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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 765220
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos de 13 de junio de 2022 por la que se convocan subvenciones para apoyar la edición de libros de investigación científica o de divulgación de las Illes Balears para el año 2022

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos (IEB) de 13 de junio de 2022 (BOIB núm. 79, de 18 de junio de 2022), se convocaron subvenciones para apoyar la edición de libros de investigación científica o de divulgación de las Illes Balears para el año 2022.

2. El crédito que se asignó a dicha convocatoria es de 60.000 €, con cargo al capítulo 4 del presupuesto del IEB para el año 2022.

3. Durante el plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria, se han presentado 28 solicitudes de ayuda, con un importe total solicitado de 98.458,69 €, lo cual demuestra que el crédito asignado a esta convocatoria es totalmente insuficiente para dar respuesta al total de solicitudes presentadas.

4. A la convocatoria de subvenciones para apoyar proyectos de investigación de humanidades y de la cultura vinculados con las Illes Balears para el año 2022, aprobada mediante la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos de 12 de agosto de 2022 (BOIB núm. 19, de 18 de agosto de 2022), se le asignó un crédito de 200.000 €, distribuidos en 20 ayudas de 10.000 € cada una. El plazo para la presentación de solicitudes ya ha finalizado y solo se han presentado 17 solicitudes, por lo tanto, hay un remanente de 30.000 € de esta convocatoria.

5. Por otro lado, el IEB dispone de crédito sobrante del capítulo 4 de importes no justificados de otras convocatorias de subvenciones, el cual, junto con el remanente del punto anterior, puede servir para cubrir el total del importe mencionado en el punto 3.

6. De acuerdo con el punto 3.3 de la convocatoria a que se hace referencia en el punto 1, siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita, se puede incrementar el importe consignado inicialmente en la convocatoria mediante una resolución de ampliación del crédito asignado. Esta ampliación, salvo que se establezca otra cosa, no implica que el plazo para presentar solicitudes se amplíe, y no afecta la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas y no resueltas de manera expresa.

7. Por todo ello, se considera conveniente redistribuir el crédito y aumentar el importe asignado a la convocatoria de subvenciones aprobada mediante la Resolución del presidente del IEB de 13 de junio de 2022 en 38.458,69 €.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Modificar y aumentar en 38.458,69 € el importe fijado por la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos de 13 de junio de 2022 por la cual se convocan subvenciones para apoyar la edición de libros de búsqueda científica o de divulgación de las Illes Balears para el año 2022. De este modo, el crédito final de la convocatoria será de 98.458,69 €.

2. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También podrá interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 5 de diciembre de 2022)

El presidente del IEB Miquel Company i Pons