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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 758401
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 7 de diciembre de 2022 por la que se autoriza la implantación de la especialidad de tuba en las enseñanzas elementales y profesionales de música en el Conservatorio Profesional de Música y Danza de Eivissa y Formentera Catalina Bufí

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Texto

Hechos

1. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 5 de julio de 2017 autorizó la implantación de las especialidades de oboe, de fagot y de canto en las enseñanzas profesionales de Música del Conservatorio Profesional de Música y Danza de Eivissa y Formentera Catalina Bufí (BOIB núm. 88, de 20 de julio). Así, el centro quedó autorizado a impartir las siguientes especialidades de música: clarinete, flauta travesera, saxofón, trompeta, contrabajo, guitarra, violín, viola, violonchelo, piano, trompa, percusión, trombón, oboe, fagot y canto.

2. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 23 de abril de 2019 autorizó la implantación de las enseñanzas elementales de danza en el Conservatorio Profesional de Música y Danza de Eivissa y Formentera Catalina Bufí (BOIB núm. 62, de 7 de mayo). La Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 23 de agosto de 2021 autorizó la implantación de las enseñanzas profesionales de danza en el Conservatorio Profesional de Música y Danza de Eivissa y Formentera Catalina Bufí (BOIB núm. 118, de 31 de agosto ).

3. El 21 de julio de 2022, el director del Conservatorio Profesional de Música y Danza de Eivissa y Formentera Catalina Bufí solicitó a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros la implantación de la especialidad de tuba en las enseñanzas elementales y profesionales de música.

4. El Servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial estudió la viabilidad y la potencial demanda y exploró el interés de las familias y la comunidad educativa hacia una posible implantación de la especialidad de tuba en este centro, así se complementaria la oferta educativa en la isla de Eivissa de todos los instrumentos sinfónicos.

El 11 de octubre de 2022, la jefa del Servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial emitió un informe favorable a la implantación de la especialidad de tuba en las enseñanzas elementales y profesionales, con efectos del curso 2022-2023.

5. El 2 de diciembre de 2022, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió informe favorable sobre la implantación de la especialidad de Tuba, con efectos del curso 2022-2023.

6. El 5 de diciembre de 2022, el director general de Planificación, Ordenación y Centros emitió una propuesta de resolución sobre la implantación de la especialidad de Tuba, en las enseñanzas elementales y profesionales de música con efectos del curso 2022-2023.

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. La Ley 1/2022, de 8 de marzo de educación de las Illes Balears, que establece en el art. 102 de Creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros de centros públicos corresponde al Gobierno de las Illes Balears, que debe establecer los tipos de enseñanzas que se van a desarrollar. En el punto 3 del mismo artículo determina que el Gobierno de las Islas Baleares debe promover una red de centros públicos suficiente para cubrir la demanda de la población escolar de las Islas Baleares (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

5. El Real decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas artísticas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 86 , de 9 de abril).

6. Decreto 23/2011, de 1 de abril, por el cual se establece la ordenación y el currículum de las enseñanzas elementales de música de música reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación (BOIB núm. 53, del 9 de abril)

7. Decreto 36/2018, de 9 de noviembre, por el cual se establece el currículum de las enseñanzas profesionales de música en las Illes Balears (BOIB núm. 143, del 15 de noviembre).

8. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

9. El Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 33, de 9 de marzo), modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Islas Baleares (BOIB nº 33, de 9 de marzo).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha 5 de diciembre de 2022, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Autorizar la implantación de la especialidad de Tuba en las enseñanzas elementales y profesionales de música, en el Conservatorio Profesional de Música y Danza de Eivissa y Formentera Catalina Bufí con efectos del inicio del curso 2022-2023.

2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:

  • Código de centro: 07008648
  • Denominación genérica: conservatorio profesional de música y danza
  • Denominación específica: de Eivissa y Formentera Catalina Bufí
  • Domicilio: avenida de España, 15
  • Localidad: Eivissa
  • Municipio: Eivissa
  • CP: 07800

Enseñanzas autorizadas:

Enseñanzas elementales y profesionales de Música:

  • Especialidades: clarinete, contrabajo, flauta travesera, guitarra, piano, trompeta, viola, violín, violonchelo, saxofón, trompa, percusión, trombón, oboe, fagot, canto y tuba.

Enseñanzas elementales y profesionales de Danza:

  • Especialidad: Danza Clásica.

3. Comunicar esta Resolución a la dirección del centro y al Servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial de la Consejería de Educación y Formación Profesional para su conocimiento.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares .

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Palma, 7 de diciembre de 2022 El consejero de Educación y Formación Profesional ​​​​​​​Martí X. March i Cerdà