Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA
Núm. 773232
Aprobación de la modificación de la oferta pública para el año 2022, ordinaria y extraordinaria de la plantilla del Ayuntamiento de Capdepera
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
1. ANTECEDENTES
1.1. Por acuerdo del Pleno de fecha 2 de diciembre de 2021, se aprobó, junto con el Presupuesto Municipal, la plantilla de este Ayuntamiento para el año 2022, siendo publicadas íntegramente en el BOIB número 15, de 29 de enero de 2022.
1.2. Vistos los informes elaborados por los departamentos de Secretaría, Recursos Humanos e intervención, de fecha 24 de mayo de 2022.
1.3 Negociadas las bases en el seno de las Mesas de Negociación de los empleados públicos de este Ayuntamiento y visto el acuerdo conseguido de fecha 23 de mayo de 2022.
1.4. La oferta de ocupación pública publicada en el BOIB número 68 de 26 de mayo de 2022, a consecuencia de unos errores detectados se ha tenido que modificar.
1.5. Vistos los informes elaborados por los Departamentos de Secretaría, Recursos Humanos e Intervención, de fecha 21 de diciembre de 2022.
1.6. Negociadas las modificaciones de la oferta en el seno de las Mesas de Negociación de los empleados públicos de este Ayuntamiento y visto el acuerdo conseguido el 21 de diciembre de 2022.
2. FUNDAMENTOS DE DERECHO
2.1. De conformidad con lo que dispone el artículo 21.1.g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, aprobar la oferta de ocupación pública de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas.
2.2. De acuerdo con el artículo 2 y la disposición adicional sexta, de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública, plazas ocupadas ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020. Plazas reuniendo los requisitos anteriores, habrían sido ocupadas con carácter temporal de manera ininterrumpida con anterioridad al 1 de enero de 2016. Y plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de manera temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016.
3. RESOLUCIÓN
Por todo esto, en uso de las atribuciones que legalmente tengo atribuidas,
RESUELVO
PRIMERO. Aprobar la siguiente modificación de la oferta de ocupación pública para el año 2022, ordinaria y extraordinaria, publicada en el BOIB número 68 de 26 de mayo de 2022, siguiente:
- Donde dice:
CORRESPONDIENTE A LA OFERTA ORDINARIA
PERSONAL FUNCIONARIO
- Grupo C1 (art. 76 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público). Clasificación: Escala Administración General. Subescala Técnica. Nivel de complemento de destino: dieciocho. Número de vacantes: UNA. Denominación: ADMINISTRATIVA COORDINADORA DE LA OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO.
- Tiene que decir:
CORRESPONDIENTE A LA OFERTA EXTRAORDINARIA
PERSONAL FUNCIONARIO
- Plazas que reúnen los requisitos de la Disposición adicional sexta:
- Grupo C1 (art. 76 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público). Clasificación: Escala Administración General. Subescala Técnica. Nivel de complemento de destino: dieciocho. Número de vacantes: UNA. Denominación: ADMINISTRATIVA COORDINADORA DE LA OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO.
SEGUNDO. Incluir en la oferta ordinaria las siguientes plazas:
CORRESPONDIENTE A LA OFERTA ORDINARIA
PERSONAL FUNCIONARIO
- Grupo A1 (art. 76 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público). Clasificación: Escala Administración Especial. Subescala Técnica. Nivel de complemento de destino: veinticinco. Número de vacantes: UNA. Denominación: TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL ÁREA ECONÓMICA.
- Grupo A1 (art. 76 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público). Clasificación: Escala Administración Especial. Subescala Técnica. Nivel de complemento de destino: veinticinco. Número de vacantes: UNA. Denominación: TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL ÁREA JURÍDICA.
- Grupo A2 (art. 76 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público). Clasificación: Escala Administración Especial. Subescala Técnica. Nivel de complemento de destino: veinte. Número de vacantes: UNA. Denominación: TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL TÉCNICO INFORMÁTICO.
TERCERO. Dar cuenta de esta resolución al Pleno en la siguiente sesión que se lleve a cabo.
CUARTO. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de las Islas Baleares (BOIB).
Capdepera, 21 de diciembre de 2022
El alcalde Rafel Fernández Mallol