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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 758407
Resolución del Consejero de Educación y Formación Profesional de 9 de diciembre de 2022 por la que se autoriza la actualización de los ratios en el Centro singular de educación infantil de primer ciclo CEI Petits, de Sant Antoni de Portmany

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución del Consejero de Educación y Cultura de 28 de mayo de 2010 (BOIB núm. 86, de 8 de junio) se autorizó la apertura y el funcionamiento del centro de educación infantil privado de primer ciclo CEI Petits de San Antonio de Portmany.

  • Código de centro: 07014673
  • Denominación genérica: centro de educación infantil de primer ciclo
  • Denominación específica: CEI Pequeños
  • Titular: Guardería Petits, SL
  • Domicilio: c. Ramón y Cajal, 54B
  • Localidad: Sant Antoni de Portmany
  • Municipio: Sant Antoni de Portmany
  • CP: 07820

Enseñanzas autorizadas:

Educación infantil de primer ciclo: 4 unidades

  • 1 unidades de 0-1año y 8 puestos escolares
  • 2 unidades de 1-2 años y 26 puestos escolares
  • 1 unidades de 2-3 años y 12 puestos escolares

2. El 1 de agosto de 2020, se publicó el Decreto 23/2020 de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto Consolidado por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil. En el artículo 10 de este Decreto se modificó el número máximo de alumnos por aula: unidad de 0-1 año: 7 alumnos, unidad de 1-2 años: 12 alumnos, unidad de 2-3 años: 18 alumnos

3. El 28 de agosto de 2020, la representante del centro solicitó la actualización de los ratios de su centro con las directrices del nuevo Decreto, ya que su centro tiene una capacidad limitada en las aulas, como centro singular, y adjuntó los planos.

4. El 17 de septiembre de 2020, el Instituto de Educación para la Primera Infancia (IEPI) informó que las aulas de 0-1 y de 1-2 años tienen una capacidad de 7 y 24 puestos escolares respectivamente (12 plazas por unidad) y en lo que se refiere al aula de 2-3 años (para garantizar la superficie mínima de 2 m 2 por niño) pasa a 15 plazas escolares.

5. El 5 de diciembre de 2022, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la actualización de las ratios en el centro singular de educación infantil de primer ciclo CEI Petits de Sant Antoni de Portmany, que será de 7 plazas escolares para la unidad de 0 a 1 años, 24 plazas escolares para las 2 aulas de 1 a 2 años y 15 puestos escolares para la unidad de 2 a 3 años.

6. El 7 de diciembre de 2022, el director general de Planificación, Ordenación y Centros emitió una propuesta de resolución por la que se autoriza la actualización de los ratios en el centro singular de educación infantil de primer ciclo CEI Petits, de San Antonio de Portmany, que será de 7 puestos escolares de 0 a 1 años, 24 puestos escolares de 1 a 2 años y 15 puestos escolares de 2 a 3 años.

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102 de Creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros privados deben someter a la autorización administrativa correspondiente. (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

5. El Decreto 23/2020 de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 135, de 1 de agosto).

6. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que , en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

7. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 21, de 15 de febrero), modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Islas Baleares (BOIB nº 33, de 9 de marzo).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha 7 de diciembre de 2022, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Autorizar, con efectos del inicio del curso 2021-2022, la actualización de los ratios en aplicación del Decreto 23/2020 de 31 de julio, en el centro singular de educación infantil de primer ciclo CEI Petits, de Sant Antoni de Portmany.

2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la siguiente forma:

  • Código de centro: 07014673
  • Denominación genérica: centro singular de educación infantil de primer ciclo
  • Denominación específica: CEI Petits
  • Titular: Guardería Petits, SL
  • Domicilio: c. Ramón y Cajal, 54B
  • Municipio: Sant Antoni de Portmany
  • CP: 07820

Enseñanzas autorizadas:

Educación infantil de primer ciclo: 4 unidades

  • 1 unidades de 0-1año y 7 puestos escolares
  • 2 unidades de 1-2 años y 24 puestos escolares
  • 1 unidades de 2-3 años y 15 puestos escolares*

*En aplicación de la disposición transitoria séptima del Texto consolidado del Decreto 23/2020 por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil y considerando las superficies útiles de las aulas, la unidad de 2 a 3 años autorizada con esta resolución, no podrá superar el ratio autorizado

3. Notificar esta Resolución a la titularidad del centro, al Instituto para la Educación de la Primera Infancia de la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa para su conocimiento.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 9 de diciembre de 2022

El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March i Cerdà