Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 765975
Elevación a definitiva de la Ordenanza reguladora del precio público para la prestación de servicios en el Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Consell Insular de Formentera, en sesión de carácter Ordinario de 25 de noviembre de 2022, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

“2.5.- PRP2022/786. DAR CUENTA AL PLENO DE LA ELEVACIÓN A DEFINITIVA DE La ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS AL ESPACIO EMPRESARIAL DEL ÁREA DE DESARROLLO LOCAL DEL CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

El secretario da cuenta de la elevación a definitiva del reglamento que regula el acceso y uso del espacio empresarial del Área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera.

“DAR CUENTA AL PLENO DE La ELEVACIÓN A DEFINITIVA DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS AL ESPACIO EMPRESARIAL DEL ÁREA DE DESARROLLO LOCAL DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA

El secretario da cuenta, conforme al artículo 161 del Reglamento orgánico del Consell Insular, de la elevación a definitiva de la aprobación inicial de la Ordenanza reguladora del precio público para la prestación de servicios al Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera.

La tramitación de este expediente se inició mediante acuerdo de la Junta de Gobierno del Consejo Insular de Formentera de fecha 25 de agosto de 2022 por el cual se acordó el inicio del procedimiento para la aprobación de la Ordenanza reguladora del precio público para la prestación de servicios al Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera y, a la vegada, se aprobó la consulta pública previa a la aprobación del reglamento por parte del Pleno de la corporación. Posteriormente, por acuerdo del Pleno de la corporación en sesión de 30 de septiembre de 2022, se aprobó inicialmente la Ordenanza reguladora del precio público para la prestación de servicios al Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consejo Insular de Formentera, y se procedió a su exposición pública, mediante anuncio al Boletín Oficial de las Islas Baleares número 137 de fecha 22 de octubre de 2022, y al Tablero virtual de anuncios de la página web del Consell www.conselldeformentera.cat También se dio audiencia a las personas interesadas en los plazos indicados, tal y como consta al expediente.

Finalizado el plazo de exposición pública y considerando que, tal como se desprende de la comunicación del Registro General de Entrada de fecha 22 de noviembre de 2022, no consta que se hayan registrado alegaciones hasta la fecha señalada.

En consecuencia, hay que estar al siguiente:

Único. Considerar aprobada definitivamente la Ordenanza reguladora del precio público para la prestación de servicios al Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera, en conformidad con el acuerdo del Pleno de la corporación de fecha 30 de septiembre de 2022, donde se aprobó inicialmente, y proceder la publicación integra al BOIB, al tablón de anuncios y en la página web del Consejo Insular de Formentera, a los efectos de su entrada en vigor a partir de la publicación, todo en conformidad con la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.

 

Formentera, con fecha de la firma electrónica (16 de diciembre de 2022)

El secretario Ángel Custodio Navarro Sánchez

 

ANEXO Ordenanza reguladora del precio público para la prestación de servicios al Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera

Artículo 1 Norma reguladora

En conformidad con el título I "Recursos de las haciendas locales", artículos 41 a 47, y también, relacionado con los anteriores, el artículo 127 y el artículo 21, del RDL 2/2004, de 5 de marzo por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, referentes a los precios públicos, y también, de conformidad con la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, el Consell Insular de Formentera establece los precios públicos para la prestación de servicios en el Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local, que se regirán por el que establece esta Ordenanza.

Artículo 2 Hecho imponible

El hecho imponible del precio público es la cesión temporal del espacio de trabajo individual equipado en la sala compartida del Espacio Empresarial, que incluye: acceso a los servicios comunes, como por ejemplo sala de reuniones, recepción, baños, limpieza, luz, conexión a internet, servicio de reprografía (con un número limitado mensual de 200 fotocopias/impresiones por persona beneficiaria, que se especificará en el reglamento de uso) y servicio de tutela, acompañamiento y formación empresarial.

Artículo 3 Obligados al pago

Están obligadas al pago las personas físicas o jurídicas que se beneficien de la prestación de servicios regulados por la presente Ordenanza.

Artículo 4 Tarifas

1. La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza, respecto a la cesión temporal de un espació de trabajo individual en el Espacio Empresarial del área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera, será la fijada por las tarifas de la tabla siguiente:

Modalidades

Tarifa mensual

Primer año de permanencia

(1-12 meses)

Segundo año de permanencia

(13-24 meses)

Tercer año de permanencia

(25-36 meses)

Espacio de trabajo individual en el Espacio Empresarial

60 €

70 €

80 €

2. El periodo máximo de permanencia en el Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera será de treinta y seis meses.

3. El importe de las tarifas indicadas incluye la puesta a disposición de los usuarios de los espacios de trabajo individual adjudicados y de los servicios comunes del Espacio Empresarial, en conformidad con el que establece el Reglamento que regula el acceso y uso del Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera.

Artículo 5 Gestión y cobro de cuotas

1. El pago del precio público regulado en esta Ordenanza es obligatorio desde el inicio de la prestación del servicio.

2. Los interesados en la prestación de servicios del Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera tendrán que presentar en el Área de Desarrollo Local la solicitud conforme con el modelo que se establezca y tendrán que aportar la documentación que se especifique.

La autorización de uso de estos espacios se realizará por el procedimiento establecido en el Reglamento que regula el acceso y uso del Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consejo Insular de Formentera.

3. Las disposiciones generales, la prestación de servicios y el funcionamiento establecidos en el Reglamento que regula el acceso y uso del Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera regirán de forma supletoria por aquello no establecido en esta Ordenanza.

4. Las cuotas se liquidarán mensualmente dentro de los cinco primeros días de cada mes, una vez firmado el convenio de cesión de espacios.

5. El ingreso se realizará mediante domiciliación bancaria en la cuenta del Consell Insular de Formentera que se notifique; los citados ingresos serán controlados por el área económica del Consell Insular de Formentera y por el Área de Desarrollo Local.

6. En el momento de presentar la solicitud para el uso temporal del Espacio Empresarial del Área de Desarrollo Local del Consell Insular de Formentera, los interesados tendrán que comunicar al Área de Desarrollo Local los datos precisos para proceder a la domiciliación bancaria. Cualquier cambio que se produzca en estos datos tendrá que comunicarse antes del día 15 o inmediatamente hábil siguiente del mes anterior a aquel en qué tenga que producir efectos.

7. El impago o retraso en el pago de la mensualidad de dos meses consecutivos dará lugar a la resolución automática de la cesión.

8. La administración insular podrá acordar la no aplicación de las tarifas en los casos que se aprecien razones sociales, benéficas, culturales o de interés público en la solicitud formulada.

9. No estarán sujetos al pago de estas tarifas los actos organizados por el Consell Insular de Formentera, así como las que sean consecuencia de intercambios, convenios con otras instituciones o acuerdos de colaboración.

Disposición final

El presente precio público y sus normas reguladoras entrarán en vigor en el plazo de treinta días contados a partir de su publicación en el BOIB, según lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Su vigencia continuará hasta que no sea derogado o modificado.””

Lo cual se hace público para general conocimiento.

 

Formentera, con la fecha de la firma electrónica (16 de diciembre de 2022)

La presidenta del Consell Insular de Formentera Ana Juan Torres