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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

INSTITUTO RAMON LLULL

Núm. 757685
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de anuncio de convocatorias de los procesos de estabilización del Consorcio Institut Ramon Llull

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Texto

De conformidad con la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que determina que las administraciones públicas convocarán por el sistema de concurso, con carácter excepcional y por una sola vez, de acuerdo con lo que prevé el artículo 61, apartados 6 y 7, del texto refundido del Estatuto básico del empleado público (TREBEP), aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1 de dicha Ley, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.

Así mismo, la disposición adicional octava de la mencionada Ley establece que, adicionalmente, los procesos de estabilización contenidos en la disposición adicional sexta incluirán en sus convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior a 1 de enero de 2016.

Visto que el artículo 2 de la Ley autoriza una tasa adicional para la estabilización del empleo público que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas administraciones públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos durante los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020, que se proveerán mediante el sistema selectivo de concurso oposición, de acuerdo con lo que determina la propia Ley.

De conformidad con la disposición adicional séptima de la Ley, los preceptos contenidos en la norma relativos a los procesos de estabilización se extienden a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público, sin perjuicio de la adecuación, en su caso, a su normativa específica.

Visto el Acuerdo de Gobierno 119/2017, de 1 de agosto, mediante el que se aprueban los nuevos Estatutos del Consorcio Institut Ramon Llull (DOGC n.º 7426, de 3 de agosto), y en el marco de la potestad de autoorganización establecido en la norma estatutaria (artículo 3.3.b), la Junta Rectora de fecha 24 de mayo de 2022, a propuesta del Consejo de Dirección acordada en la sesión de 17 de mayo de 2022, aprobó, entre otras, la oferta pública de estabilización del Consorcio Institut Ramon Llull en ejercicio de las previsiones del artículo 70 del TREBEP.

Visto que esta oferta de empleo público (publicada por Resolución de la Dirección en el DOGC n.º 8678, de fecha 30/05/2022, con la correspondiente difusión en el resto de diarios oficiales de las administraciones consorciadas) ha sido precedida de la correspondiente negociación con el comité de empresa del Consorcio Institut Ramon Llull de conformidad con el artículo 37.1.l del texto refundido del Estatuto básico del empleado público. A estos efectos, la entidad y el comité de empresa adoptaron por unanimidad el Acuerdo de 5 de mayo de 2022 sobre los criterios generales de aplicación a los procesos de estabilización del empleo de larga duración.

Vista la naturaleza laboral de los puestos de trabajo del Consorcio Institut Ramon Llull, la entidad y el comité de empresa adoptaron por unanimidad el Acuerdo de 30 de noviembre de 2022, relativo a los criterios específicos para la estabilización del empleo temporal de larga duración, teniendo como referencia, especialmente, el Convenio colectivo propio del Consorcio Institut Ramon Llull para su personal laboral y la singularidad funcional de los puestos de trabajo, de naturaleza laboral, a proveer con carácter fijo (autorizada por la Dirección General de Función Pública en fecha 20/05/2022).

Visto lo que disponen el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público; la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; el Acuerdo de Gobierno 119/2017, de 1 de agosto, mediante el que se aprueban los nuevos Estatutos del Consorcio Institut Ramon Llull (DOGC n.º 7426, de 3 de agosto); el Convenio colectivo de trabajo del personal del Institut Ramon Llull; la singularidad funcional genérica autorizada por la Dirección General de Función Pública en fecha 20/05/2022; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público; el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y el Real decreto ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral (BOE n.º 313, de 30 de diciembre), que establece un nuevo marco de contratación laboral.

Vistas las facultades conferidas a los órganos de gobierno del Consorcio Institut Ramon Llull en la norma estatutaria (artículo 3.3.b), e informada la representación del personal, en uso de las atribuciones que me confiere la normativa vigente,

RESUELVO

—1 Anunciar la remisión expresa a las publicaciones de las convocatorias de los procesos de estabilización y los actos de trámite que se deriven en ejecución de la oferta pública de estabilización del Consorcio Institut Ramon Llull correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOE n.º 312, de 29 de diciembre), en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en la página web de la entidad (www.llull.cat).

 

Barcelona, 15 de diciembre de 2022

El director Pere Almeda Samaranch