compromisos:

GRADO DE CUMPLIMIENTO MATERIAL

PORCENTAJE A REINTEGRAR

70-74 %

15 %

75-79 %

12 %

80-84 %

9 %

85-89 %

6 %

90-94 %

3 %

95-99 %

0 %

El órgano instructor aplicará estos criterios para determinar la cantidad que finalmente tendrá que percibir la entidad beneficiaria, o en su caso, el importe a reintegrar.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 43 del texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, se revocará la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión válida y ajustada a derecho, el beneficiario incumpla total o parcialmente las obligaciones o compromisos contraídos a los que está condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención. En tal caso, quedará sin efecto el acto de concesión, como consecuencia de la revocación, y procederá reintegrar total o parcialmente la ayuda recibida por la entidad beneficiaria y, en su caso, la exigencia del interés de demora, en los casos previstos en el artículo 44 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.

El reintegro se realizará por el procedimiento regulado por las disposiciones generales sobre procedimientos administrativos contenidas en el título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de las especialidades que se establecen en la Ley general de subvenciones y en el RLGS, en el que debe garantizarse la audiencia a las entidades interesadas. Las cantidades reintegrables tendrán la consideración de ingresos de derecho público y podrán ser exigidas por la vía de apremio.

El régimen de infracciones y sanciones administrativas aplicables será el establecido en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el título V del texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre. Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades penales o civiles en las que pueda incurrirse.

Duodécima.- Régimen jurídico y jurisdicción competente

Este Convenio de colaboración tiene la naturaleza que prevé el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, y por tanto, está excluido del ámbito de su aplicación, y se debe regir por sus cláusulas, y en todo lo no previsto en el presente Convenio, por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, y por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.

En la realización de las actividades objeto de este Convenio deben observarse las prescripciones contenidas en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos y garantía de los derechos digitales, en el Reglamento (UE) 2016/ 679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que se refiere al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/ CE (Reglamento general de protección de datos) (DOUE 4-5-2016), y en el resto de legislación vigente en materia de protección de datos personales, que sea de aplicación.

Las partes que suscribimos este Convenio nos comprometemos a intentar resolver en común las diferencias que puedan surgir en su aplicación y su interpretación. Pero si esto no fuera posible, las cuestiones litigiosas que puedan afectar a la interpretación y ejecución del presente Convenio serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Decimotercera.- Vigencia

El presente Convenio de Colaboración tendrá vigencia desde la fecha de su firma hasta el día 31 de enero de 2023, y no se contempla en ningún caso su prórroga.

Y, en prueba de conformidad, ambas partes firman este documento.

 

Por el Consejo Insular de Eivissa                                        Por el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu

La consejera ejecutiva del Departamento                            L'Alcalde accidental. En virtud de la delegación concedida de Promoción Económica y Empresarial,                            por Decreto de Alcaldía de fecha 3 de noviembre de 2022 Maria Fajarnés Costa                                                           Miguel Tur Rubio                                                                                  

                                                      

 

ANEXO I PREVISIÓN DE GASTOS E INGRESOS (€)

Dicho fòrum de emprendedores Ingenion 2022, tendrá una relación de gastos e ingressos:

GASTOS

INGRESOS

21.532,55 €

VIII FÒRUM DE EMPRENDEDORES INGENION 2022

11.532,55 €

FONDOS PROPIOS AYUNTAMIENTO DE SANTA EULALIA DEL RIO

10.000,00 €

SUBVENCIÓN SOLICITADA CONSELL INSULAR D'EIVISSA

TOTAL, GASTOS:

21.532,55 €

TOTAL,INGRESOS:

21.532,55 €

 

 

 

 

 

GASTOS INGENION 2022

 

COSTE

IVA

IRPF

TOTAL

20/10/2022 TALLER COMUNICACIÓN EFECTIVA: EXISTE UN LLENGUAJE QUE VA MAS ALLA DE LA PALABRAS

SOLUCIONES INTERNET BURGOS, S.L. (JIMENA ANSOTEGUI)

500,00 €

105,00 €

 

605,00 €

27/10/2022 TALLER EMPRENDEDURIA SOSTENIBLE

CENTROS TURÍSTICOS CULTURALES, S.L. (CESAR MAYOL)

500,00 €

105,00 €

 

605,00 €

03/11/2022 TALLER EL RETO DE LA CONCILIACIÓN FAMILIAR

INDI RETUERTO GARCÍA (INDI CENTRO PEDAGÓGICO IBIZA)

412,00 €

0,00 €

61,80 €

412,00 €

PILDORAS NETWORKING

JOSE BOTO DE LA CASA

400,00 €

84,00 €

60,00 €

484,00 €

CONFERENCIA FILOSOFIA PARA EMPRENDER INNOVADO

GABRIEL MOLINA MARÍ

850,00 €

178,50 €

127,50 €

1.028,50 €

REDES SOCIALES + STREAMING TALLERES

GERARD FELIP DÍEZ

3.500,00 €

735,00 €

525,00 €

4.235,00 €

CONTRACTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES EXTERNOS QUE DEN SOPORTE AL DEPARTAMENTO PARA LA CREACIÓN, DESARROLLO Y GESTIÓN DEL FÒRUM PARA PERSONAS EMPRENDEDORAS INGENIÓN 2022 + PRESENTACIÓN DE LAS 2 JORNADAS

IMAM COMUNICACIÓN

6.100,00 €

1.281,00 €

7.381,00 €

7.381,00 €

FOTOGRAFIAS + VÍDEO RESUMEN

IBIZA NEVER CLOSE (SERGIO GARCÍA CAÑIZARES)

1.900,00 €

399,00 €

285,00 €

2.299,00 €

 

PERSONAL TÉCNICO INGENIÓN MONTAJE Y T´`ECNICOS DE SONIDO Y LUZ DIAS 10 Y 11 DE NOVIEMBRE

 

FUERA DE ESCENA IBIZA S.L.

3.105,00

652,05 €

0,00 €

3.757,05 €

CARTEL OPI IMPRESIÓN DE 10 MÓDULOS OPIS 1,20 X 1,75 m (a cuatricromía situados en el municipio de Santa Eulària des Riu)

IBIZA PUBLICIDAD, S.A.

600,00 €

126,00 €

0,00 €

726,00 €

TOTAL

 

 

 

 

21.532,55 €