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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES

Núm. 758267
Resolución de concesión de subvenciones 22/2022 al amparo de la Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 25 de octubre de 2019 por la cual se convocan ayudas a los deportistas, a los clubes deportivos y a las federaciones deportivas de las Islas Baleares para facilitarles el transporte del material deportivo entre las islas de la comunidad autónoma, a la península, las islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos (BOIB núm. 151, de 7/11/2019)

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Texto

Hechos

1. Las personas y las entidades que figuran en el apartado primer de esta Resolución han presentado a la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes una solicitud de subvención para facilitarles el transporte del material deportivo entre las islas de la comunidad autónoma, a la península, las Islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios.

2. El Servicio de Administración Deportiva de la Dirección General de Deportes ha examinado las solicitudes y está conforme con los aspectos siguientes:

  • Las personas y entidades solicitantes, por su naturaleza, pueden ser beneficiarias de la subvención objeto de la convocatoria.
  • Las personas y entidades han presentado las solicitudes dentro del plazo y de la manera adecuada y han adjuntado la documentación exigida por la convocatoria.
  • Las personas y entidades han presentado la factura acreditativa del desplazamiento y acta del partido o prueba deportiva emitida por la correspondiente federación deportiva.
  • Que las personas y entidades solicitantes han firmado la declaración responsable que acredita que no se encuentran incluidos en ninguno de los supuestos de prohibición o de incompatibilidad para ser beneficiarios de la subvención de conformidad con la normativa aplicable.
  • Que las personas y entidades solicitantes están al corriente en el cumplimento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. La subvención se distribuye en las cuantías especificadas en el apartado primero, por beneficiario, y hay crédito adecuado y suficiente a la partida presupuestaria 17601 461A01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2022.

4. Las ayudas percibidas en virtud de la presente convocatoria están sujetas a la tributación por IRPF, cuando el beneficiario final sea una persona física y no pueda acogerse a ninguna exención, en particular la prevista para los deportistas de alto nivel en el artículo 7.m de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 21.4 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005), dispone que la resolución, que finaliza el procedimiento de concesión de subvenciones, se ha de notificar individualmente o mediante publicación en el BOIB, de acuerdo con lo que se dispone en la convocatoria.

2. La Orden del Consejero de Turismo y Deportes de 18 de diciembre de 2012 por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 2, de 3 de enero de 2013).

3. El apartado 6.6 de la Resolución del Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 25 de octubre de 2019 (BOIB núm. 151, de 7 de noviembre de 2019) dispone que la resolución expresa de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes finaliza el procedimiento de concesión de subvención. La resolución colectiva se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares en el plazo de seis meses desde la finalización del período de presentación de solicitudes.

4. La propuesta de resolución de concesión de ayudas de la Dirección General de Deportes de 4 de noviembre de 2022.

Por todo esto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Aprobar la concesión de subvenciones, para facilitar el transporte de material deportivo entre las islas de la comunidad autónoma, a la Península, las Islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos, a los beneficiarios siguientes, por el importe individual indicado; autorizar y disponer el gasto; reconocer la obligación y proponer el pago a favor de todos ellos, con cargo a la partida presupuestaria 17601 461A01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2022.

Núm. expediente

Beneficiario

Deporte

Competición

Fecha competición

Importe solicitado

Importe concedido

ME/2019-2023/317

Club Piragüisme Balear

Piragüismo – Kayak de mar

Campeonato de España Kayak (Cádiz)

03-09-22

746,50 €

373,25 €

ME/2019-2023/318

Federació Balear de Piragüisme

Piragüismo - Kayak de mar

Campeonato de España Kayak (Cádiz)

03-09-22

1.159,50 €

400,00 €

ME/2019-2023/320

Club Náutico Santa Eulalia

Vela

Copa Federación ILCA4 (Portocolom)

 

23-09-22

451,25 €

451,25 €

ME/2019-2023/322

Club Cliclista Illes Balears

Ciclismo - BTT

Copa Catalana Internacional Sea Otter

24-09-22

523,33 €

261,67 €

ME/2019-2023/323

Club Nàutic Sant Antoni de Portmany

Vela

Copa Federación ILCA4 (Portocolom)

 

23-09-22

501,00 €

501,00 €

ME/2019-2023/324

Club Náutico Santa Eulalia

Pesca

Campeonato de España selecciones autonómicas

(Pasaoa de San Juan)

07-10-22

264,00 €

132,00 €

ME/2019-2023/325

Sporty+

Ciclismo

XIX Volta a Eivissa

07-10-22

227,66 €

126,75 €

2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOIB.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente que se haya publicado la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente que se haya publicado esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (13 de diciembre de 2022)

El secretario general Xavier Lluís Bacigalupe Blanco (Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de delegación de competencias y firma BOIB núm. 91, de 6 de julio de 2019)