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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Núm. 765232
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes correspondiente a la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de fecha 29 de noviembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria para la prestación de ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears

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Texto

Identificador BDNS: 660679

Hechos

1. En fecha 1 de diciembre de 2022 se publicó en el BOIB número 156 la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria para la prestación de ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears (expediente de tramitación anticipada de gasto correspondiente al ejercicio de 2023 / Decreto 75/2004, según la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 11 de noviembre de 2022).

El punto 4.1 de la mencionada Resolución establece que el plazo para presentar la solicitud es de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears o hasta agotar el crédito, en caso de que no haya transcurrido el plazo establecido antes, que se tendrá que comunicar mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears. En consecuencia, el plazo para la presentación de solicitudes finaliza el día 27 de diciembre de 2022.

2. A pesar de que el ritmo de presentación de solicitudes ha puesto de manifiesto que esta medida está siendo de interés para la ciudadanía, todavía está lejos del número posible de beneficiarios identificados a priori en el colectivo diana.

3. A fecha de hoy, el crédito no se ha agotado.

4. En fecha 19 de diciembre de 2022 el director general de Coordinación, Relaciones con el Parlamento, Derechos y Diversidad ha informado respecto de la necesidad de ampliar el plazo de presentación de solicitudes.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015 que dispone que la Administración, excepto precepto que diga lo contrario, podrá conceder de oficio o a petición de las personas interesadas, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad, si las circunstancias lo aconsejan y no se perjudican derechos de terceros.

Además de las circunstancias expuestas en el hecho número 2, no se perjudican derechos de terceros dado que no afecta a las solicitudes ya presentadas, ni altera los requisitos de la convocatoria para ser beneficiario.

2. El Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado mediante el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB número 196, de 31 de diciembre de 2005).

3. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

4. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

5. La Orden de la consejera de Presidencia de 24 de agosto de 2018 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia (BOIB n.º 106, de 28 de agosto de 2018).

6. El Decreto Ley 9/2022, de 7 de noviembre, de medidas urgentes para compensar la inflación en las Islas Baleares.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Ampliar en siete días el plazo de presentación de solicitudes previsto en el punto 4.1 de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de fecha 29 de noviembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria para la prestación de ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears (expediente de tramitación anticipada de gasto correspondiente al ejercicio de 2023 / Decreto 75/2004, según la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 11 de noviembre de 2022) y publicada en el BOIB n.º 156 de 1 de diciembre de 2022.

En consecuencia, el plazo de presentación de solicitudes finaliza día 5 de enero de 2023 o hasta agotar el crédito, en caso de que no haya transcurrido el plazo establecido antes, que se tendrá que comunicar mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y establecer que entra en vigor el mismo día de su publicación.

 

Palma, 19 de diciembre de 2022

La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad

Mercedes Garrido Rodríguez